Les entregamos, en este acto, la quinta declaración: Por una sociedad laica, así como la relación de las organizaciones que la suscriben y, también, un documento en el que nuestra organización argumenta, desde un punto de vista de los derechos individuales, el actual presunto desencuentro existente entre nuestro ordenamiento jurídico y constitucional y el Acuerdo que sobre Enseñanza y Asuntos Culturales tiene suscrito el Estado español y la Santa Sede, que se cita en la disposición adicional segunda del proyecto de LOE.
Sugerimos, con todo respeto, a esta Cámara, (que tiene el deber de cuidar por la constitucionalidad de cualquier Tratado o Norma internacional), haga valer los artículos 94 y 95 de nuestra Constitución, en el caso de estos Acuerdos, que son causa de estos conflictos y que no se ajustan a la Constitución.
Pero más que entrar en asuntos jurídicos, a nuestra organización nos corresponde valorar, desde un punto de vista social y del estricto sentido común, la situación de desigualdad, de segregación y de vulneración de derechos fundamentales de las personas, que se viene produciendo en los centros educativos, desde hace muchas décadas, pero ciñéndonos a la etapa democrática, desde 1978. Y que en este caso, afecta a menores, agravándose el problema.
La presión política, mediática y social de la Jerarquía Católica y de sus organizaciones políticas y sociales satélites, aun pudiendo ser legítima (que no lo es), es asfixiante, injusta y, descaradamente, egoísta. Pues sólo responde a intereses de poder y económicos, con el fin de preservar los históricos privilegios que viene recibiendo por parte del Estado, desde hace siglos e, incluso, intentado conseguir, mayores concesiones.
Como ha ocurrido en Cataluña, durante el debate del proyecto de Estatut y está ocurriendo, durante estos meses, en el conjunto del Estado, con las manifestaciones convocadas y la presión mediática, infundada, que están ejerciendo y como ya pasara durante el debate constitucional y cuando se han ido elaborando las diferentes leyes educativas y de otro ámbito, que no fueran de su conveniencia.
No es esta la ocasión de entrar a valorar otras cuestiones que afectan a las relaciones Iglesia católica – Estado español y que tienen que ver con los privilegios en materia de fiscalidad, en la financiación, permitiendo la opacidad asociativa, sobre los derechos civiles e individuales, etc. que estamos convencidos de su presunta inconstitucionalidad, ya que aquí nos trae el exponer nuestra opinión sobre temas educativos y, en especial, la cuestión de la asignatura de las religiones en las escuelas.
En un estado de derecho y democrático no deben de existir privilegios de unos sectores, en perjuicio de otros, como ocurre con la cuestión religiosa en las escuelas: Que los derechos de unos, castigan a otros.
El proyecto de LOE despacha el tema, en la disposición adicional segunda, que sus señorías conocen muy bien, remitiéndose en el apartado 1, a los Acuerdos con la Santa Sede y con otras confesiones religiosas, para luego dedicar los otros dos apartados a condiciones profesionales y laborales del profesorado de religiones.
Aquí, ya, aparece une presunta vulneración de la Constitución española, ya que el artículo 27.3, garantiza el derecho a los padres para que sus hijos e hijas reciban una formación religiosa y moral, de acuerdo con sus propias convicciones.
No establece la Constitución diferencias: Cualquier padre o madre, según sus convicciones:
¿Qué pasa con los ateos, agnósticos, deístas indiferentes, etc.?
¿O es que estas personas no tienen moral reconocida por los poderes públicos?
Con este redactado, cabe la posibilidad jurídica de que cualquier grupo filosófico pueda utilizar la escuela para hacer proselitismo de sus ideas, por ejemplo tienen el derecho a ser formados en el humanismo ateo, como ocurre en algún otro Estado.
No es ésta, la idea que tenemos del laicismo y de una escuela laica
Nuestra asociación, Europa Laica, implantada en el conjunto del Estado, trata de impulsar el laicismo y la libertad de conciencia y pensamiento de cada persona, como garantía de equidad, libertad y democracia.
Ideal laico, que como sus señorías saben, no es un valor antirreligioso, ni responde a un ateísmo o agnosticismo implícito o explicito. El laicismo responde al derecho que tiene toda persona a no ser violentado o discriminado, en función de las ideas que cada persona sostenga. Es un derecho individual para poder ejercer la libertad de pensamiento y de conciencia. Para ello se tiene que producir la separación entre el Estado y las confesiones religiosas,
Que con lo que establece el actual Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede, no se produce, de ahí su presunta inconstitucionalidad.
¿Cómo una confesión religiosa y un Estado extranjero puede intervenir, imperativamente, en asuntos tan importantes como es el proyecto Educativo de un estado soberano?
Y es que, señorías, en España, como en tantos otros lugares del mundo, se trata de confundir, interesadamente, libertad de conciencia y de pensamiento, con libertad religiosa y eso es un grave error que se comete con la Ley de Libertad Religiosa de 1980, que nuestra organización rechaza y exige su derogación, para establecer una legislación laica.
Otra de los temas que nos preocupan del proyecto de LOE, es la tendencia a equiparar la red pública, con la red privada concertada, que es mayoritariamente de ideario católico y, en donde, sistemáticamente, se vulneran la libertad de pensamiento y de conciencia y, por supuesto, la libertad religiosa (*). Nos preocupa por esto y porque a la red pública, que se encuentra ubicada en cualquier barrio, en todas las zonas rurales del estado, se le priva de recursos que, cada vez más, se derivan hacia una red privada de ideario confesional católico, en detrimento de la escuela pública, que debería de ser la red básica y prioritaria del Estado, que tiene como función, esencial, la equidad y la compensación de las desigualdades.
