Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

Comunicado de Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid en apoyo al Claustro del CEIP de Fuentes de Nava por la retirada de crucifijos

Ante la polémica suscitada por la retirada de crucifijos de las aulas del CEIP San Agustín de Fuentes de Nava, la Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid (ACEL) desea mostrar su solidaridad con el claustro de profesores del citado colegio, por entender que su decisión ha sido la más adecuada y ajustada a la legislación vigente.
 

      Desde el más profundo respeto a los símbolos objeto de polémica y a los sentimientos de todos aquellos que se sientan representados por ellos, consideramos que los símbolos propios de una confesión concreta no tienen cabida en un centro educativo público.

     Podrían tener cabida como parte de la clase de religión (es decir, exclusivamente en el aula y en el tiempo en que ésta se imparte), pues dentro del currículum de la misma se hace referencia a lo símbolos. Pero nunca puede haber símbolos religiosos ni políticos presidiendo toda la actividad educativa.

     Las creencias, y por tanto los símbolos que las representan, forman parte de la esfera privada de las personas, por lo que no pueden ser impuestos en un lugar común, al que asisten (porque tienen tanto la obligación como el derecho de asistir) personas con diferentes opciones de conciencia, sean éstas religiosas o no.

     La escuela, y mucho más la escuela pública, he de potenciar lo que une a las personas y no lo que las separa.

     Según publica el Diario Palentino en su edición del día 10, el Director Provincial de Educación de Palencia ha señalado que el problema suscitado “debe resolverse siguiendo los procedimientos pertinentes, lo que supone someter la cuestión al voto y valoración del Consejo Escolar”.

     Ente estas manifestaciones cabría preguntarle ¿qué norma estipula que los consejos escolares de los centros puedan tener capacidad de decisión sobre esta cuestión? Y no podría contestar, ya que no hay ninguna norma que lo estipule.

     Los consejos escolares tienen competencias sobre la gestión de los centros, pero no sobre cuestiones ideológicas ni sobre símbolos. Si tuvieran esa competencia podrían decidir sobre poner o no poner presidiendo las clases símbolos de partidos políticos, o sustituir la bandera de España por la de Suiza si les gusta más, etc. Y es obvio que no pueden.

     También es obvio que los consejos escolares no pueden tomar decisiones que vulneren leyes ni derechos fundamentales de las personas. ¿Podría el Consejo Escolar aprobar por mayoría permitir fumar en clase, o suprimir la asignatura de matemáticas?: no, porque vulnera la ley. ¿Podría decidir por mayoría no admitir la matrícula de un niño por ser hijo de agricultores, por ejemplo? No, porque vulnera sus derechos.

     Además, existen sentencias judiciales que avalan que los consejos escolares no poseen competencias para decidir la presencia o no de símbolos religiosos en los centros públicos.

     Por todo ello, el procedimiento adecuado para decidir sobre esta cuestión no es otro que ver si la presencia de simbología confesional es ajustada a derecho o por el contrario vulnera la legislación vigente.

     Y en este sentido es indudable que la presencia de los crucifijos en las aulas vulnera al menos tres principios constitucionales: la aconfesionalidad del Estado y su deber de neutralidad ideológica (no olvidemos que se trata de un centro público); el  principio de igualdad (si existen símbolos que representan a unas personas y no a otras se establece una discriminación por motivos religiosos, prohibida por al Constitución, y que legitimaría la existencia de ciudadanos de primera categoría y de segunda categoría); y la libertad de conciencia.

     Debido a estos argumentos, el Procurador del Común emitió en el año 2002 una resolución indicando a la Junta de Castilla y León que cuando algún miembro de la comunidad escolar solicitara la retirada de símbolos religiosos en los centros educativos públicos, “adopte cuantas medidas sean precisas para su retirada”.

     Sin embargo la Junta de Castilla y León no hizo ningún caso a esta resolución y se inventó, como falsa alternativa, que la decisión le correspondía a los consejos escolares.

     Cuando se intenta justificar esa decisión en aras a la “mayoría” del Consejo Escolar, se está olvidando que los derechos fundamentales de las personas y el cumplimiento de las leyes no pueden estar sometidos a mayorías y minorías, y que los derechos fundamentales existen precisamente para defender a las minorías, pues en caso contrario una comunidad de vecinos podría acordar por mayoría no permitir a un vecino salir de su casa o podría acordar darle una paliza.

     Lo que sí ocurre es que si se imponen a toda una comunidad escolar los símbolos de una confesión concreta se instaura de nuevo el pensamiento único, propio de un sistema dictatorial.

     Por todo ello, reiteramos nuestro apoyo al claustro profesores del CEIP San Agustín de Fuentes de Nava en su decisión de retirar los crucifijos existentes, y queremos mostrarles nuestra solidaridad ante el acoso que están sufriendo por ello.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share