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El Gobierno valenciano investiga si la Iglesia se adueñó de patrimonio público entre 1996 y 2015

La Conselleria de Transparencia solicita al Ministerio de Justicia la relación de bienes inmatriculados por las autoridades eclesiásticas en la Comunitat Valenciana para estudiar su legitimidad y la recuperación de su propiedad

La Generalitat Valenciana ha puesto la lupa en el patrimonio de la Iglesia. La Conselleria de Transparencia que dirige Rosa Pérez ha solicitado por carta a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública dependiente del Ministerio de Justicia la relación de los inmuebles u otras posesiones que se haya apropiado la Iglesia en la Comunitat Valenciana entre los años 1996 y 2015.

El objetivo de esta investigación es confirmar que todos esos bienes son legítimos o si en cambio puede haberse dado algún caso de apropiación de bienes cuya titularidad correspondería al patrimonio público, lo que equivaldría a un expolio.

Según reza la misiva, «el fenómeno de las inmatriculaciones de los bienes inmuebles ha supuesto el mayor expolio del patrimonio histórico del país por la Iglesia Católica, propiciado por el artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 que permitió a las autoridades eclesiásticas inscribir bienes a su nombre sin acreditar título de dominio alguno, mediante un procedimiento de auto-certificación».

El documento recuerda que «desde la promulgación de la Constitución de 1978 es del todo indefendible en el marco constitucional las modificaciones de los preceptos inspiradas en la redacción original de la Ley Hipotecaria de 8 de febrero de 1946 y que culminan en una modificación normativa de la Ley Hipotecaria y de su Reglamento operada por la Ley 13/1996 de 30 de diciembre y por el Real Decreto 1867/1998, de 29 de septiembre, la cuales difícilmente pudieron sostenerse en modo alguno a causa de su inconstitucionalidad».

Esta posibilidad de autocertificarse a los efectos de la inmatriculación facilitada por el Gobierno en 1996 no se impide hasta la aprobación de la Ley de 13/2015, de 24 de junio de Reforma de la Ley Hipotecaria, cuando queda circunscrita únicamente a las Administraciones Públicas y a las entidades de Derecho público la facultad de autocertificar la titularidad a su favor de las fincas e inmuebles.

«Por tanto, durante el período democrático entre 1996 y 2015 el patrimonio público de la Comunitat Valenciana ha podido verse afectado bajo preceptos presumiblemente inconstitucionales, privando a las valencianas y valencianos de su uso, y en su caso, de la rentabilidad patrimonial que pudiera derivarse en beneficio de las instituciones públicas valencianas», continúa la carta.

Por este motivo, «con el objeto de iniciar cuantas acciones considere el Consell para recuperar el patrimonio afectado es necesario que se nos remita el listado de inmatriculaciones efectuadas por la Iglesia Católica en el período comprendido entre los años 1996 y 2015».

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