Descargo de responsabilidad
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El Observatorio recoge toda la documentación que detecta relacionada con el laicismo, independientemente de la posición o puntos de vista que refleje. Es parte de nuestra labor observar todos los debates y lo que se defiende por las diferentes partes que intervengan en los mismos.
Al parecer esta semana se discutirá en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un conflicto nacido en Yucatán, donde se polemiza la existencia de los tradicionales Nacimientos Navideños en los espacios públicos.
Los quejosos afirman que las autoridades civiles violentan la neutralidad del Estado laico al participar de esta tradición centenaria, al promoverla como atractivo turístico y al fomentar las actividades de cohesión social cuyos símbolos son comunes a la historia, fundación y cultura del pueblo yucateco.
Miguel Fernando Anguas Rosado, director jurídico y cofundador de Kanan Derechos Humanos (la organización que interpuso los tres litigios contra los Nacimientos de los ayuntamientos de Mérida, Chocholá y Mocochá), argumenta que las personas con una específica creencia tienen derecho a vivir en un sitio donde el espacio público no contenga símbolos propios de ninguna otra creencia. Considera que las autoridades deben evitar que con la cultura del pueblo “impongan” cultura en el pueblo.
Quienes están a favor de que la ley prohíba la expresión de tradiciones populares de origen religioso en los espacios públicos argumentan que la libertad religiosa significa que, desde el poder, se preserve al ciudadano de todo contacto con la cultura religiosa de sus congéneres en el espacio público. Aseguran que la ley debe restringir -por el bien de la persona- todo símbolo religioso que le incomode.
Que estos litigios hayan sido atraídos por la SCJN y entren en revisión por sus ministros revela por desgracia dos realidades: El nulo conocimiento sobre el verdadero sentido de la libertad religiosa (que protege a las personas en su conciencia y actividad social) y los pesados lastres históricos antirreligiosos heredados del Maximato, la persecución religiosa y la Guerra Cristera de hace un siglo.
El propio colectivo expresa que las demandas “podrían generar precedentes a nivel nacional y plantean los alcances del Estado laico en la actualidad” y tienen razón: la decisión de tribunales, jueces y ministros tendría potencial para reconfigurar muchas dinámicas socio-culturales en México. Y no sólo contra las expresiones religiosas populares sino que podría darle potestad al Estado para redefinir el espacio público por encima de la voluntad ciudadana; podría facultar, por ejemplo, al poder político a castigar discrecionalmente aquellas expresiones sociales emanadas de principios y valores culturales o históricos religiosos.
En el fondo, la resolución que puedan dar los ministros afectaría mucho más allá de las asociaciones o instituciones religiosas, impactaría directamente en toda la ciudadanía mexicana porque ¿qué tipo de nación democrática puede arrogarse la facultad de autorizar o censurar las expresiones sociales culturales, tradicionales o religiosas de su pueblo? ¿Qué colectivo ciudadano -el que sea- estaría complacido con cederle al poder en turno su derecho al espacio público?
En una democracia, es la ciudadanía la que define al poder; no el poder a la ciudadanía. Sin duda, una de las características de la democracia es la pluralidad pero también lo es la soberanía popular; y aún más: un imprescindible democrático es la cohesión social, por lo que un resolutivo en contra de las manifestaciones de la cultura religiosa del pueblo en espacios públicos afecta, por lo menos, las oportunidades de sociabilidad. Esto, en un momento en el que el tejido social está tan vulnerado, es incomprensible.
Ahora bien, el punto fino de todo el debate sin duda es la participación del gasto público en las expresiones populares religiosas. A priori es evidente que, en un país laico, el erario no debe ser usado en proselitismo religioso; pero ¿son proselitismo todas las expresiones sociales y culturales del pueblo inspiradas en tradiciones religiosas? ¿Es propaganda una peregrinación de millones de fieles? ¿Es propaganda religiosa que la Semana Santa o la Navidad sean días de asueto nacional? ¿Son proselitismo las campañas de turismo donde se invita a visitar templos, fiestas religiosas, sitios sagrados o ceremoniales?
La participación del gasto público en estas manifestaciones culturales y populares de la fe no sólo se debería justificar con la derrama económica que supone el turismo religioso en México (más de 20 mil millones de pesos anuales) sino porque la responsabilidad de las autoridades civiles ante la libre expresión de la fe del pueblo en el espacio público es la de garantizarles ese derecho y ello implica la cooperación formal con recursos humanos, logísticos y hasta económicos. Por ejemplo, la edificación y el mantenimiento de varios centros ceremoniales sagrados indígenas en México han sido costeados por gobiernos estatales y municipales.
Es claro que no toda creencia puede alcanzar esos derechos, requiere ser un credo legítimo, de bases antropológicas sólidas, que no agreda objetivamente a nadie y cuya organización esté formalizada legalmente ante las autoridades civiles. Justo para eso sirve el Estado laico: para garantizar a todos los ciudadanos el derecho a vivir, expresar y congregarse en torno a sus sentimientos religiosos (o a la ausencia de ellos) en los espacios públicos que no son propiedad de los gobiernos sino de la sociedad.
Siempre habrá intentos de las élites burguesas imperialistas que buscan imponer sus códigos -mediante la ley o la violencia- a la cultura simbólica de los sectores populares. La defensa del pueblo es esencialmente defensa de su cultura. Ya vivimos los desastres de los colonialismos del pasado; y con este tipo de juicios se evidencia que hay ahora un nuevo y terrible elitismo neocolonizante que rechaza la cultura de los últimos -el pueblo- como verdadero capital cultural, su dimensión espiritual, tradicional y religiosa.
El Estado laico no es antirreligioso y su neutralidad no es indiferencia a la cultura religiosa de sus habitantes; por el contrario, la laicidad del Estado debe cooperar para que ningún credo ni postura ideológica ejerza dominación o se imponga sobre otra. Los ministros de justicia tienen la gran oportunidad de hacer prevalecer al Estado laico evitando que el credo antirreligioso de un grupo se imponga sobre el resto de dimensiones espirituales y religiosas del resto del pueblo; un pueblo plural, diverso y rico en expresiones culturales religiosas que le dan esaidentidad incomparable en el mundo.