Uno de los centros de la Obra donde se produjeron los abusos
La Obra justifica la ínfima condena señalando que “de acuerdo con la ley de la Iglesia, al no ser un clérigo no correspondía la intervención de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Por otro lado, considerando las normas civiles y las canónicas penales aplicables a un laico, los delitos han prescrito por el paso del tiempo”
El Opus invita “a rezar especialmente por la persona afectada y, con actitud de piedad cristiana, por el sr. Bueno Montoya (el abusador, de nacionalidad española), de salud clínica y psicológica frágil y delicada, para que el Señor le tenga misericordia”
Una admonición formal. Esta es la ‘condena’ que el prelado del Opus Dei, Fernando Ocáriz, ha impuesto al numerario Juan Pablo Bueno Montoya, encontrado culpable de “tocamientos inapropiados” a un joven menor de edad en un Centro del Opus Dei (del que era director) en Montevideo en 1984, y “una situación de acoso sexual” al mismo joven cinco años después.
En una nota enviada por la Oficina de Prensa de la Obra en Uruguay, el Opus informa “con dolor y tristeza” de los hechos, así como de la inculpación de un sacerdote, Enrique Doval, a quien el joven comunicó los hechos y que “lo interpretó como una grave imprudencia, pero no como un delito, por lo que invitó a la víctima a la discreción y amonestó al acusado, pero no promovió otras medidas”. El clérigo también ha sido amonestado, pero no expulsado de la congregación.
La investigación comenzó hace ahora un año, tras la denuncia en el Arzobispado de Montevideo. “Al leer formalmente la denuncia, el señor Bueno Montoya -desde 1984 residente en Argentina- aceptó su culpa y declaró estar muy avergonzado por su acción, dando pruebas de arrepentimiento al manifestar su voluntad de pedir perdón a la víctima -algo que hasta ese momento había evitado por temor a causar mayor daño- y a reparar en lo que fuera posible”, se lee en el comunicado del Opus.
No es clérigo y los delitos han prescrito
La nota justifica la ínfima condena señalando que “de acuerdo con la ley de la Iglesia, al no ser un clérigo no correspondía la intervención de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Por otro lado, considerando las normas civiles y las canónicas penales aplicables a un laico, los delitos han prescrito por el paso del tiempo”.
¿Qué ha hecho la Obra con el abusador?
El Opus lo resume en seis puntos:
- se le haga una admonición formal;
- que cuando el denunciante lo considere oportuno, le pida formal y sinceramente perdón (cosa que hizo mediante una carta personal);
- se le prohíba participar en actividades formativas con menores de 30 años;
- no podrá volver a ejercer ninguna tarea de dirección ni formativa en la Prelatura;
- deberá residir en casas donde no pueda tener trato con personas jóvenes;
- se le aconseje llevar una vida de oración y penitencia, implorando a Dios la misericordia.
En cuanto al denunciante, la Obra se compromete a ofrecerle “acompañamiento pastoral y se cubran los gastos económicos de la ayuda terapéutica profesional”.
Finalmente, el prelado ordenó que el sacerdote encubridor “reciba una amonestación formal por su omisión en la debida atención pastoral a la persona afectada a partir de la comunicación del suceso de 1989″.
La nota culmina invitando “a rezar especialmente por la persona afectada y, con actitud de piedad cristiana, por el sr. Bueno Montoya (el abusador), de salud clínica y psicológica frágil y delicada, para que el Señor le tenga misericordia”.