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Contra la censura: la laicidad no basta

I Encuentro por la Laicidad en España. Motril 2001

Hacer la historia de la censura es hacer la historia del poder. En efecto, los poderes políticos totalitarios no soportan la crítica ni la contestación. Se oponen a las libertades, individuales y colectivas, de expresión, de creación artística y de asociación, y a veces intentan controlar incluso las comunicaciones privadas. Lo mismo ocurre con los poderes religiosos que consideran que las gentes son incapaces de pensar por sí mismas. Los poderes democráticos también habilitan leyes que reglamentan la censura.

La laicidad prohibe en principio la censura religiosa. Pero la juridización siempre creciente de la sociedad otorga poderes considerables a los lobbys comunitaristas y religiosos. Por otra parte, los intereses comerciales privados contribuyen igualmente a diversas formas de censura, y la opinión pública, manipulada por los medios de comunicación, solicita también todo tipo de prohibiciones, motivadas por una necesidad cada vez más grande de «seguridad». Se requiere un gran esfuerzo por parte de los defensores de la libertad de expresión.

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 en Francia y la Primera Enmienda de la Constitución Americana (1791) han sentado el principio de la libertad de expresión, con mucha firmeza en el segundo caso y con bastante menos fuerza en el primero, porque la posibilidad de limitación legal de la libertad de expresión queda enunciada en éste. El postulado fundamental de la democracia es que todo ciudadano es libre, responsable y lúcido. La censura es por lo tanto inútil, e incluso nefasta, ya que limita la reflexión personal y el debate democrático.

En esta ponencia hablaré únicamente de los países democráticos en los que la libertad de expresión, de creación artística, de asociación, de culto, de investigación científica están básicamente garantizados, pero donde, no obstante, la censura existe y limita estas libertades.

A) La censura en Francia de 1881 a 1968.

Los principales motivos de censura en Francia entre 1881 (ley sobre la libertad de prensa) y 1968 (hundimiento de la ideología burguesa heredera del régimen de Vichy) han sido:

-la salvaguardia de la religión, garante del orden social,

-la salvaguardia de la «moral del ejército», especialmente en periodo de guerra (guerras mundiales y guerra de Argelia de 1955 a 1962) y la lucha contra el comunismo,

-la salvaguardia de las «buenas costumbres» y de los «valores familiares» (motivada en particular por temor a la despoblación: ley de 1920 que prohíbe la información sobre la cotracepción y el aborto, todavía no derogada, leyes de 1939 motivadas por la preservación de la «familia» y de la «raza».

El año 1968 marca el fin de la censura directa por parte del Estado (incluso si algunos «malos libros» han sido condenados hasta 1969). En 1967, la tentativa (finalmente fracasada) de prohibión de la película «La Religieuse» a causa de la presión de las congregaciones religiosas católicas ante el General De Gaulle ha sido un signo avanzado de ese rechazo a la censura y a otras numerosas prohibiciones moralizantes.

B) La privatización de la censura.

(1) Lobbys y nuevos motivos de censura.

En el mundo actual, liberal (en el sentido económico), la censura de los lobbys toma el relevo a la censura hecha por el Estado. Por otra parte, en Francia, nuevos motivos de censura aparecen: racismo, negacionismo, «incitación» al suicidio y al consumo de drogas. Pero el Estado descarga su papel tradicional de censor en las «asociaciones» (herederas de las ligas de «padres de familia» de la 3ª República) que se presentan falaciosamente como la emancipación de los ciudadanos, cuando en realidad están muy a menudo manipuladas (por ejemplo, por el episcopado), con la complicidad de los medios de comunicación que unen los «escándalos» con la complacencia. La adopción en Francia de la ley de 1975 sobre las películas «clasificadas X», de la ley de 1981 que reprime «la incitación al suicidio», y de la ley de 1990 que prohibe los escritos negacionistas son ejemplos típicos de leyes votadas bajo la presión de una opinión pública indiferente a los principios y a las consecuencias reales de esas leyes.

(2) Los lobbys religiosos y la «tolerancia».

