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Orden CNU/1364/2023, convalida nuevo título universitario impartido en centros docentes de evangelistas (FEDERE)

El Real Decreto 1633/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece el régimen de equivalencias de títulos de nivel universitario impartidos en centros docentes dependientes de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, recoge en su anexo los títulos otorgados por los centros docentes de nivel superior o Facultades Protestantes de Teología dependientes de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) a los que se reconocen efectos civiles.

El establecimiento de una nueva titulación hace necesaria la modificación del anexo.

La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) ha emitido un informe favorable respecto al título de Máster en Formación Teológica para la Enseñanza Religiosa Evangélica, expedido por el Centro Superior de Enseñanza Evangélica (CSEE), de acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto 1633/2011, de 14 de noviembre.

La norma cumple con los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En particular, se adecúa a los principios de necesidad y eficacia, al responder a la necesidad identificada por el Consejo General de Enseñanza Religiosa Evangélica (CGERE), órgano de la FEREDE, de incluir una nueva titulación; al de proporcionalidad, toda vez que contiene la regulación imprescindible para cumplir su objetivo y no conlleva medidas restrictivas de derechos, ni impone obligaciones a los destinatarios; al de eficiencia, al adaptar la regulación del régimen de equivalencias a la nueva realidad de titulaciones de carácter teológico protestante; al de seguridad jurídica, al ser coherente con el resto del ordenamiento jurídico; y, por último, al de transparencia, toda vez que en la tramitación de esta norma se han solicitado todos los informes preceptivos y aquellos que se ha estimado necesarios o convenientes, así como se ha sometido al trámite de audiencia pública, posibilitando que los potenciales destinatarios de esta orden tengan una participación activa en su elaboración.

En la elaboración de esta orden han sido consultados el Consejo de Universidades y la Conferencia General de Política Universitaria, se ha oído a la autoridad competente de la FEREDE y han emitido informe los Ministerios de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, y el de Política Territorial.

Esta orden se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.

Asimismo, esta orden se dicta de conformidad con la disposición final primera del Real Decreto 1633/2011, de 14 de noviembre, que habilita a la hoy Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades para modificar, corregir o actualizar su anexo.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación del Real Decreto 1633/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece el régimen de equivalencias de títulos de nivel universitario impartidos en centros docentes dependientes de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España.

El anexo del Real Decreto 1633/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece el régimen de equivalencias de títulos de nivel universitario impartidos en centros docentes dependientes de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, queda modificado mediante la adición en el apartado II sobre Títulos equivalentes al título oficial de Máster Universitario (habrán de acreditar una duración mínima de 60 créditos ECTS y de un mínimo de 300 créditos ECTS entre los estudios de Grado y de Máster) del siguiente título:

«Título de Máster en Formación Teológica para la Enseñanza Religiosa Evangélica, expedido por el Centro Superior de Enseñanza Evangélica (CSEE) (enseñanza virtual)».

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de diciembre de 2023.–La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant Ripoll.

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