El Gobierno aprueba finalmente este martes un proyecto de ley que, además de intentar equiparar a España con Alemania e Italia al proscribir la apología de la dictadura e impulsar la retirada de símbolos y menciones que la exalten, trata de proteger el honor de sus víctimas y establece un régimen sancionador para los particulares e instituciones que se salten esas normas.
El Gobierno de coalición PSOE-UP se ha decidido al fin a enviar al Congreso el proyecto de Ley de Memoria Democrática, que sustituirá a la de Memoria Histórica de 2007 y cuya tramitación pondrá a prueba tanto el giro progresista del ejecutivo tras la remodelación de la parte socialista como la estabilidad de las relaciones con los grupos que apoyaron la moción de censura y la investidura del presidente Sánchez, con los que mantiene notables diferencias en este asunto.
El proyecto, cuya última versión llevará hoy al gabinete el nuevo ministro de Presidencia, Félix Bolaños, con algunos retoques sobre la que salió a información pública en septiembre, tiene como principal novedad la existencia en sí de la iniciativa, que casi medio siglo después de la muerte de Franco plantea que España dé con la eliminación de los símbolos franquistas del espacio público el primer paso decidido para homologarse con los otros dos países europeos que sufrieron dictaduras de corte fascista en los años 30, Alemania e Italia, que le llevan décadas de adelanto en esa materia.
Aunque, al mismo tiempo, ese primer paso para la homologación, que se mantendrá en el plano aspiracional a falta de conocer la redacción final que salga del Congreso y su grado efectivo de aplicación, lleva implícito el reconocimiento de las décadas de retraso que acumula el país en afrontar su verdad histórica y en ponerse a la altura de los países occidentales que padecieron traumas opresores de corte similar.
Cárcel en Alemania e Italia por exhibir simbología nazi y fascista
Alemania prohibió el uso de símbolos nazis en 1949, cuatro años después de terminar la segunda guerra mundial, en una posición que reforzó después con el artículo 86 de su Código Penal y sus sucesivas actualizaciones.
Allí está prohibido exhibir esvásticas y cruces célticas, hacer el saludo romano y distribuir y utilizar simbología y música relacionada con el nazismo y sus organizaciones afines, conductas castigadas con penas de hasta tres años de prisión.
Italia hizo lo propio con el fascismo mussoliniano en 1993 a través de la Ley Mancino que proscribe los gestos, acciones y lemas relacionados con la ideología nazi-fascista y persigue la incitación a la violencia y a la discriminación contra las personas por motivos xenófobos, tanto de raza como de país, y religiosos.
Esa norma, que faculta a los jueces para incrementar hasta la mitad del doble las penas asignadas a cualquier delito (cuatro años y medio de cárcel si el máximo era tres; seis si era cuatro) cuando aprecian ese tipo de motivaciones en sus autores ha resistido, aunque con algún zarandeo derivado de tormentas mediáticas y dialécticas, el paso de la ultraderecha por el Consejo de Ministros italiano a lo largo de las tres últimas décadas.
Multas y pérdida de acceso a subvenciones en España
España da ahora el primer paso para, tras los avances previos en algunos territorios, equipararse a esos países con el proyecto de Ley de Memoria, que declara “elementos contrarios a la memoria democrática los escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial”.
La norma, que declara también como “elementos contrarios a la memoria democrática las referencias realizadas en topónimos, en el callejero o en las denominaciones de centros públicos realizados en exaltación, personal o colectiva”, de esas personas y organizaciones, ordena a las administraciones tomar “las medidas oportunas” para su retirada en el “ejercicio de sus competencias y territorio”, algo que incluye los edificios de propiedad privada cuando esos vestigios tengan “proyección a un espacio o uso público”.
La medida no parece baladí en un país en el que iniciativas ciudadanas, de universidades y de comunidades autónomas tienen localizados más de 6.000 vestigios del franquismo, tal y como recoge este mapa wikial cuyo catálogo inicial de 5.430 se le han añadido más de 600 en apenas cinco meses.
¿Y qué ocurrirá si no se retiran? El proyecto contempla multas de 2.001 a 10.000 euros y la posibilidad de no acceder a subvenciones en materia de memoria en cinco años, unas sanciones más livianas que las que contemplan Alemania e Italia, que no son, por otro lado, los únicos países occidentales que persiguen la apología y el ensalzamiento de las dictaduras: Francia castiga con cárcel el negacionismo del Holocausto, mientras que exaltación y el uso de simbología nazi y fascista puede llegar a costar diez años de prisión en Austria, tres en Noruega y dos en Polonia, que aplica la misma medida para la exaltación del comunismo.
Los 15 principales aportaciones del proyecto
Estos son los quince aspectos más destacados del proyecto de ley que prevé aprobar este martes el Consejo de Ministros del Gobierno PSOE-UP:
VÍCTIMAS DEL FRAQUISMO: La ley reconoce como tales, y les otorga los derechos al reconocimiento y a la reparación, a quienes sufrieran “individual o colectivamente, daño físico, moral o psicológico, daños patrimoniales, o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales” durante “el periodo que abarca el golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la posterior guerra y la dictadura, incluyendo el transcurrido hasta la entrada en vigor de la Constitución española de 1978” por “acciones u omisiones que constituyan violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario”.
ELENCO DE VÍCTIMAS: El texto, que reconoce la condición de víctima a sus familiares hasta cuarto grado y prevé crear un registro, enumera trece supuestos que incluyen a represaliados penal, física o económicamente por motivos políticos, sindicales, religiosos, de orientación sexual, de uso de lenguas, a los bebés robados, a los maquis, a los militares demócratas de la UMD, a los exiliados, a quienes padecieron “daños o represalias al intervenir para prestar asistencia a víctimas en peligro o para impedir la victimización” y, también, a “los partidos políticos, sindicatos, minorías étnicas, asociaciones feministas de mujeres, instituciones educativas y agrupaciones culturales represaliadas”.
