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El Supremo obliga al pago de los sexenios a los profesores de Religión

 El Tribunal Supremo acaba de firmar una sentencia firme en la que da la razón a tres profesores de Religión de la red pública asturiana y les concede el derecho a cobrar sexenios (los pluses derivados de la formación).

El sindicato ANPE, promotor desde hace cinco años de las reclamaciones administrativas ante la Consejería de Educación y las posteriores demandas judiciales, aseguró tras conocer la decisión del alto tribunal que se abre definitivamente la puerta a la «equiparación retributiva de este complemento con el resto del profesorado», incluido el de carácter interino.

La historia judicial es larga y tuvo vaivenes. Las reclamaciones administrativas se remontan a 2010. En el año 2013 un juzgado de Oviedo y otro de Gijón dieron la razón a los profesores, pero el Principado optó por recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que revocó las sentencias anteriores, dejando a los profesores sin el derecho a percibir las cantidades que los jueces locales habían fijado.

ANPE siempre argumentó que los profesores de Religión, que es personal laboral, había sido incluido en el acuerdo de retribuciones de los funcionarios públicos y, por tanto, tenían derecho a los sexenios.

«La Administración no ha mostrado voluntad alguna de equiparar al profesorado de Religión, manifestando que sólo procedería a hacerlo cuando se produjeran 100 sentencias condenatorias», recordaba ayer el sindicato reclamante, que pidió a Educación que acate las sentencias y obre en consecuencia con los demás profesores en litigio.

«Esta sentencia -sostienen los responsables de ANPE- viene a corregir la actuación vergonzante de la Administración que, como antes con el personal interino (con los sexenios y ahora con el Plan de Evaluación), establece categorías de trabajadores en función de su vínculo laboral y no de la función que desempeñan, con contumaz inobservancia de la ley en la Unión Europea».

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