COMPROMISO ELECTORAL POR UN ESTADO LAICO
– RESUMEN DE LAS 30 PROPUESTAS –
Europa Laica hace público, de nuevo, 30 propuestas, dirigida a los partidos políticos y coaliciones electorales que van a concurrir a las elecciones de 26 de junio de 2016
Europa Laica propondrá varias iniciativas legislativas urgentes a los Grupos políticos del Parlamento, salido de las urnas el 26 de junio de 2016
Los tres ejes principales de las medidas y propuestas, tienen como finalidad:
- Garantizar la libertad de conciencia individual y la independencia efectiva del Estado con respecto a cualquier confesión religiosa o ideología particular, asegurando -así- la neutralidad ideológica de las administraciones públicas.
- Eliminar cualquier tipo de privilegio o discriminación en el trato económico y fiscal para todas las entidades de carácter privado, sean religiosas o no, con el fin de asegurar el principio democrático de la igualdad de derechos ante la Ley y la separación de los ámbitos público y privado
- Asegurar una Educación pública y laica, como derecho universal, igual e integrador, dentro de un proyecto común de ciudadanía.
MEDIDAS LEGISLATIVAS
Con el fin de garantizar la independencia efectiva del Estado con respecto a cualquier confesión religiosa
1.- Modificación de los artículos 16 y 27 de la actual Constitución (Europa Laica dispone de una propuesta de texto articulado para estos artículos)
2.- Denuncia y anulación del Concordato de 1953 y de los Acuerdos concordatarios con la Santa Sede de 1976 y 1979, así como los Acuerdos otras confesiones
3.- Derogación de la actual Ley de Libertad Religiosa de 1980 y elaboración de una “Ley de Libertad de Conciencia” (Europa Laica dispone de una propuesta de texto articulado para esta Ley que puede verse en www.laicismo.org)
4.- Eliminar de la Ley de de Mecenazgo (49/2002), y de cualquier otra ley, normativa y ordenanza, los privilegios fiscales de la IC y otros (IBI, Impuesto sobre Obras y Construcciones, Sociedades, Transmisiones,…)
5.- Una vez ya modificada la Ley Hipotecaria desde junio de 2015 para que Iglesia católica ya NO pueda usurpar bienes, el Estado -vía legislativa- debe declarar nulas esa inmatriculaciones, para que se restituyan a su anterior estado registral y para ello se hará un balance de todo lo in-matriculado desde 1946, hasta junio de 2015.
6.- Eliminar de la Ley de Asociaciones (1/2002) cualquier condición de excepción para la Iglesis católica y otras confesiones. No privilegios a las religiones, deben de ser tratadas como cualquier otra asociación civil.
7.- Derogar los artículos 522 a 525 del Código Penal sobre los delitos de blasfemia y de ofensa a supuestos sentimientos religiosos o de cualquier otra convicción. También el 143, que garantiza la muerte digna (Ver punto 25)
8.- Suprimir el carácter público de la “Obra Pía de los Santos Lugares” y la “Obra Pía de los establecimientos en Italia“
MEDIDAS SOBRE CUESTIONES SIMBÓLICAS
Para garantizar la neutralidad ideológica de las administraciones públicas
9.- Ninguna autoridad pública podrá participar en actos de carácter confesional, en calidad de tal
10.- Eliminar cualquier tipo de simbología religiosa en los actos y edificios de titularidad pública
11.- Suprimir, con carácter retroactivo, cualquier honor civil a imágenes o símbolos religiosos
12.- Suprimir las ceremonias de carácter religioso en los actos de Estado
13.- Suprimir la presencia de las Fuerzas Armadas o de Seguridad en actos religiosos
14.- Adecuar los actos de Estado, protocolos y normativas a la no confesionalidad del Estado
15.- Eliminar las capillas de cualquier espacio de titularidad pública
16.- Suprimir el Arzobispado Castrense y los capellanes funcionarios en el ejército, hospitales y cárceles
17.- Suprimir la emisión de cultos de carácter religioso a través de los medios públicos de comunicación
MEDIDAS ECONÓMICAS Y DE FISCALIDAD
Ningún privilegio económico y fiscal para las entidades de carácter privado, sean religiosas o no
18.- Las confesiones religiosas se autofinanciaran. El Estado no las financiará ni directa (por ejemplo, la casilla del IRPF) ni indirectamente con beneficios fiscales (s/punto 4 anterior)
19.- Existirá un registro público anual del Patrimonio Histórico Artístico en poder de la IC
20.- Desamortización paulatina, para uso público, del Patrimonio de la IC de interés general
MEDIDAS DE IGUALDAD ANTE LA LEY
Principio democrático de la igualdad de derechos y separación de los ámbitos público y privado
21.- Las entidades de carácter religioso estarán sujetas al ordenamiento del derecho privado (s/punto 6 anterior)
22.- El Estado debe garantizar el derecho para ejercer la apostasía en cualquier confesión religiosa
23.- El Estado debe garantizar el derecho a la libertad de conciencia de los menores
24.- Los cementerios serán civiles
25.- Se debe garantizar la interrupción voluntaria del embarazo y el derecho a una muerte digna. (En este caso modificando también el artículo 143 del Código Penal – Ver punto 7)
MEDIDAS EN LA ENSEÑANZA
La Educación como derecho universal, igual e integrador dentro de un proyecto común de ciudadanía
26.- La enseñanza en la escuela debe ser universal, pública y laica
27.- La asignatura de religión, en su forma confesional, debe salir del currículo y del ámbito escolar
28.- El Estado no subvencionará centros educativos con ideario propio. Se suprimirán de forma paulatina los conciertos educativos
29.- Eliminar de la Escuela todo tipo de simbología religiosa, actos y proselitismo de cualquier naturaleza
30.- La Universidad debe ser laica, suprimiendo todas las connotaciones religiosas en su currículo y en su espacio público
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Texto completo: 30 medidas
Propuesta de Ley Orgánica de Libertad de Conciencia articulada