El fallo confirma la expulsión de un juez que se negó a celebrar un juicio en presencia de un crucifijo
Al juez Tosti se le llegó a asignar un aula sin crucifijo para mantener las audiencias, pero siempre rechazó trabajar porque contestaba la presencia del símbolo de la cristiandad en las aulas de justicia de Italia. Como alternativa, el magistrado Tosti pedía exponer también junto al crucifijo la menorá, candelabro de siete brazos, uno de los símbolos más antiguos del judaísmo.
El Tribunal Supremo subraya que para exponer en los edificios públicos, entre ellos en las aulas de justicia, símbolos religiosos diversos del crucifijo «es necesaria una elección del legislador, que por ahora no existe»; es decir, es necesaria otra ley para permitir la exposición conjunta de diversos símbolos religiosos, pero en este caso el legislador debe tener en cuenta el riesgo de «posibles conflictos» que podrían surgir con tal exposición.
No es un peligro
El juez Luigi Tosti defendía que el crucifijo representaba una amenaza para la libertad religiosa. En su opinión, ese símbolo religioso violaba los derechos de libertad religiosa y de conciencia de las personas que utilizaban o visitaban las aulas de justicia. De ahí que Tosti pidiera la eliminación del crucifijo en todos los tribunales italianos y rechazara tener audiencias en la sala que se le había ofrecido sin ningún símbolo religioso. Pero el Tribunal Supremo es claro al señalar que la exposición del crucifijo en las aulas de los tribunales, y en los edificios públicos, no puede ser vivida como un peligro para la libertad religiosa de quien no es cristiano.
La línea defensiva del juez Tosti se centraba sobre la laicidad del Estado. Pretendía demostrar que su «batalla» la hacía en nombre de esa necesaria laicidad. Pero el Tribunal Supremo ha rechazado su tesis, al recordar que «la laicidad es el principio supremo de nuestra normativa constitucional» y no se ve amenazada por la presencia del crucifijo. La máxima autoridad judicial italiana ha explicado además que la defensa de la libertad religiosa y de conciencia es un principio que sirve para toda la población y no a un solo ciudadano. Por ello, el alto tribunal responde a Luigi Tosti que, al asignarle una aula sin crucifijo, no debió rechazar la celebración de procesos por la presencia en otras aulas de ese símbolo religioso, ya que causó un perjuicio a los ciudadanos, estando, por tanto, justificada su expulsión de la Magistratura.
Máxima expectación
La sentencia del Tribunal Supremo italiano llega en un momento clave: en vísperas del veredicto del Tribunal europeo de los Derechos Humanos de Estrasburgo, que de forma inapelable se pronunciará el próximo viernes sobre la legitimidad de la presencia del crucifijo en las escuelas italianas. El caso fue presentado por Soile Lautsi, ciudadana italiana de origen finlandés, que en el 2002 había pedido al instituto frecuentado por sus dos hijos que retiraran los crucifijos de las aulas. Los tribunales italianos no le dieron razón, pero sí el Tribunal de Estrasburgo, que en noviembre pasado sentenció: La presencia del crucifijo en las escuelas constituye «una violación de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones» y una violación a la «libertad religiosa de los alumnos».
El gobierno italiano recurrió la sentencia, por estimar se eliminaba un valor, un símbolo de la tradición, mientras el Vaticano la consideró «equivocada y miope».
La decisión del Tribunal de Estrasburgo del próximo viernes es esperada con la máxima expectación por parte de la Iglesia, mientras en Italia se acogía la sentencia del Tribunal Supremo con enorme satisfacción, tanto en la mayoría gubernamental como en la oposición, con alguna excepción como la de los radicales.