La detención en Langreo de tres sacerdotes, el 16 de junio de 1932, que se saltaron la normativa de la época contra los símbolos religiosos
En la tarde del 19 de junio de 1911 una procesión recorría el barrio de La Villa, en Mieres, cuando el fraile que la encabezaba observó al cruzarse con un grupo de jóvenes que permanecía en la acera, como uno de ellos no se descubría ante el paso de las imágenes. Considerando que aquello era una señal de desacato, se acercó hasta el rapaz y de un manotazo le arrojó al suelo la boina; pero no contento con esto, otro de sus compañeros que portaba el estandarte de la cofradía también se fue hacia él para golpearle con el mástil antes de volverlo por el lado del recatón y colocárselo en el pecho para empujarlo contra una pared.
Al ver esta lamentable embestida (palabra nunca mejor empleada, ya que se trataba de un religioso apellidado Toro), una parte del público asistente reaccionó con indignación y fue necesaria la intervención de la Guardia Civil, de manera que, para evitar males mayores, la procesión tuvo que ser suspendida.
Dos décadas más tarde el artículo 27 de la Constitución republicana estableció la libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión, pero siempre en el ámbito privado, lo que suponía someter los cementerios exclusivamente a la jurisdicción civil y prohibir las manifestaciones públicas de cualquier culto, que desde entonces tuvieron que solicitar el permiso correspondiente para cada ocasión a las autoridades.
Esta disposición tomó forma por un decreto de 30 de enero de 1932, solo siete días después de que se hubiese ordenado la disolución de la orden de los jesuitas y la nacionalización de la mayor parte de sus bienes. Entre otras medidas, los cementerios pasaron a ser gestionados por los ayuntamientos y las comitivas que acompañaban a los entierros católicos tomaron la consideración de manifestaciones públicas del culto y por lo tanto, de acuerdo con el artículo constitucional, tuvieron que ser autorizados previamente por los alcaldes, quienes podían establecer las normas por las que debían regirse en cada localidad e incluso gravarlos con impuestos.?
Sin embargo, la poderosa Iglesia católica no se dio por aludida y estas ceremonias siguieron celebrándose igualmente, desoyendo las advertencias de las autoridades sin que esto supusiese problemas en gran parte de España. Pero no fue así en Asturias, una de las zonas calientes del Estado, donde la cuestión religiosa dividía a la población, hasta que la chispa acabó saltando en Langreo cuando el alcalde Langreo Celso Fernández García se decidió a intervenir y mandó al calabozo a tres sacerdotes que se negaban reiteradamente a cumplir la ley.
El jueves 16 de junio de aquel 1932 había fallecido en Gijón el facultativo de Minas don Aurelio Rodríguez Sánchez, muy estimado en Langreo, y se dispuso el traslado de su cadáver para inhumarlo en el cementerio de esta villa minera, donde se preveía que muchos vecinos iban a estar presentes acompañando a su viuda doña Mercedes Blanco y toda la familia en una sentida manifestación de duelo.
Esto fue lo que sucedió al día siguiente cuando se formó la comitiva fúnebre, que para sorpresa de la autoridad recorrió las calles presidida por don Venancio Prada Moral y don Faustino Fernández, respectivamente cura párroco y coadjutor de Sama, y don José Fernández, coadjutor de La Felguera. Entonces, siguiendo las instrucciones del alcalde, los guardias municipales esperaron a que finalizase el entierro para evitar disturbios y procedieron a su detención cuando regresaban del cementerio, sin darles tiempo a ir a la iglesia y depositar sus ornamentos, llevándolos al depósito municipal con intención de que pasasen en él 24 horas como escarmiento.
La noticia no tardó en correr por Langreo y numerosos católicos se concentraron ante el lugar donde estaban los clérigos exigiendo su libertad, allí se encontraron con los partidarios de la medida y, como era de esperar, la cosa degeneró en un festival de enfrentamientos personales y estacazos que afortunadamente solo causó heridos leves, entre ellos el corresponsal del diario “Región”, mientras el Alcalde, consciente de la relevancia que nacional que podían tener aquellos hechos, se trasladó hasta Oviedo para informar personalmente al gobernador civil.