En lo que concierne a las religiones, las asociaciones especializadas en los procesos contra libros, películas y publicidades, como AGRIF (extrema derecha católica), Creencia y Libertades (fabricación del episcopado), LICRA y MRAP (antirracismo de inspiración comunitarista) atacan los escritos «blasfematorios» o que les disgustan. Contribuyen activamente a la censura de Internet, en nombre de la tolerancia y del antirracismo, es decir alterando el sentido de las leyes. ¡De ese modo, no se puede escribir que la circuncisión es una costumbre folcrórica y bárbara que debería ser prohibida sin correr el riesgo de ser procesado (caso real en 1997) por la LICRA (Liga Contra el Racismo y el Ansisemitismo)!

La laicidad, uno de cuyos principios esenciales es la libertad de expresión (además de la separación del Estado y de las religiones), es invocada en nombre de la «tolerancia» para limitar la libertad de expresión, desde el momento en que una producción pudiera «herir sentimientos religiosos» o «atentar contra la dignidad». La «dignidad» es un concepto etéreo, invocado a propósito de cualquier cosa y desgraciadamente puesto en primer lugar en la Carta Europea de los Derechos Fundamentales. Que nuestros sentimientos laicos o racionalistas sean heridos todos los días por el oscurantismo religioso oficialmente sostenido por los políticos y que inunda los medios de comunicación es rara vez tenido en cuenta por los tribunales. Como si los sentimientos religiosos tuvieran en sí mismos un valor particular, que estaría por encima de cualquier otra opinión.

La gente es individualista en su calidad de consumidores, pero gregaria desde el punto de vista cultural. Muchos se definen como miembros de «tribus» con fundamento religiosos, étnico, regionalista u otro. Criticar a esos grupos, con los cuales se identifican, les parece insoportable, porque se sienten personalmente agredidos. E incapaces de responder y de debatir racionalmente, esos grupos tienden a reducir las críticas al silencio y piden a los tribunales que pronuncien prohibiciones, si es que no pasan a la acción como lo hicieron los fanáticos obedientes a la fatwa lanzada contra S. Rushdie.

La censura es ejercida por el poder judiacial y ya no es reglamentaria. Tiene por objetivo proteger el dominio privado (los preciosos «sentimientos religiosos») y ya no la «moral pública», noción en desuso, lo que se corresponde con la pérdida de interés hacia lo que es público en oposición a la sacralización de lo «privado».

(3) La censura de los comerciantes.

Es la censura más eficaz, porque es a menudo invisible.

La censura visible, mediatizada, pierde su efecto (la promoción de una película se facilita por la amenaza de la censura), y los textos abiertamente prohibidos se encuentran muy pronto en Internet. La censura eficaz es la que se hace por medio del silencio. El rechazo a publicar un libro por miedo a las represalias (como en el caso de los «Versos Satánicos» de S. Rushdie), el rechazo a financiar una película que puede ser clasificada X o blanco del terrorismo sagrado (como «La Última tentación de Jesucristo») es la más eficaz de las censuras. Eso es todavía más cierto cuando hablamos de la televisión o de la publicidad. Pero por otro lado, los comerciantes se oponen a lo que puede reducir sus beneficios, y defienden la libertad de expresión cada vez que eso sirve a sus intereses. Es por lo tanto una libertad tergiversada lo que defienden, y con frecuencia para producciones sin valor cultural.

En lo que se refiere al mundo editorial y al cinematográfico, el temor a un proceso judicial ruinoso puede jugar el papel de incitación a la autocensura. A menos que, por el contrario, la perspectiva de un buen proceso judicial bien mediatizado, que pueda ser ganado gracias a competentes abogados, puede ayudar a la promoción. Todo depende de la solidez financiera del editor o del productor, y de la manera en que pueda proyectar enfrentar a la opinión pública con los censores. Lo que es aceptable en un momento puede no serlo en otro. Es un error pensar que la censura solo puede disminuir.

(4) Medios de comunicación más o menos peligrosos.

Ciertos medios de comunicación son vistos como menos peligrosos que otros, y la censura es menos severa. En el orden de peligrosidad creciente se encuentran: los libros, la prensa, los comics, las letras de canciones, Internet, las películas, la televisión.

Así, «Los ciento veinte días de Sodoma», de Sade (obra publicada por J.J. Pauvert y condenada en 1954), son ahora accedibles para todos en colección de bolsillo, mientras que sus versiones en comics están (a veces) prohibidas.

