El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo presentado por la Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid (ACEL) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) que afirmaba que los crucifijos presentes en el colegio público Macías Picavea se retiraran de los espacios comunes, así como de las aulas en que los padres lo solicitaran expresamente. El argumento esgrimido por el TC fue que el recurso se presentó fuera de plazo.
El recurso de amparo del colectivo se basaba en que esa solución solamente resolvía “casos puntuales” e implicaba la necesidad de que los padres se pronunciaran al respecto, lo que a su juicio vulnera su derecho a no realizar declaración alguna que ponga de manifiesto su ideología o creencia, y que la neutralidad del Estado solamente se garantizaba si los edificios públicos estaban libres de cualquier simbología confesional.
El argumento esgrimido por el TC para no admitir a trámite el recurso ha sido que fue presentado fuera de plazo. Para ello, ha tenido que considerar que había sido interpuesto contra una decisión administrativa, contra la que el plazo de recurso son 20 días hábiles, y no contra una sentencia judicial, para lo que el plazo sería de 30 días. Así, no entiende que el recurso no se interpuso contra la sentencia del TSJCyL sino contra el acuerdo del Consejo Escolar del colegio, que aunque fue anulado por el juzgado de lo contencioso administrativo por contrario a derecho, revivió en parte por la sentencia del TSJCyL.
“Esta sorprendente decisión del TC, si bien no puede considerarse descabellada, sí al menos podía haberla evitado teniendo en cuenta que lo recurrido es una sentencia judicial, por lo que parece motivada por un intento de este Tribunal de evitar pronunciarse sobre la constitucionalidad el fondo del asunto”, indicó la asociación. “Con esta decisión se ha perdido una inmejorable oportunidad para cerrar de una vez por todas el debate sobre la neutralidad del estado en materia simbólica y el respeto a los derechos fundamentales de las personas”, añadió.
“El TC no nos ha quitado la razón, simplemente ha evitado manifestar su parecer con un ardid que le sirve para esquivar un problema tan de fondo como es el de la libertad de conciencia en nuestra sociedad. Pero ACEL está segura de que con esta decisión el TC no se va a librar de tener que pronunciarse sobre el tema, simplemente ha logrado dilatarlo en el tiempo, ya que más temprano que tarde se verá en la necesidad de afrontarlo”, sostuvo la organización.
Por último, ACEL considera que uno de los principales culpables de que esta situación no esté normalizada es el Gobierno central, ya que indicó que es “inadmisible” que tras casi 35 años desde la llegada formal de la democracia no se cuente con una ley clara que regule estas situaciones.