Los sacerdotes fueron puestos en libertad a la mañana siguiente, mientras la prensa publicaba lo que había sucedido y, dándose cuenta de que los diarios nacionales solicitaban más datos, los periodistas fueron a entrevistarse con Celso Fernández. El Alcalde no tuvo reparos en explicar que el día del entierro había procurado evitar la detención hablando antes con el párroco para rogarle que desistiese de encabezar el cortejo fúnebre por la vía pública, pero que este en vez de acceder se empeñó en burlarse de sus órdenes, por lo que se vio obligado a proceder con autoridad. Además, ante la insistencia de diferentes periódicos, decidió elaborar un comunicado oficial exponiendo los hechos con detalle.
Según su escrito, desde hacía una temporada ya existía un malestar entre los republicanos y socialistas de la villa por la insistencia del clero parroquial en acudir revestidos y con la cruz alzada a los entierros, infringiendo así el artículo 27 de la Constitución que prescribía la observancia de cualquier culto religioso. La situación había forzado incluso al debate en el seno de la Corporación langreana y para dar satisfacción a los anhelos populares y cumplir con el precepto constitucional se envió un oficio a todos los párrocos del Concejo recordándoles la ley y advirtiéndoles de que a tenor de lo dispuesto se abstuviesen de concurrir revestidos a los entierros a su paso por la vía pública, sin perjuicio de recibir a las comitivas en el cementerio y celebrar en su interior los ritos que estimasen oportunos.
En un principio no hubo ninguna contestación y la orden se cumplió sin problemas, pero con motivo del fallecimiento de aquel queridísimo vecino el párroco de Sama anunció su intención de presidir el sepelio con sus ornamentos y acompañado por una cruz procesional por las calles de la población. De nada sirvió que los propios familiares del muerto le pidiesen acatar lo dispuesto por la ley para evitar posibles incidentes, ya que el sacerdote les expresó que por encima de tales órdenes, el clero acudiría revestido, arrostrando todas las consecuencias.
Aclaraba el Alcalde que aquel sacerdote se venía pronunciando frecuentemente desde el púlpito y fuera de él contra el régimen republicano y que su actitud en este caso había sido de provocación y desprecio ya que no conforme con encabezar el cortejo por las calles, fue celebrando varios responsos de larga duración por la vía pública, y que una vez detenido junto a sus dos compañeros, los tres se resistieron a ser recluidos incitando a sus partidarios para que lo impidiesen, causando la reacción de respuesta de los republicano-socialistas y el consiguiente enfrentamiento entre los ciudadanos..
La nota de la alcaldía concluía con una severa crítica al párroco de Sama, quien además de pretender saltarse las normas a la torera mentía intentado convencer a sus feligreses de que la tarde del entierro el gobernador había desautorizado al Alcalde concediendo el permiso para que el clero pudiese asistir al sepelio, aumentando con esta falsedad la tensión del momento. Desde aquel día, el caso de Langreo se conoció por toda España y otras localidades siguieron su ejemplo, que al fin y al cabo no era otra cosa que la aplicación estricta de la ley.
Celso Fernández García, el alcalde que tomó la decisión de aplicar su autoridad, había llegado al consistorio el 18 de abril de 1931; fue un hombre de clase media, comerciante y militante de Izquierda Republicana, con buena fama entre los vecinos por su talante moderado y permaneció en el cargo hasta que fue cesado tras la revolución de octubre de 1934.
Posteriormente, en abril de 1936 salió elegido dentro de la candidatura del Frente Popular en Asturias entre los compromisarios que se encargaron junto con los diputados de nombrar al presidente de la República española. Se trataba de un sistema de método indirecto por el que una asamblea mixta compuesta por los diputados a Cortes y un número igual de compromisarios votados con este fin tomaba la decisión. En esta ocasión se reunió el 10 de mayo para designar por gran mayoría al único candidato, don Manuel Azaña, quien había sido hasta entonces presidente del Consejo de Ministros.
El 22 de octubre de 1937 se llevaron a Celso Fernández sin dejar que se despidiese de su familia. En un juicio rápido varios testigos lo acusaron de ser el culpable de que tres sacerdotes hubiesen pasado una noche en el calabozo y por ello fue fusilado el 6 de enero de 1938 cuando contaba 50 años. No quiero pensar en que su muerte fuese un regalo de Reyes para alguien.
Ernesto Burgos. Historiador