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El laicismo de la exclusión religiosa sufre una fuerte derrota

Versión de los círculos católicos sobre la sentencia del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional ha avalado que se puede despedir a aquellos profesores de cultura religiosa confesional católica que en su vida social no acrediten un comportamiento coherente con lo que enseñan.

En este caso, el Tribunal trataba el despido de una profesora que vivía en pareja con un hombre que no era su marido.

La ponente de la sentencia ha sido la propia Presidenta del Constitucional, María Emilia Casas, y esto, además, le confiere una acento especial, porque no forma parte del grupo conservador y la propuesta tiene el valor de venir de la mano de quien preside el alto organismo.

Pero, creo que más importante que la sentencia son las razones que la avalan: el TC afirma que la enseñanza religiosa confesional va más allá de la transmisión de unos determinados conocimientos, y considera necesario que los docentes que la imparten se caractericen por ser testimonio de vida cristiana.

Todavía subraya más esta particular dimensión: este puesto de trabajo no puede ser considerado como el de una “empresa al uso”.

También reafirma la sentencia del TC que la elección de los profesores de religión se ha de efectuar entre los declarados idóneos por la Iglesia. Por consiguiente, el Tribunal considera constitucional que la adopción de decisiones sobre los maestros que imparten esta asignatura se guíe por criterios de idoneidad religiosa.

Además de las consecuencias prácticas, esta sentencia viene a confirmar una vez más que el carácter aconfesional y, en este sentido laico, que la Constitución establece para el estado español implica un reconocimiento positivo y público del hecho religioso y de la colaboración del Estado con las confesiones religiosas. En definitiva, sanciona el carácter positivo de la religión en su dimensión pública, social.

>Esta sentencia debería poner fin a las disquisiciones no fundamentadas por las que se pretende imponer el laicismo de la exclusión religiosa, porque vulneran los fundamentos de nuestra Constitución, y debería dar pie por parte del Gobierno a un trato de esta manifestación social y, sobre todo, de la clase de religión mucho más acorde con el sentido que establece la sentencia.

El laicismo de la exclusión religiosa ha sufrido una dura derrota legal.

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