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Llega a juicio el tercer litigio por la propiedad de un templo en Huesca

Alberuela de Tubo reclama la ermita de Nuestra Señora del Castillo por sufragar las obras y custodiar la llave “desde siempre”. El Obispado replica que su inscripción en el Catastro y el Registro le acredita como dueño.

Los tribunales de la provincia de Huesca tendrán que dirimir por tercera vez si un templo religioso es propiedad de un ayuntamiento o de una diócesis. En esta ocasión, el pequeño municipio de Alberuela de Tubo, de apenas 300 habitantes, reclama la ermita románica de Nuestra Señora del Castillo, a la que acuden en romería cada primer domingo de mayo, argumentando que sufragó su restauración y que “siempre” ha custodiado la llave de acceso. En cambio, la diócesis oscense justifica que el edificio está inscrito a su nombre legalmente en el Catastro (2009), en el Registro de la Propiedad (2015) y antes en su propio inventario de bienes “lo cal acredita la posesión y la propiedad”.

En los dos litigios anteriores, fueron los obispados los que presentaron las respectivas demandas. En el primero, el Juzgado de Boltaña otorgó a principios de 2018 a la diócesis de Barbastro-Monzón la propiedad de la iglesia de Plan frente al Ayuntamiento -que aparecía como titular en el Registro de la Propiedad y en el Catastro- justificando que su uso era para el culto y negando que el pago de gastos por parte del municipio le otorgara la titularidad. Y en el segundo juicio, celebrado el pasado mes de febrero, la diócesis de Huesca demandó a Ayerbe por haber inscrito en el Catastro la ermita de la Virgen de Casbas, considerada la ‘Capilla Sixtina’ del Alto Aragón por sus frescos del siglo XVIII, y todavía está pendiente de sentencia.

El Juzgado de Instrucción número 1 de Huesca -el mismo que tramita la demanda por la Virgen de Casbas de Ayerbe- celebró este martes la vista en la que ambas partes aportaron documentos y testimonios para intentar acreditar que han ejercido la posesión a título de dueños del templo, el objeto en cuestión de estos tres litigios. 

Como demandante, el Ayuntamiento de Alberuela de Tubo, defendido por los servicios jurídicos de la Diputación Provincial de Huesca (representada por la abogada Ana Cristina Bescós), asegura que ha ejercido de dueño de forma directa o a través de los vecinos “con diferentes actos inequívocos siempre en solitario y con total aquiescenciade los párrocos y del Obispado”. Entre ellos, las obras de teatroque organizaban hace muchos años los propios vecinos en otros pueblos para recaudar fondospara el mantenimiento del templo y, posteriormente, los trabajos de restauración costeados confondos propios, donaciones y subvencionesa partir de principios de los 90 para mantener en pie el edificio ante suestado de ruina. Algo que contrasta con la rehabilitación de laiglesia parroquial, donde ambas instituciones sí que colaboraronpara hacer aportaciones económicas y pedir ayudas.

Así lo testificaron el alcalde actual, José Manuel Penella, y la exalcaldesa Rosa María Pons, quienes coincidieron en asegurar que el Ayuntamiento y los propios vecinos se han ocupado de la conservación de la ermita “porque de generación en generación ha ido pasando la responsabilidad de que no nos la teníamos que dejar caer”. Y lo han hecho colaborando con jornadas de trabajo gratuito (vecinales) y con colectas, que también se emplearon para comprar la imagen de Nuestra Señora del Castillo, aunque las donaciones vinieran de vecinos que no eran feligreses. 

Además, insistieron en que en ninguna de las ocasiones que acometieron obras pidieron autorización a la diócesis, “porque en los 24 años que fui alcaldesa, el Obispado nunca se interesó por la ermita”, aseguró Pons. Un antiguo cura del pueblo ya jubilado confirmó también que nunca tuvo en su poder la llave de la ermita “y nunca me pidieron permiso para hacer obras porque yo entendía que era propiedad del ayuntamiento”, dijo. Un constructor y un aparejador también ratificaron que nunca recibieron instrucciones de la diócesis cuando intervinieron en los trabajos de restauraciónen-el-centro-el-alcalde-de-alberuela-de-tubo-jose-manuel-penella-junto-a-otros-testigos-aportados-por-la-letrada-del-ayuntamiento-antes-de-entrar-al-juicio-a-la-derecha-representantes-de-la-diocesis

En el centro, el alcalde de Alberuela de Tubo, José Manuel Penella, junto a otros testigos aportados por la letrada del Ayuntamiento, antes de entrar al juicio A la derecha, representantes de la diócesis.

