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Comunicado de Andalucia Laica, por la Neutralidad Ideológica de los Colegios Electorales

Como ha ocurrido en el pasado, en muchas localidades andaluzas se han seleccionado parroquias, templos, seminarios, o colegios confesionales para hacer el papel de Colegios Electorales, manteniéndose en los mismos toda la simbología religiosa.

A repetidas instancias en pasados procesos electorales requiriendo la retirada de toda simbología confesional durante el proceso electoral, la Junta Electoral Central ha dictaminado en que los objetos y material que se encuentre en el local que ha sido elegido como Colegio Electoral, no hay por qué retirarlos. La misma respuesta hemos recibido al requerir que, entonces, no se elijan locales religiosos para la celebración de esta actividad.

La selección de estos locales religiosos para la votación del Referendum sobre el Proyecto de Estatuto para Andalucía, supone que ciudadanos de todo tipo de convicciones y creencias, debemos ejercer nuestro derecho al voto en locales pertenecientes a organizaciones cuyo objetivo principal o secundario es la promoción de una confesión concreta, en la mayoría de los casos la católica, y en presencia de los símbolos, cristos, cruces, santos, vírgenes, etc, que esta confesión utiliza para su adoctrinamiento.

Por otra parte, como es habitual en todo proceso electoral, la jerarquía de la Iglesia Católica se ha pronunciado en los medios de comunicación y en sus púlpitos, sobre cuestiones políticas relativas al Referendum, por lo que, como entidad de carácter ideológico, el uso de sus locales por parte del Estado puede considerarse como una valoración positiva por parte de éste de las tesis políticas que esta entidad religiosa propugna.

El tribunal constitucional ha dictaminado repetidas veces contra la parcialidad del Estado en materias de conciencia, pues la "laicidad del Estado español…veda cualquier tipo de confusión entre funciones religiosas y estatales" (STC 177/1996, de 11 de noviembre). Además, nuestro pais ha aprobado resoluciones internacionales como la "Declaración de la O.N.U. contra la discriminación fundadas en la religión o la convicciones" de 1981, que indica, entre otras cosas que "Todos los Estados adoptarán medidas eficaces para prevenir y eliminar toda discriminación por motivos de religión o convicciones en el reconocimiento, el ejercicio y el goce de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en todas las esferas de la vida civil, económica, política, social y cultural." En contra de todo esto la Junta Electoral Central refrenda el uso como local electoral, de locales cuyo uso y simbología es el de la promoción de una confesión particular.

A la vista de esta situación, Andalucía Laica ha decidido impugnar la selección de diversos colegios electorales concretos en distintas provincias andaluzas. Puesto que nos tememos que las respuestas de las Juntas Electorales Provinciales vuelvan a mostrar su desprecio por la neutralidad religiosa e ideológica del Estado, continuaremos con nuestra campaña por la eliminación de toda forma de discriminación por razón de religión o convicciones, recurriendo a los tribunales si es necesario.

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