(*) Por ejemplo, en la actualidad, en los acuerdos del Estado español con la Comisión Islámica de España no se acepta la formación religiosa islámica en los privados concertados católicos (leer art. 10.1 de este Acuerdo), por entrar en contradicción con el carácter propio del centro.
No vamos a extendernos en la cantinela de la libertad de elección de centros, porque representa un proyecto político que fomenta la desigualdad social, respalda una ideología excluyente y de intereses empresariales de la educación.
Señorías, el proyecto de LOE, nos propone en su disposición adicional segunda, más de lo mismo, es decir lo que existe ahora en los centros docentes no universitarios. Es decir, que a las familias se les impone y exige, a través de documento público la elección de religión, si o no. Con este acto se vulnera el artículo 16.2 de la Constitución española.
En función de las solicitudes se organizan las clases en los centros educativos. Sin embargo, lo que tendría que ocurrir es, que los centros se organizaran, en función de las familias que, expresamente, solicitaran religión.
Una vez concluido este trámite administrativo, a los niños y niñas, cuyas familias (o ellos mismos, según la edad) no desean asistir a clases de religión. Se les impone una alternativa, que no puede tener contenido, porque, según diversas sentencias del Tribunal Supremo, no se puede discriminar a los alumnos y alumnas que asisten a clases de religión.
En esta situación, se vulneran diversos derechos individuales de alumnos y alumnas:
- Se segrega a todo el alumnado, desde tempranas edades, en función de la ideología o creencias de sus familias. Que, además, genera una estigmatización social en el ámbito escolar de un alumnado en referencia al otro alumnado, en función de esas creencias o ideología.
- En segundo lugar, se obliga a unos alumnos a hacer cosas nimias o a estar, sin más, o, incluso, a participar de una alternativa… con el fin de que otros ejerzan un derecho. Cuestión totalmente injustificable.
- En tercer lugar, se están derivando muchos recursos humanos (profesores de diferentes áreas) como meros “cuidadores – comparsa” en una situación en la que los medios no abundan, cuando se tendrían que dedicar a funciones más rentables, desde un punto de vista educativo.
El Decreto 2438/1994, que ahora regula la enseñanza de la Religión católica y desarrolla el Acuerdo de 1979, conduce a los docentes, a los padres y a los alumnos a la situación más penosa: la toma como rehenes de los niños que no siguen las clases de Religión católica, situación que continúa no resuelta a causa de la invasión del horario lectivo de todo el alumnado por una organización privada como es la Iglesia Católica.
El procedimiento seguido por el Estado español, a través del Acuerdo sobre Enseñanza de 1979 y la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980, deja a los profesores, a los alumnos y a los padres completamente desamparados a la hora de proteger su libertad de conciencia. La doctrina religiosa católica se impone a toda la comunidad educativa en el Artículo 1 de dicho Acuerdo de 1979: "En todo caso, la educación que se imparta en los Centros docentes públicos será respetuosa con los valores de la ética cristiana."
En cuanto al pago delegado al profesorado de religión, por parte de la administración, que ya existe y se vuelve a proponer en el proyecto de LOE, nos parece que genera una relación contractual que no se ajusta al derecho laboral y de la función pública, que hipoteca, en el presente y en un futuro, al Estado, como ya está ocurriendo con diversas sentencias judiciales. Lo que nos puede conducir a pensar en una presunta e hipotética prevaricación de los poderes públicos.
Es evidente que la sociedad española está cambiando, la secularización social avanza, los ciudadanos y ciudadanas españoles entienden que no existe ningún conflicto religioso. Una inmensa mayoría (entre los creyentes y no creyentes) apuestan porque la religión salga del currículo obligatorio. Desean que el hecho religioso, su historia, influencia social y política, su filosofía, así como otros planteamientos no religiosos, sean analizados y estudiados en el ámbito de los centros educativos, por parte del conjunto el alumnado, sin segregación y dentro de las diversas áreas que existen en el currículo.
Conclusión: Por todo ello declaramos, ante esta Comisión, que con el texto de este proyecto de Ley, se establece, una vez más, una falta total de adecuación constitucional, al régimen de enseñanzas religiosas en los centros educativos, ya que se lesionan los derechos de cada alumno y alumna, en cuanto a su libertad de pensamiento y de conciencia, en cuanto a la igualdad de derechos y en cuanto a la no discriminación entre el alumnado y de las familias a la hora de elegir la formación religiosa y moral que esté más de acuerdo con sus propias convicciones, así como una vulneración del principio de laicidad del Estado, que se concreta en la neutralidad y separación con las Iglesias, para garantizar los derechos de todos, en el ámbito de una sociedad democrática.
Se cumplirían los derechos de todas las familias y de todo el alumnado, si el derecho a la formación, en las diferentes religiones (y, en su caso, convicciones morales), que los padres o alumnos demanden, expresamente, se hiciera fuera del currículo escolar para todos. Es decir si se imparte fuera del horario lectivo obligatorio. Y si esta formación la desarrollan las distintas confesiones, haciéndose cargo de la toda relación contractual con sus formadores o profesores, en el marco de las leyes laborales.
Hacemos un llamamiento a todas sus señorías, en especial a quienes han sido elegidos por los ciudadanos, en base a una ideología laica, para que cierren este tema de una vez por todas, con espíritu constitucional y en base a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a la Declaración de la Convención Internacional de los Derechos de la Infancia y que no admitan presiones de la jerarquía católica.
Solicitamos, pues, la derogación de los acuerdos con el Vaticano y que la religión salga del currículo escolar, para avanzar hacia una enseñanza científica y humanista, alejada de los dogmas de fe, que propicie una educación en valores democráticos, de equidad y de ciudadanía. Es decir una escuela laica, que es lo mismo que inclusiva. Gracias, por habernos recibido y escuchado.