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Pila bautismal. Pixabay

Por los derechos de la infancia, no a los sacramentos católicos (ni a lo equivalente en otras religiones) · por Juan Antonio Aguilera Mochón

Con motivo del Día Internacional de la Infancia, celebrado cada 20 de noviembre por la aprobación en ese día de 1959 de la Declaración Universal de los Derechos del Niño, y, en esa misma fecha de 1989, de la Convención sobre los Derechos del Niño, quiero reflexionar sobre unas vulneraciones de derechos infantiles que me parecen flagrantes pero suelen pasar inadvertidas.

En España, como en cualquier país con presencia importante de la Iglesia católica, muchas niñas y niños son adscritas desde el nacimiento a esa religión, y sometidas a un continuo adoctrinamiento durante toda su infancia. El proceso se vertebra a través de los llamados sacramentos, siete ritos católicos particularmente importantes y significativos.

Hay que destacar que, de los siete, nada menos que cuatro están encaminados, o se utilizan normalmente, para la captación y catequización de nuevos miembros de la Iglesia. Veamos cómo se aplican a la infancia.

El bautismo

Este sacramento se emplea habitualmente para introducir a los bebés -de pocas semanas o meses- en la Iglesia católica. Se realiza mediante un ritual con claros elementos mágicos en el que «se pronuncian uno o varios exorcismos [¡!] sobre el candidato» (Catecismo, n. 1237). Evidentemente se realiza sin el consentimiento de ese candidato, y, según la Iglesia, «imprime en el cristiano un sello espiritual indeleble de su pertenencia a Cristo», de modo que bautizado queda hasta la muerte… y supongo que más allá. Además, conlleva un compromiso de los padres o tutores, y de los padrinos, de realizar un «catecumenado postbautismal» (n. 1231), es decir, un adoctrinamiento religioso. Aclara el Catecismo (n. 1269) que «el bautizado ya no se pertenece a sí mismo, sino al que murió y resucitó por nosotros. Por tanto, está llamado a someterse a los demás, a servirles en la comunión de la Iglesia, y a ser “obediente y dócil” a los pastores de la Iglesia y a considerarlos con respeto y afecto». Tiene perendengues que el art. 16 de la Constitución proclame el derecho a no declarar tu ideología o religión pero te puedan meter en una sin tu conocimiento. Y que para afiliarte a un partido se te exija mayoría de edad pero te afilien a la Iglesia siendo bebé.

¿No es el bautismo infantil una vulneración patente de los derechos de los niños?, ¿cómo es posible que la sociedad lo consienta sin rechistar?

Si se siguen las previsiones bautismales, los menores serán sometidos a la indoctrinación religiosa desde muy temprana edad. Aparte de lo que suceda en el entorno familiar, los niños recibirán en la escuela (pública o privada) clases formales de religión a partir de los tres años. Es decir, en la catequesis escolar. En ella aprenderán importantes ramas de la anticiencia como la creencia en milagros y el creacionismo; se irán enterando de que el Creador es su dueño, de modo que en el futuro no podrán hacer lo que quieran con sus cuerpos (aborto, eutanasia…). Se les inculcará la moral católica, tan homófoba y machista (las mujeres, muy discriminadas). A los 7-8 años empezará, para preparar la primera comunión, la catequesis parroquial, que se realimentará con la escolar. Todo este adoctrinamiento dogmático, ¿no constituye otra vulneración palmaria del derecho infantil a desarrollar una conciencia libre, una autonomía moral y un pensamiento crítico?

Pero antes de la primera comunión tiene que realizarse la «primera confesión», el sacramento de la penitencia.

La penitencia (primeras confesiones)

En este sacramento, el niño o niña de 9-10 años debe confesar sus pecados ante un cura. El menor debe contarle sus más íntimos y reprobables actos, pensamientos, deseos y sentimientos, exponiendo sus culpas a la espera de recibir el perdón por parte de esa autoridad sagrada. ¿No es esto un gravísimo acoso a la intimidad de los menores? No me cabe en la cabeza que las confesiones infantiles, un evidente abuso mental, se realicen como lo más normal del mundo.

Tengamos en cuenta, además, que ese ámbito de confianza, de intimidad y de autoridad es propicio para un abuso de poder más allá de lo mental, llegando a lo físico y sexual. Según el exsacerdote argentino Adrián Vitali, en el 95% de los casos de abusos sexuales por parte de sacerdotes, estos utilizaron la confesión como elemento de seducción y de acercamiento al chico/a. Pero incluso sin este agravante extremo, entiendo que no deberían permitirse las confesiones infantiles por vulnerar de un modo execrable el derecho a la intimidad de los menores.

La eucaristía (primera comunión) y la confirmación

Tras una o varias confesiones de pecados, llega el momento de la primera comunión, con la eucaristía como centro, otro ritual de carácter mágico (que incluye la harrypotteriana «transubstanciación»), con un asombroso componente teofágico. Se dice que es un momento cumbre en la vida de los católicos, por lo que se le da un inmoderado carácter festivo y social. A las niñas las visten a menudo como pequeñas novias, con vestidos blancos que simbolizan su virtud virginal (algo muy del gusto del machismo católico). Se trata de dejar muy marcada en los menores su pertenencia a la comunidad católica de manera gozosa, y para eso se les colma de regalos. Es un claro chantaje de signo positivo que se une a los de carácter negativo (a través del miedo a las consecuencias del pecado, desde la condena social al castigo eterno).

Pocos años más tarde (a los 14-15 de edad) llega el sacramento de la confirmación, indeleble e irreversible como el bautismo. En un acto en el que sigue muy presente la magia, el niño o niña cristiana se reafirma en su fe y, sobre todo, se compromete a expandirla, a hacer proselitismo.

Como vemos, todo está programado desde el nacimiento, y hasta antes de la edad adulta. Como asegura el viejo dicho atribuido a los jesuitas, «Dejad en mis manos la enseñanza de los niños hasta los siete años, y serán míos mientras vivan». Aunque, por si las moscas, se les deja en sus manos hasta los 14-15 mediante esa estrategia marcada por los sacramentos; de ahí que se le dediquen o apliquen nada menos que cuatro de los siete.

Me parece muy obvio que no es lícito que estos sacramentos -o lo equivalente en otras confesiones religiosas- se apliquen a la infancia (si se bautiza, confiesa, etc., a una persona adulta, por supuesto no tengo nada que objetar). Es más, opino que los sacramentos -y equivalentes- aplicados sobre los menores deberían ilegalizarse, y apoyaría una iniciativa en ese sentido. Pero lo que quisiera en este momento es concienciar, sobre todo a padres, madres y tutores de que con todo lo aquí brevemente denunciado no se respeta el «interés superior del niño» del que habla la Convención de 1989, es decir, que se facilite y promueva el que los niños lleguen a alcanzar, en su desarrollo hacia la edad adulta, el mayor grado posible de capacidad intelectual y de autonomía moral, como personas dignas con una conciencia libre.

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