Para entender esta historia, es necesario ver, aunque sólo sea muy brevemente, el proceso que siguió la Iglesia hasta llegar a establecer el “dogma de la infalibilidad pontificia” en el siglo XIX, y cual era la situación socio-política en ese momento. Cristo enseñó que sólo podían ser miembros de su iglesia las personas que, tras conocer el Evangelio, se adhirieran a él voluntariamente por el bautismo (Mateo 28:19-20), lo cual sólo pueden hacer las personas adultas.
Por tanto, los dirigentes de la iglesia sólo tenían autoridad sobre las personas que pertenecían a ella (1 Corintios 5:12-13). Ahora bien, andando el tiempo, la Iglesia inventó el bautismo de los niños; y después el limbo, para presionar a los padres a bautizar a sus hijos en cuanto nacían. De esta forma, llegaron a ser miembros de la Iglesia católica todos los habitantes de los países católicos; por esto, la Santa Sede tenía todo el poder sobre todos los habitantes de dichos países, ya fueran los reyes como la gente del pueblo. Estando así las cosas, en el siglo XIX, la filosofía del Liberalismo empezó a socavar la autoridad de la Santa Sede; entonces el clero católico comenzó a atacar al liberalismo en todas sus formas; así lo dice la historia: “[…] siguió la Iglesia condenando el liberalismo sin distinción, El papa Pío IX, en el syllabus […], hizo especial mención de aquel sistema.” (Enciclopedia Universal Ilustrada…, tomo 30, p. 434).
No obstante, el liberalismo seguía anulando la autoridad que la Santa Sede ejercía sobre todos los mortales de los países católicos. Por consiguiente, el clero católico decidió inventar una autoridad que estuviera por encima de todos los liberalismos. Con esta finalidad (entre otras cosas), se convocó el Concilio Vaticano I, cuyo comienzo fue así: “Por la mañana temprano, el 8 de diciembre de 1869, una muchedumbre inmensa llenaba la basílica de San Pedro; peregrinos extranjeros y romanos habían acudido para presenciar la apertura del Concilio. Los 642 prelados reunidos en Roma desfilaron bajo las imponentes naves del templo vaticano cantando el Veni Creator. En procesión se dirigieron al altar mayor en donde adoraron el ‘Sacramento’.
También el papa adoró la forma eucarística expuesta y cantó las oraciones del ritual en honor del Espíritu Santo y de la Virgen. Después de la misa dedicada a la Inmaculada, y del sermón, pronunciado por el arzobispo capuchino de Iconium, Mons. Passavalli, Pío IX recibió el acatamiento del concilio en la ‘ceremonia de obediencia’. Uno tras otro, todos los miembros del concilio fueron a rendir al papa ‘el homenaje de su humilde sumisión’, ‘los cardenales abrazaban sus manos, los obispos sus rodillas, los abades y superiores de órdenes sus pies’.
Después de esta ceremonia de obediencia, todos los prelados se arrodillaron y el papa, solo de pie, pronunció su alocución.” (Javier Gonzaga: Concilios, tomo II, p. 733). Cuando el Concilio llegó a su quinta sesión, un obispo español declaró la necesidad que tenía la Santa Sede de “autoridad” contra el “liberalismo”; éste es el relato de aquel momento: “El obispo de Urgel (España), Mons. Cixal y Estrada, cerró la V congregación (= sesión) dando el tono ultramontano: ‘Necesitamos autoridad – declaró -, el liberalismo es el mal del siglo. Es preciso definir la infalibilidad de la Santa Sede; […].” (Id., p. 736). Es evidente que la “infalibilidad de la Santa Sede” era el invento contra el liberalismo; pero no todos los miembros del Concilio estaban de acuerdo con la declaración de ese dogma; el relato de este Concilio lo dice así: “Los adversarios de la infalibilidad lucharon denodadamente, pero también inútilmente. El nudo ultramontano se fue apretando gradualmente. Y de día en día se vio con mayor claridad que el fin se acercaba de una manera inevitable.” (Id., p. 751). Por fin, tras interminables debates a favor y en contra del dogma de la infalibilidad, los que no estaban de acuerdo se marcharon para no votar; éste es el relato:
“El 17 de julio, cincuenta y seis obispos confirmaron al papa su oposición y le comunicaron su intención de no asistir a la sesión próxima. El hecho es que sesenta y un prelados contrarios a la definición de la infalibilidad pontificia marcharon de Roma antes de esta sesión. El día 18 de julio de 1870, tan sólo había 535 padres en el aula, de los 704 que habían desfilado a lo largo de las sesiones conciliares (sobre un total de 1.080 que es el número de los invitados). Sólo dos: Luis Riccio, obispo de Caiazzo, del reino de las Dos Sicilias, y Eduardo Fitzgerald, obispo de Little Rock, en EE. UU., votaron en contra. Se notó la ausencia de los 83 prelados que habían asistido a las últimas reuniones y que optaron por marcharse de Roma o quedarse en casa. La infalibilidad pontificia fue, pues, decretada por 532 votos Placet, frente a 2 Non Placet y 83 abstenciones de los prelados ausentes.” (Id., pp. 781-782).
