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El cementerio parroquial de Utiel presta sus servicios y vende sus nichos sin emitir facturas

Lo hace mediante un documento a nombre de la parroquia sin que conste titular, IVA,…

COMENTARIO: La ley de Enterramientos en Cementerios Municipales (puede consultarla en la sección de Documentación/Legislación) establece la obligación de que los municipios cuenten con su cementerio municipal, si los existentes no cumplen las condiciones de igualdad, no discriminación,… propios de un cementerio confesional. Pero además, en este caso se denuncia el sistema de ingresos y facturación de la parroquia, que no cumple los requisitos propios de una factura oficial, lo que lleva a pensar que se aprovecha el privilegio financiero de la iglesia católica.


En Utiel, en la provincia de Valencia, resulta que el Cementerio, según consta en el membrete de sus cartas: “Cementerio Parroquial de la Ciudad de Utiel” se constata como de titularidad eclesiástica, siendo además la INSTITUCIÓN que explota sus instalaciones.

Durante años, y por parte de la entidad eclesiástica, se han puesto a la venta unos nichos que están a disposición de los ciudadanos con un precio de1.250 euros cada uno, tal y como acredita el documento que extendido por la “Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción de Utiel “, y que sirve, como factura de compra, de los mencionados nichos, a quienes libremente los adquieren.

Ante estos hechos, mi reflexión al respecto y la consulta a su persona:

¿Es legal ese tipo e factura?

¿Es la Iglesia realmente quien administra y explota el cementerio?

¿Debe estar registrada esta institución para poder efectuar su labor legalmente?

¿Por qué no consta el número de registro en lo que se presenta como factura?

¿La Iglesia está acogida a algún régimen especial económico que le permite éste tipo de actuación?

¿Por qué no se extiende una factura acorde con la ley en la que conste la razón social de la empresa o entidad expendedora, su número de identificación fiscal, su dirección y, lo más importante su cotización del IVA?

¿Quién es receptor de ese dinero?

¿Se paga algún tipo de impuestos por realizar esa actividad?

¿En qué situación están los trabajadores que allí prestan sus servicios?

¿Realmente la titularidad es eclesiástica y como se ha conseguido?

¿Que responsabilidad tiene el M.I. Ayuntamiento de la Ciudad, que consultado al respecto no se ha manifestado?

No ve clara la actuación del administrador del cementerio, ni la del Ayuntamiento que es quien debería prestar este servicio público. Sin embargo el Alcalde no ha respondido a los escritos presentados en este sentido.

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