La historia de la censura no está solamente ligada a la del poder, sino también a la de la técnica. Cada nuevo medio de comunicación atrae, a veces con retraso, mecanismos de censura. (Podríamos citar a los radio-aficionados, que tienen prohibidas las comunicaciones no técnicas.) Es el caso de Internet, pero la técnica evoluciona tan rápidamente que los bloqueos a la censura surgen muy deprisa. (Pienso en sistemas como Gnutella et Freenet). Y las necesidades de comercio en la red protegen (de una cierta manera) a Internet de la censura, seguramente más que las peticiones de los internautas, pero una vez más sobre un fundamento comercial poco preocupado por la libertad de expresión. Con el pretexto de que es fácil y poco costoso abrir un sitio personal, las llamadas a la censura son frecuentes, incluso en las publicaciones que se dicen de «izquierdas». De este modo, la posibilidad de una verdadera libertad de expresión, realizable y destinada al mundo entero, aterroriza a estos «buenos pastores», ¡que se desmayan ante la vista de una cruz gamada! Su auténtico terror es quizás también el de perder su monopolio de la expresión pública.

C) Censuras y libertades en Italia, España, Portugal, Alsacia y Moselle.

En Italia, la prohibición de blasfemar contra la «religión del Estado» introducida por Benito Mussolini ha sido derogada. La noción de «religión de Estado» ha sido suprimida en el Concordato firmado en 1984. En 1955, el Tribunal Constitucional había declarado ilegal la prohibición de «palabras que ofenden a la divinidad». Sin embargo, se han emprendido persecuciones desde entonces contra películas de Buñuel, Pasolini, Almodóvar, Godard, Chabrol, Scorcese y un proceso judicial está abierto contra la película «Toto vécut deux fois» de Cipri e Maresco.

En España, según la Constitución de 1978, no hay censura. Pero los acuerdos con el Vaticano de 1979 prohiben ofender los sentimientos de los católicos, lo que contradice el artículo de la Constitucion que rechaza la discriminación por motivos de creencias. Según estos acuerdos, los «valores cristianos» deben impregnar el sistema educativo, y eso se extiende a los medios de comunicación. Por otra parte, el artículo 209 del código penal castiga el hecho de burlarse públicamente de una religión ¡con pena de prisión que puede ir hasta los 6 años! El artículo 239 que castigaba la blasfemia (¿cuál es la diferencia?) fue derogado en 1988.

En Portugal lo castigado no es la blasfemia sino el hecho «de ofender a otro por motivos de convicción o de función religiosa» (un año, artículo 223). ¡En los dos casos la mera tentativa está penalizada! Estos artículos permiten, pues, una amplia persecución judicial.

En Francia, el artículo 166 del código penal, específico para los departamentos de Alsace y de Moselle, castiga la blasfemia pública contra «Dios» y la ofensa contra un culto «reconocido» (eso no se aplica, pues, al Islam ni al cultro de Mitra, pero la enumeración menciona también «otro lugar consagrado a asambleas religiosas», lo que puede ser válido para una mezquita) a un máximo de tres años de prisión. Este artículo ha sido efectivamente utilizado hace algunos años contra Act-Up.

D) Las dificultades del combate contra la censura.

A modo de conclusión, propongo algunos elementos de reflexión sobre la censura y la libertad de expresión.

(1) Ante una persona inteligente y libre se puede decir todo. Así, «el acto surrealista más simple que consiste en bajar a la calle con un revólver en la mano y disparar contra la multitud» no ha sido nunca llevado a la práctica por los lectores de «La Révolution Surréaliste». Por el contrario, la «fatwa» conta S. Rushdie y su novela ha sido causa de varias muertes (36 en Turquía en el incendio de un hotel en 1993, otras en Japón y en distintos lugares), ya que se dirigía a fanáticos.

En ciertas circunstancias, las palabras pueden ser peligrosas. Reclamar la absoluta libertad de expresión sólo puede justificarse partiendo de uno de los dos principios siguientes: 1) todos los hombres son inteligentes y responsables o 2) las producciones intelectuales carecen de fuerza y de consecuancias y son, pues, insignificantes.

La libertad de expresión absoluta parece, pues, imposible. Pero es necesario limitar las prohibiciones a lo indispensable.

