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El juez admite a trámite la demanda de Ateístas de Puerto Rico por promoverse el cristianismo en las escuelas públicas

Una de cal y otra de arena para la organización Ateístas de Puerto Rico, así como para el Departamento de Educación (DE), luego de que el juez federal Jay García Gregory denegó desestimar varios reclamos y desestimó otros como parte de una demanda contra el gobierno por presuntamente promover el cristianismo en las escuelas públicas.

El recurso legal indica que entre el 14 al 17 de marzo de 2016 se efectuaron las actividades denominadas “De la calle a la escuela”, las cuales consistían en ceremonias religiosas.

La demanda señala que estas actividades fueron promovidas por el gobierno municipal de Arecibo y Educación. En las mismas participaron los cantantes de música cristiana y predicadores Héctor Delgado (antes conocido como “El Father”) y Julio “Voltio” Ramos y el alcalde arecibeño, Carlos Molina.

Entre sus reclamos, los demandantes alegan que se les violó su derecho a la Primera Enmienda de la Constitución estadounidense, luego de que se les negó la oportunidad de presentar a los estudiantes su visión ateísta, igual como se hace con la cristiana.

Los demandantes alegan que solicitaron al entonces director de la región educativa de Arecibo, Luis Rodríguez Ramos, que les diera la oportunidad de efectuar una actividad similar a la del ministerio de Delgado en la que se les enseñara a los estudiantes sobre el ateísmo, humanismo, superstición e historia de la religión, entre otros temas.

Alegan que los demandados nunca respondieron a su petición.

Sobre el particular, el juez consideró que el silencio del Departamento de Educación constituye una táctica para denegar la solicitud de los ateístas. “Esto es suficiente para establecer un caso vivo o una controversia, por lo que le da jurisdicción a la corte”, señala la orden.

No obstante, García Gregory desestimó con perjuicio la demanda en su capacidad personal y de potencial remedio económico contra el exsecretario de Educación, Rafael Román, y contra el exdirector Rodríguez Ramos.

De igual forma, el juez consideró que en este momento los demandados no tienen inmunidad cualificada.

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