Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

El Velo de la discordia

El problema planteado por el uso del hiyab en la escuela por parte de niñas musulmanas, es una cuestión que nos ha llegado (como tantas otras cosas) con una década de retraso con relación a los países de nuestro entorno. Sin embargo, eso no quiere decir que aquellos países, que ya llevan tiempo lidiando con la cuestión, hayan llegado a una solución satisfactoria y, mucho menos, definitiva. Antes bien, considero que se trata de un problema que no ha hecho más que comenzar y que va a resultar de muy difícil solución, ya que va inseparablemente unido a un proceso de globalización económica y social imparable. Se trata de saber si seremos capaces de compatibilizar distintos modos y usos culturales que, inevitablemente, van a tener que convivir en espacios cada vez más reducidos. A mi modo de ver, esta es la cuestión básica que hay que dilucidar en el asunto del hiyab. Pero hay que hacerlo planteando el problema en su justa medida y sin dejarse llevar por extremismos ridículos y cegadores. Por eso, creo que se equivocan tanto aquellos alarmistas que identifican el pañuelo con la ablación del clítoris, como esos otros ingenuos que consideran que la imposición de que la mujer lleve la cabeza cubierta por un velo es una costumbre cultural inocua y respetable.

Empezando por estos últimos, diré que cada día me siento más alejado de esa flácida y endeble concepción de tolerancia que justifica cualquier uso social o cultural por el hecho de estar avalado por una comunidad determinada. Hay algunas prácticas que son absolutamente intolerables y que deben ser sancionadas y castigadas por el código penal. En estos casos, la discusión no tiene ningún sentido: la mutilación genital, los sacrificios humanos, las ejecuciones públicas… están tipificadas como delitos, y haremos muy bien en ser absolutamente intolerantes con aquellos que los cometan, por mucho que su cultura de origen los permitiera. Sin embargo, en el otro extremo, es imprescindible no confundir aquellos usos culturales delictivos, con otros que pueden no estar en sintonía con los nuestros y resultarnos muy extraños, pero que no suponen delito alguno. Si no hacemos esta distinción, corremos el peligro de criminalizar las diferencias y peculiaridades. Y, una vez que se empieza por ese camino, es muy difícil parar hasta no conseguir la homogeneización cultural absoluta. Algo que tampoco es deseable.

El caso de San Lorenzo del Escorial presenta unas peculiaridades que lo hacen un poco más complicado si cabe, porque allí no se estaba decidiendo si una niña tiene derecho o no a llevar el hiyab por la calle o en su casa, sino en el colegio que, para mayor complejidad, era un colegio privado religioso pero subvencionado con dinero público. Se mezclan, en este caso, demasiadas cuestiones como para intentar una solución simple, por eso debemos ir por partes para intentar formarnos una opinión lo más ajustada posible:

En primer lugar, nos encontramos con el hecho material de llevar un velo. Sobre esta cuestión, si la chica que lo lleva lo hace por propia voluntad, para mí estaría zanjada la cuestión: nadie puede inmiscuirse en las decisiones de un individuo siempre y cuando no sean contrarias a la legalidad vigente. Y es obvio que resultaría absurdo, ridículo, además de extenuante, legislar sobre las indumentarias personales. Salvo que quisiéramos imponer una monótona uniformidad. En este ámbito de decisión, la pauta la marcan, por una parte, el individuo que elige libremente y las modas y usos sociales que evolucionan a velocidad de vértigo. Recuerdo que hace dos años, una serie de televisión puso de moda entre las chicas el uso de un pañuelo triangular que cubría su pelo. Por cierto, en aquel momento nadie se alarmó pensando que llevar cubierta la cabeza fuera a mermar los derechos individuales de nuestras jóvenes. Hoy ha dejado de usarse.

Otro tema bien distinto es que una empresa o una institución determinadas exijan una indumentaria precisa o prohíban algunos elementos del atuendo. Algo a lo que están perfectamente legitimados, si atendemos a la distinción kantiana entre el uso público y el uso privado de la libertad. Haciendo uso público de tu libertad, tú puedes vestir como quieras. Pero, si haces un uso privado de tu libertad para entrar a trabajar en este banco, en estos grandes almacenes, o a estudiar en este colegio… entonces tendrás que atenerte a las normas que allí se impongan. Y la razón es bien sencilla: nadie te ha obligado a trabajar o estudiar allí, ha sido una decisión libre por tu parte. En este sentido, no hay nada que objetar, como no sea que alguna de esas exigencias implique cometer un delito. Por eso los colegios privados estarían legitimados para exigir un uniforme y prohibir elementos ajenos al mismo como sería el caso del pañuelo en cuestión.

Pero resulta que, en España, la educación es obligatoria hasta los 16 años, y por lo tanto, no es posible elegir. Esta obligatoriedad de la enseñanza, hace que se convierta en un ámbito público y no privado. Y todo ámbito público de decisión exige que se den unas condiciones para que todos los individuos puedan acceder a él sin distinción de sexo, raza, religión… Si existiera alguna restricción en este sentido, ya no estaríamos hablando de un ámbito público. En el caso que nos ocupa, supondría la existencia de una escuela pública y laica que pudiera acoger a todos los ciudadanos por igual. Por eso, creo yo, que no se puede exigir en una escuela pública que una chica se quite el velo, de la misma manera que no se le puede obligar a llevar faldas de cuadritos o jersey de cuello de pico.

En el caso del colegio en cuestión, se da la circunstancia de que, aún siendo privado, sin embargo, recibe subvenciones públicas, lo que ha creado una situación anómala y compleja. Si fuera un colegio enteramente privado, podría exigir a su alumnado las condiciones que quisiera, pero, como está cumpliendo funciones públicas (como es la escolarización obligatoria de ciudadanos de cualquier condición) y recibe dinero público por ello, entonces tiene que comportarse como un colegio público. Por cierto, tal vez este asunto ayude a plantear seriamente la participación de los colegios privados concertados en la escolarización de los niños inmigrantes y de minorías marginales, algo en lo que, curiosamente, no destacan. Si ejercen una función pública, que lo hagan con todas las consecuencias, y si no, que renuncien a la financiación del Estado.

También puede servir este tema para plantear, y exigir de una vez por todas la auténtica naturaleza laica de la escuela pública en España. ¿O tendremos que pillarnos aún más los dedos para ver la magnitud del problema? Porque ¿qué hubiera ocurrido si el padre de la niña hubiera exigido que su hija diera gimnasia por razones religiosas, o que no le expliquen la teoría de la evolución en ciencias, o el materialismo dialéctico en filosofía…? Esta sí que es otra cuestión bien distinta y frente a la que la escuela pública y laica tiene que pertrecharse de argumentos muy sólidos y convicciones muy claras, salvo que queramos exponernos a una regresión sin límites en los valores conseguidos por nuestra cultura occidental. Este es el auténtico problema y no el famoso velo de la discordia. Yo sinceramente, prefiero que la chica asista con su velo a una escuela pública y laica a que abandone los estudios por exigencia de sus padres, aunque con la cabeza despejada.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share