Desde el consistorio monegrino también justifican que la inscripción catastral que aporta la diócesis de Huesca es solo un registro administrativo de carácter fiscal que “para nada atribuye la propiedad de los bienes”, al igual que el propio inventario del Obispado “que es interno y tiene también carácter administrativo”, subraya. En este sentido, critican la “inmatriculación masiva” de bienes que llevó a cabo la diócesis justo antes de la reforma de la Ley Hipotecaria de 2015 y que en este caso se llevó a cabo “de forma precipitada y con falta de rigor” ya que apunta que “está destinada a iglesia parroquial”, cuando no es así. 

Por todo ello, la abogada de Alberuela de Tubo defendió que“solo por el hecho de ser un edificio religioso o una ermita dedicada a la advocación de la Virgen María no es suficiente para atribuirle la propiedad al Obispado”. Y puso el ejemplo de otros templos como el Santuario de Nuestra Señora del Viñedo, propiedad del Ayuntamiento de Loporzano, o el Santuario de Nuestra Señora de Las Fuentes, que es de la Diputación de Huesca. Y advirtió, por último, de que en caso de otorgarle la propiedad, sería un caso de “enriquecimiento injusto” y se deberían reclamar los gastos efectuados en los últimos cuatro años (el resto estarían ya prescritos).

“Estos juicios por la propiedad son más ideológicos que jurídicos”, Joaquín Guerrero defensor de la diócesis de Huesca

Mientras, la diócesis de Huesca, representada por el letradoJoaquín Guerrero, aseguró que esta ermita es una “propiedad indiscutible” del Obispado y que el Ayuntamiento ni puede acreditar cómo la adquirió ni durante cuánto tiempo la utilizó, e insistió en que el Consistorio fue conocedor en 2015 “con absoluta seguridad” de la inscripción en el Registro de la Propiedad pero en cambio no presentó la demanda hasta 2019 por lo que habría prescrito el plazo de dos años para reclamarla.“Si fuera un bien de dominio público, tendrían la obligación de tenerlo inscrito en su inventario municipal, pero no lo tienen”, destacó. También negó que las inmatriculaciones realizadas por las diócesis altoaragonesas fueran un “privilegio” y al respecto tildó este tipo de litigios de“juicios más ideológicos que jurídicos”.

Además, el abogado aludió al precedente de la demanda por la iglesia de Planen la que el Juzgado de Boltaña concluyó que el mantenimiento, reparación o demás pagos no son indicativo suficiente de su titularidad y que la cooperación con las entidades religiosas es “un deber previsto constitucionalmente”. Asimismo, hizo hincapié en que las obras que se acometieron en la ermita de Alberuela de Tubo eran para recuperar su culto y eso no se puede considerar nunca un servicio público, sentenció. 

El que fuera coadjutor de la parroquia de Alberuela entre 1983 y 2015 corroboró los argumentos de la diócesis afirmando que “nunca me dijeron que esa ermita fuera propiedad del Ayuntamiento”. Mientras, el vicario general de la diócesis y que también estuvo al cargo de la parroquia durante unos meses declaró que el templo siempre ha tenido la finalidad del culto religioso

El juicio ha quedado visto para sentencia.

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Notas

Radio Huesca recuerda que, además de este pleito judicial, queda pendiente de conocer la sentencia por la propiedad de la Ermita de Nuestra Señora de Casbas de Ayerbe, o el recurso de apelación presentado por la de Virgen del Castillo de Plan (El litigio por la propiedad de la Virgen del Castillo de Plan fue ganado por la diócesis de Barbastro-Monzón. Demandó al Ayuntamiento de Plan por inscribir la iglesia a su nombre y el Juzgado de Boltaña decretó que la diócesis era la titular y ordenó su inscripción como tal en el Registro y el Catastro. La sentencia constató la inexistencia de título a favor de cualquiera de las partes y valoró sobre todo su uso para el culto católico desde hace siglos. «La propia naturaleza de la edificación revela su destino», decía, aclarando que hasta 1998 se prohibió el acceso al Registro de los bienes eclesiásticos.

La magistrada aludió al inventario de bienes del obispado de 1985, donde ya constaba, y por contra, rechazó el principal argumento del ayuntamiento, que alegó las obras y gastos de mantenimiento asumidos por las arcas municipales. Concluyó que estos pagos no son indicativo suficiente de su propiedad. «Los templos son un bien espiritual de la Iglesia en beneficio del pueblo, sin que ello los convierta por sí en titularidad del Ayuntamiento», señaló.

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(1) La ermita se ubica dentro del recinto del castillo musulmán, cuyos orígenes se remontan al siglo IX, aunque el templo fue construido en el XVI. El alcalde de Alberuela, José Manuel Penella, asegura que su uso religioso ha sido siempre «mínimo», limitado a la romería del primer domingo de mayo. Además, las obras de restauración han sido sufragadas con colectas de los vecinos y subvenciones de la DGA. «No nos pareció bien que al poco de acabar la rehabilitación el obispado se la inscribiera a su nombre cuando nunca se había preocupado de si se caía o no», critica. (Heraldo)

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