En el Informe Anual de la Defensora del Pueblo de Castilla La Mancha se incluye un apartado sobre símbolos religiosos en los centros escolares, que reproducimos a continuación.
7. Símbolos religiosos.
Los representantes de la AMPA de un colegio público manifestaban en la queja Q-06/0119 que la dirección del centro había denegado, en primera instancia, su petición de supresión de símbolos religiosos de las aulas porque no lo había solicitado la mayoría de los miembros del Consejo Escolar y que, posteriormente, había dejado a criterio de cada profesor la decisión, incumpliendo con ello el criterio establecido por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia en el escrito que le remitió.
A la vista de ello, recordamos a la Consejería su obligación de mantener en los centros escolares la neutralidad en materia religiosa derivada de la laicidad del Estado dispuesta en el artículo 16.1 de la Constitución Española, ya que constituyen espacios comunes para los ciudadanos de todas las convicciones.
Como respuesta, la Consejería nos comunicó que se había nombrado un nuevo director y que se había advertido al claustro de que no se tolerarían acciones individuales que atentasen contra la neutralidad religiosa en el centro. En términos similares se dirigió a nosotros la AMPA de otro colegio público en la queja Q-06/0344, aunque en este caso era más difícil la solución por la existencia de otra Asociación de Madres y Padres que se oponía a la retirada de los símbolos religiosos, y que también había pedido nuestra intervención en la queja Q-06/0382.
Una vez más, requerimos a la Consejería de Educación y Ciencia para que tuviera una actuación coherente con la numerosa doctrina jurisprudencial emitida por el Tribunal Constitucional respecto a esta materia en centros educativos públicos, obteniendo como respuesta que se habían retirado los símbolos de los espacios comunes y se había ordenado la elaboración de un informe sobre la retirada de las aulas, en las que sólo debían permanecer expuestos durante la clase de religión.
Concluimos nuestra intervención comunicando a la segunda AMPA nuestro criterio, y solicitando a la Administración que nos informase del resultado de este último informe.
A la fecha de elaboración de este Informe, esta petición aún no ha obtenido contestación.