El Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Valladolid ha dictado una sentencia en la que obliga al Colegio Público Macías Picavea de Valladolid a retirar los símbolos religiosos de las aulas y espacios comunes del centro, por entender que vulnera los derechos fundamentales de nuestra Constitución. Concretamente el Ministerio Fiscal considera que se vulneran los artículos 14 y 16 de la CE (ver sentencia nº 288/2008).
La sentencia cita la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en la que se recuerda que “el Estado se prohíbe a sí mismo cualquier concurrencia, junto a los ciudadanos, en calidad de sujeto de actos o de actitudes de signo religioso”, y se alude a “la laicidad y neutralidad del Estado”.
Por ello la sentencia indica que “el Estado no puede adherirse ni prestar su respaldo a ningún credo religioso ya que no debe existir confusión alguna entre los fines religiosos y los fines estatales. Nadie puede sentir que, por motivos religiosos, el Estado le es más o menos próximo que a sus conciudadanos”.
Al respecto cita la sentencia la Convención de Derechos del Niño de Noviembre de 1989, ratificada por el Estado español, y la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, de Enero de 1996, que indican que los niños son titulares plenos de sus derechos fundamentales, entre los que se encuentra la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Cáceres Laica al igual que otras organizaciones sociales, sindicales y laicistas, que forman parte de la Campaña Estatal por una ESCUELA LAICA, se felicitan por este fallo judicial, al tiempo que lamenta que hayan tenido que transcurrir más de tres años, desde que fuera solicitada la retirada de los símbolos , por el empecinamiento grotesco mostrado por la Consejería de Educación de Castilla León, derivando el problema, de forma ilegítima, al Consejo Escolar del Centro, ya que con su contumaz negativa ha contribuido a que se prolongara una situación, que como esta sentencia refleja, suponía una violación de derechos fundamentales de las personas.
Cáceres Laica espera que a partir de este fallo toda simbología religiosa, de cualquier tipo, salga de los espacios comunes de todos los edificios públicos, por higiene democrática, en beneficio de la libertad de conciencia y pensamiento, que nuestra Constitución inspira y que los poderes públicos del estado español sean los primeros en cumplir.
Cáceres Laica ha denunciado la presencia de símbolos religiosos, en concreto un crucifijo, en el salón de plenos del Ayuntamiento de Cáceres, así como los crucifijos en las aulas del CEIP de Prácticas de la capital cacereña. Dándose el caso de que el citado colegio cargó con los crucifijos, del antiguo centro en obras, para colgarlos en las aulas del centro instalado, provisionalmente, en el IES Universidad Laboral de Cáceres.
Exigimos, particularmente, por la relación con la educación de la sentencia, a la Consejera de Educación de la Junta de Extremadura, Eva María Pérez, tome nota y actúe de oficio, dando las órdenes pertinentes para que se retire, de todos los espacios comunes, de todos los colegios públicos, cualquier símbolo religioso que vulnere los derechos fundamentales mencionados en dicha sentencia.
También deben tomar nota la alcaldesa de Cáceres, Carmen Heras, por el partido socialista (PSOE), y todos sus ediles. Los socialistas se abstuvieron y los del PP votaron en contra de la retirada del crucifijo del salón de plenos. Sólo el edil de IU, partido que llevó la propuesta a iniciativa de Cáceres Laica, votó a favor de su retirada. De esta sentencia deducimos que dicha votación podría impugnarse por violar los citados derechos fundamentales. Por ello, entendemos que el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento es nulo de pleno derecho a pesar de haberse aprobado por mayoría.