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La transición religiosa

El gesto simbólico de Pedro Sánchez y los ministros de prometer su cargo sin la presencia del crucifijo ni la Biblia abriga la esperanza de que pueden producirse cambios importantes en las relaciones entre política y religión y, más en concreto, entre la Iglesia católica y el Estado español. Todos los presidentes anteriores prometieron o juraron su cargo delante del crucifijo, la Biblia y la Constitución, colocados al mismo nivel, con la carga simbólica de confesionalidad católica que implicaba.

Siempre me ha resultado difícil definir al Estado español en su relación con la religión. Ciertamente no es un Estado ateo, que la persiga, ni laicista, que la reduzca a la esfera privada, como tampoco confesional, en la medida en que tenga una confesión única, ya que la Constitución afirma en el artículo 16.3 que “ninguna religión tendrá carácter estatal”. Pero no me atrevería a llamarlo “laico”. El propio texto constitucional disuade de tal calificación e incurre en una contradicción manifiesta cuando, a renglón seguido, coloca a la Iglesia en una situación de privilegio al declarar que “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones”.

La sociedad española es una de las más secularizadas del continente europeo. Sin embargo, el Estado español conserva todavía importantes restos de nacional-catolicismo y da constantemente muestras de trato desigual para con las religiones. Y lo hace en el propio texto constitucional, en las leyes y los acuerdos con las religiones y en la actividad política cotidiana.

Los Acuerdos con la Santa Sede de 1979 dotan a la Iglesia católica de todo tipo de beneficios: fiscales, económicos, educativos, culturales, militares, sociales, sanitarios, patrimoniales. La Ley Orgánica de Libertad Religiosa es claramente discriminatoria, ya que establece varios tipos de religiones: la Iglesia católica, de primera categoría, las confesiones de notorio arraigo, de segunda, las confesiones con acuerdo, de tercera, y el resto, de cuarta.

La religión católica cuenta con más de 15.000 profesores en las escuelas, nombrados por los obispos, al margen del sistema general de acceso del resto de los profesores y pagados por el Estado. Recibe una pingüe financiación económica del Estado a través de la asignación tributaria, que este año ha ascendido a 251 millones de euros, exenciones fiscales y otras ayudas, incumpliendo el Acuerdo Económico de 1979, en el que la Iglesia católica asumía el compromiso de autofinanciarse.

Puede afirmarse que todavía no ha tenido lugar la transición religiosa en España o al menos no con coherencia y celeridad. Para una verdadera transición religiosa son necesarias transformaciones fundamentales tanto en el ordenamiento jurídico como en la práctica política y en la acción educativa.

Empezando por la Constitución de 1978 hay que eliminar la referencia a la Iglesia católica del artículo 16.3 por ser contraria a la laicidad, a la igualdad de trato de todas las religiones y a la neutralidad del Estado en materia religiosa. Debe modificarse igualmente el artículo 27, que establece el derecho de los padres “para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus propias convicciones”.

Los cambios constitucionales indicados nos llevan a la necesidad de revisar, e incluso anular, los Acuerdos del Gobierno Español con la Santa Sede de 1979, que son una continuación modificada del Concordato de 1953, por tanto preconstitucionales y, en varios temas, inconstitucionales.

Es hora de revisar en profundidad la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, de 1980, que responde a una situación sociorreligiosa superada. Es necesario suprimir la enseñanza de la religión confesional en las escuelas e introducir una asignatura de historia de las religiones, que analice el fenómeno religioso de manera científica.

Hay que volver a introducir en el sistema de enseñanza la asignatura de educación para la ciudadanía que fomente la conciencia crítica y transformadora.

Debe eliminarse toda subvención a las religiones para fines y tareas específicamente religiosas y optarse por la autofinanciación. En materia de impuestos, las exenciones deben ser las mismas que las que afectan a las ONG.

Mientras no se adopten estas medidas, seguiremos en un Estado de confesionalidad indirecta, de religión tutelada o protegida, pero no laico.

Juan José Tamayo es director de la cátedra de Teología y Ciencias de las Religiones de la Universidad Carlos III de Madrid.

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*Los artículos de opinión expresan la de su autor, sin que la publicación suponga que el Observatorio del Laicismo o Europa Laica compartan todo lo expresado en el mismo. Europa Laica expresa sus opiniones a través de sus comunicados.

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