Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

El TSJ respalda la decisión del Consejo Escolar del Macías Picavea sobre la presencia de símbolos religiosos

Considera que el Consejo Escolar de este centro (al que se limita exclusivamente el asunto juzgado) es competente para decidir la retirada de símbolos religiosos…

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Junta de Castilla y León contra la sentencia dictada el pasado 27 de febrero por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valladolid sobre la presencia de crucifijos en el colegio público Macías Picavea. Este juzgado admitió entonces, también parcialmente, un recurso de la Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid y anuló una resolución de la Dirección Provincial de Educación en la que ésta se declaraba incompetente para ordenar la retirada de los crucifijos, competencia que trasladaba al Consejo Escolar.

Ahora, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ revoca esa sentencia, y declara «la conformidad parcial a derecho» de la decisión de la Dirección Provincial de Educación, al tiempo que considera que el Consejo Escolar de este centro (al que se limita exclusivamente el asunto juzgado) es competente para decidir la retirada de símbolos religiosos, aunque tampoco sea una «competencia exclusiva».

Competencias

No obstante la sentencia, que ha sido redactada por el magistrado ponente Francisco Javier Zataraín, también sostiene que «no resulta adecuado a derecho la negativa de la Delegación Territorial de la Junta (que rechazó un recurso de alzada presentado por Escuela Laica) a revisar lo resuelto por la Dirección Provincial de Educación», lo que considera una «abdicación de sus competencias». Es decir, reconoce la autonomía de los centros, pero añade que la administración educativa es responsable de revisar las decisiones de los Consejos Escolares. Además, sostiene que la decisión del Consejo Escolar del Macías Picavea «no fue impugnada en tiempo y forma», por lo que es un acto administrativo «firme».

El TSJ también señala que, dado que Escuela Laica no recurrió la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1, «ha quedado fuera del debate la cuestión, todavía abierta, de si la existencia de cualquier símbolo religioso en un colegio público vulnera los artículos 16 y 27 de la Constitución». Este pleito se remonta a septiembre del 2005, cuando Fernando Pastor, padre de un alumno del Macías Picavea y miembro de Escuela Laica, pidió que se retirasen los crucifijos y símbolos religiosos del centro. En octubre de aquel año, el Consejo Escolar decidió por mayoría, en votación secreta, mantener los crucifijos.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share