DOS HOMENAJES: el Gobierno propone señalar como “día de recuerdo y homenaje a las víctimas del golpe militar, la guerra y la dictadura” el 31 de octubre, aniversario de la primera masacre aérea de los sublevados en Madrid, y dedicar a quienes sufrieron el exilio el 8 de mayo, aniversario de la victoria aliada sobre los nazis, en la que tuvieron una destacada participación los republicanos españoles con míticas unidades como ‘La Nueve’.
LA APOLOGÍA: El texto que verá el gabinete ha incluido finalmente a propuesta del CGPJ (Consejo General del Poder Judicial) pero también al socaire de la aportación de normas autonómicas previas) como la aragonesa una alusión al “menosprecio y la humillación de las víctimas” en la definición de la apología del franquismo, que proscribe.
ACTOS CONTRARIOS A LA MEMORIA: lo son los “efectuados en público que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, y supongan exaltación personal o colectiva, de la sublevación militar, de la guerra o de la dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial”. Su convocatoria se castiga con multas de 10.001 a 150.000 euros.
INFRACCIONES Y DE SANCIONES: su inclusión repara una de las lagunas de la Ley de Memoria Histórica de 2007, que carece de medios coercitivos para garantizar el cumplimiento de sus preceptos.
CATÁLOGO DE VESTIGOS: el proyecto también incluye un avance frente a los inconclusos o no iniciados catálogos locales y autonómicos de “símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática” de la anterior ley al prever uno de ámbito estatal que incorporará datos de las comunidades, estará abierto a otras aportaciones y que contendrá “la relación de los que deban ser retirados o eliminados”.
EL VALLE: el texto propone resignificar el Valle de los Caídos investigando y difundiendo “las circunstancias de su construcción, el periodo histórico en el que se inserta y su significado, con el fin de fortalecer los valores constitucionales y democráticos”. En él no podrán realizarse actos de exaltación franquista, se reubicará la tumba de José Antonio Primo de Rivera y se extinguirá la fundación que ahora lo gestiona por incompatibilidad con los principios constitucionales.
CEMENTERIO CIVIL: las criptas pasarán a ser consideradas como un cementerio civil y “se atenderán las reclamaciones y peticiones de los familiares que tengan por objeto instar la exhumación y entrega de los restos de las víctimas inhumadas en el Valle de los Caídos”, algo que familias como los Lapeña llevan años reclamando.
SIN MAUSOLEOS: los restos mortales de dirigentes del golpe militar de 1936 “no podrán ser ni permanecer inhumados en un lugar preeminente de acceso público, distinto a un cementerio” y “que pueda favorecer la realización de actos públicos de exaltación, enaltecimiento o conmemoración de las violaciones de derechos humanos cometidas durante la guerra o la dictadura”, lo que descarta tanto el traslado de los de Franco a cualquier mausoleo como la permanencia de los de Queipo de Llano en la iglesia de La Macarena (Sevilla).
FUNDACIONES: el proyecto prevé disolver las fundaciones que hagan apología del franquismo, ensalcen el golpe de Estado de 1936 y la dictadura o enaltezcan a sus dirigentes, con menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas, o que inciten directa o indirecta al odio o violencia contra las mismas. Este precepto, que afectaría de lleno a la Fundación Francisco Franco, contempla entre otras medidas cautelares la suspensión provisional de las actividades hasta que finalice el procedimiento. Las asociaciones que encajen en ese perfil no podrán ser declaradas de interés general, algo que conlleva beneficios económicos y rebajas fiscales, ni mantener esa declaración.
SENTENCIAS: el proyecto de ley propone declarar “la ilegitimidad” de los tribunales, jurados y el resto de “órganos penales o administrativos” de los sublevados durante la guerra, así como la de sus resoluciones, que devendrían nulas nueve décadas después. Esas nulidades atañen de manera particular al Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, al Tribunal de Orden Público, a los Tribunales de Responsabilidades Políticas y a los Consejos de Guerra.
DESAPARECIDOS Y FOSAS: el proyecto de ley encomienda al Estado “la búsqueda de personas desaparecidas durante la guerra y la dictadura” al margen de las competencias que otras administraciones, como las autonómicas, mantienen en ese ámbito, algo que, al mismo tiempo, faculta al Gobierno central, que “elaborará planes plurianuales de búsqueda, localización, exhumación e identificación de los mismos”, para actuar en territorios reacios a desarrollar esta tarea y, al mismo tiempo, salvaguarda las potestades autonómicas si ese eventual rechazo se diera en el ejecutivo. El texto habilita a la Administración central para autorizar prospecciones y exhumaciones a petición de las familias de las víctimas y de las entidades memorialistas.
INTERÉS SOCIAL: la localización de las fosas y la identificación y el traslado de los restos hallados en ellas pasan a ser considerados “de utilidad pública e interés social”, algo que permite la ocupación temporal de terrenos aunque previamente, en todos los casos, la Administración dará audiencia a los propietarios, que serían en todo caso indemnizados.
LA FIGURA DE LA MUJER: El proyecto de ley prevé impulsar el reconocimiento, la investigación y la difusión del papel activo de las mujeres tanto en la vida intelectual como en el avance y la defensa de los valores democráticos y los derechos fundamentales, así como de las limitaciones y discriminaciones educativas, económicas, sociales y culturales que soportaron durante la guerra y la dictadura. También contempla medidas de reparación para “las formas especiales de represión o violencia” que sufrieron por su actividad pública, política, sindical o intelectual y por la de sus parejas, hijos y padres.