Por fin, el dogma de la “infalibilidad pontificia”, que fue definido con carácter retroactivo, para que comenzara con el apóstol Pedro, dice así: “[…], enseñamos y definimos ser dogma divinamente revelado: Que el Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra – esto es, cuando cumpliendo su cargo de pastor y doctor de todos los cristianos, define por su suprema autoridad apostólica que una doctrina sobre la fe y costumbres debe ser sostenida por la Iglesia Universal -, por la asistencia divina que le fue prometida en la persona del bienaventurado Pedro, goza de aquella infalibilidad de que el Redentor divino quiso que estuviera provista su Iglesia en la definición de la doctrina sobre la fe y las costumbres; y, por tanto, que las definiciones del Romano Pontífice son irreformables por sí mismas y no por el consentimiento de la Iglesia. Y si alguno tuviere la osadía, lo que Dios no permita, de contradecir a esta nuestra definición, sea anatema.” (Id., p. 788). Una parte de los obispos disidentes formó la iglesia de los “viejos católicos”, que:
“En 1907 eran 136.000 en Alemania, Suiza, Austria, Holanda, Francia y Norte América.” (J. Marx: Compendio de Historia de la Iglesia, p. 699). Por fin, este Concilio Vaticano I terminó así: “Los piamonteses entraron en Roma. El poder temporal había concluido. Se dejó al Papa solamente el Vaticano y sus jardines. Entonces pudo decir Pío IX a los diplomáticos que le rodeaban: ‘a partir de este momento el Papa está prisionero de Víctor Manuel’, ¿En qué iba a parar el Concilio? El 20 de Octubre (de 1870), al día siguiente de la publicación del Decreto real que declaraba al patrimonio de San Pedro provincia romana, apareció la Bula de suspensión del Concilio Vaticano. ‘Hemos decidido, dice el Papa, diferir la continuación de sus reuniones para una época posterior. Declaramos el Concilio suspendido y rogamos a Dios, dueño y vengador de su Iglesia, dé pronto a su fiel Esposa la paz con la libertad.’ Desde entonces el Concilio Vaticano no ha vuelto a reunirse otra vez […]. Desde el 18 de Julio de 1870 la doctrina de la infalibilidad pontificia era un dogma católico, que debía creer como de fe todo miembro de la Iglesia.” (Enciclopedia Universal Ilustrada…, tomo 67, pp. 284-285).
Es evidente que este Concilio creó una Autoridad superior a todas las autoridades humanas; pero dicho Concilio, haciendo eso, cometió un error de bulto; porque, al declarar a un hombre infalible, no tuvo en cuenta que las Sagradas Escrituras dicen: “[…]; antes bien sea Dios veraz, y todo hombre mentiroso; […].” (Romanos 3:4). Además, ironías de la Historia, cuando el Concilio Vaticano I acababa de dar al papa Pío IX una Autoridad mayor que la de todos los reyes de la Tierra, vino uno de estos reyes, Víctor Manuel II, rey de Italia, y quitó, a ese mismo Papa, los “Estados Pontificios”. Entonces se concluyó la unificación del reino de Italia, y Roma, que era la capital de los Estados Pontificios, pasó a ser, mediante un plebiscito, la capital del reino de Italia, mientras que los Estados Pontificios quedaron reducidos al palacio del Vaticano, como es ahora. Antes de 1860, los Estados Pontificios tenían una extensión de 400 km N-S, y 210 km E-O; pero el proceso de unificación de Italia en el siglo XIX, quitó, al Papa, parte de esos Estados en 1860, y el resto en la fecha indicada de 1870 (Id., tomo 46, p. 348).
Pedro de Felipe del Rey