El Juzgado de lo Social 1 de Almería ha instado de nuevo al Obispado de Almería, al Ministerio de Educación y a la Junta de Andalucía a reponer en su puesto de trabajo a la profesora de Religión Resurrección Galera, despedida en el curso escolar 2001-2002 tras contraer matrimonio civil con un hombre divorciado, y ha dado un plazo de cinco días para que ambos den cumplimiento a lo recogido en el auto que dictó en el mes de febrero dando tres días para que se cumpliese la sentencia del Tribunal Supremo (TS).
En el nuevo auto, de 14 de septiembre y consultado por Europa Press, la juez Otilia Fornieles reitera que no concurren las causas de imposibilidad que alegaron los demandados y emplaza al artículo 283.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que establece que, en caso de incumplimiento de la sentencia de readmisión por parte del empresario, «se ordenará reponer al trabajador a su puesto de trabajo dentro de los días siguientes a la fecha de dicha sentencia, apercibiendo al empresario de que, de no proceder a la reposición o no hacerlo en la debida forma, se adoptarán medidas contenidas en el artículo 284».
Seguir leyendo en Info Libre