(2) La «tolerancia», en su acepción actualmente de moda, tiene como efecto la prohibición de los verdaderos debates y de no permitir la expresión más que de aquello que no turbará a nadie, ni, claro está, al «orden público». Por ejemplo, la prohibición de la circuncisión a menores es un debate censurado, asfixiado, por asociaciones como Amnistía Internacional y la Liga de Derechos del Hombre. Lo mismo ocurría hasta hace poco en Francia con el debate sobre la eutanasia, que la Iglesia Católica se empeña en bloquear.

(3) La libertad de expresión es tergiversada por los comerciantes.

Larry Flynt defendía su negocio contra los moralistas, pero se burlaba de la libertad de expresión como fundamento de la democracia y condición de todo desarrollo cultural. Ya que es imposible precisar dónde termina el arte (el erotismo) y dónde empieza el comercio (la pornografía), el combate por la libertad de expresión está constantemente subordinado a los intereses mercantiles. Del mismo modo, los negacionistas o cantantes como J.L. Costes o «Eminem» hacen un uso detestable de la libertad de expresión por la que luchamos. Personalmente, no hago nada para defenderlos, pero tampoco ayudo a nadie a atacarlos; sólo se merecen el desprecio y la indiferencia, mientras que un proceso judicial les daría publicidad.

(4) Las organizaciones internacionales como la UNESCO y el Tribunal Europeo de Derechos del Hombre se preocupan poco de la libertad de expresión (que incluye el derecho a la «blasfemia»). Obsesionadas por las persecuciones religiosas del pasado, todavía presentes en algunos países, están muy atentas a las quejas de los lobbys religiosos (cuyo obscurantismo se niegan a ver), y acogen con agrado el punto de vista según el cuál las religiones podrían garantizar la paz, cuando todos los días se observa lo contrario.

(5) G. Bataille pensaba que no hay erotismo sin violación de una prohibición. De manera similar, la producción literaria y artística necesita atravesar fronteras, espacios prohibidos todavía por conquistar. Su dinámica procede de la sana desestabilización que introduce, de los cuestionamientos que suscita ante los censores que tienen como objetivo salvaguardar el orden establecido. Así pues, de manera paradójica, necesita límites para aplicarse a su rechazo.

La publicidad se mueve constantemente en el registro de lo nuevo, del límite a sobrepasar «un poquito», de la «provocación controlada», sondeando la opinión pública y utilizando en su provecho las reacciones de los «bien pensantes» (tanto de derechas como de izquierdas). Utiliza la censura.

(6) La laicidad da armas para oponerse a la censura religiosa. En Francia, los integristas procuran regularmente hacer prohibir libros, películas, emisiones de televisión, exposiciones artísticas y anuncios publicitarios. Consideran ciertas palabras, imágenes y conceptos como sagrados, y se sienten propietarios de los mismos. Pero se trata de «su sacralidad», que las leyes laicas no reconocen. Sus peticiones son a menudo desestimadas por este motivo. Su estrategia, pues, consiste en travestir sus valores religiosos tradicionales en una «identidad francesa» (que ellos mismo definen) sacando provecho así de las preguntas sobre las «identidades colectivas». Intentan que se reconozcan sus valores en el espacio público. Esta estrategia triunfa a veces, pero no por sistema. Los laicos tienen aquí un territorio que preservar o que reconquistar.

La laicidad no da armas para oponerse a la censura de los comerciantes, a los derechos de autor abusivos (plazo de 70 años desde la muerte del autor para que una obra entre en el dominio público), a las persecuciones judiciales procedentes de los lobbys. El ejemplo de los Estados Unidos lo deja ver con claridad: La Primera Enmienda protege la libertad de expresión contra la censura del Estado (así como una cierta forma de laicidad, ¡aunque no parece que eso vaya a durar!), pero no de las persecuciones judiciales procedentes de los lobbys religiosos.

Referencias:

R. Netz. Histoire de la censure dans l’édition, Collection Que-sais-je?, no 3260, P.U.F., 1997.

En el sitio Internet de B. Courcelle:

www.courcelle-bruno.nom.fr/LivresInterdits.html

(muchas precisiones)

www.courcelle-bruno.nom.fr/ActMil2.html

(direcciones de sitios personales contra la censura)

Un sitio que vigila la censura en los multimedia y en Internet:   www.transfert.net

Un sitio jurídico: www.canevet.com

B. Courcelle, courcell@iname.com

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