«El solicitante de la información ha tenido que acudir a la vía judicial para enterarse de qué [información] disponía el Patrimonio Nacional y de qué otra no», sostiene el juez en la sentencia judicial sobre el recurso planteado por infoLibre
Julio de 2018. El presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, toma la palabra en el Congreso de los Diputados para explicar el programa de gobierno tras su llegada a la Moncloa. Durante su intervención, el dirigente socialista insiste en su «firme» intención de exhumar los restos del dictador del Valle de los Caídos. «Un país que mira al futuro tiene que estar en paz con su pasado», dice convencido desde la tribuna de oradores. Aquel movimiento marcó buena parte de la actualidad política veraniega. Se habló mucho de las víctimas, del caudillo o de la negativa de su familia al traslado. Sin embargo, poco o muy poco se incidía en el funcionamiento o la gestión de un complejo monumental sostenido a base de fondos públicos. Fue entonces cuando infoLibre decidió abrir una línea de investigación para conocer hasta el último detalle. Un proceso que se ha prolongado durante tres años y que ha finalizado con una sentencia en la que se considera probada la «mala fe» de Patrimonio y se destaca que la falta de datos da una idea de la forma en la que el organismo público «ha desarrollado sus funciones».
Uno de los puntos de partida del trabajo fue el durísimo informe de fiscalización que el Tribunal de Cuentas hizo sobre el Consejo de Administración de Patrimonio Nacional (CAPN), un documento que ponía negro sobre blanco todas las deficiencias detectadas alrededor del complejo monumental durante el ejercicio de 2013. Una vez analizado, el siguiente paso consistió en comprender bien cómo funcionaba Cuelgamuros, qué papel jugaban Patrimonio Nacional y los monjes benedictinos, cuál era la relación jurídica y económica existente entre ambos o qué obligaciones tenían las dos partes presentes en el mausoleo franquista. Y, para ello, era necesario estudiarse bien todo el armazón jurídico sobre el que se asentaba el Valle de los Caídos. En concreto, un decreto-ley de 1957, un convenio de 1958 y un reglamento de 1959. Un marco normativo ideado durante el franquismo que, aunque pueda resultar sorprendente, sigue activo en la actualidad.
A partir de ahí, este diario elaboró una extensa batería de preguntas dirigidas al organismo dependiente del Ministerio de la Presidencia. En total, se pusieron sobre la mesa de Patrimonio Nacional 65 cuestiones, que se vehicularon a comienzos de agosto a través de cuatro peticiones de información registradas en el Portal de Transparencia. Entre otras, se solicitó información sobre los inmuebles cedidos gratuitamente propiedad de la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos –el ente que sobre el papel administra el complejo monumental pero cuyo patronato está en manos del CAPN–, sobre las subvenciones otorgadas a la Abadía, sobre todos los contratos relacionados con Cuelgamuros, sobre la evolución del número de monjes, sobre el cumplimiento de las obligaciones de los religiosos, sobre los mecanismos de control existentes de las mismas… Se preguntó sobre todo aquello que, en atención a la normativa legal, debería estar en manos de Patrimonio.
A mediados de octubre, con el procedimiento de exhumación del dictador ya iniciado por el Ejecutivo de Sánchez y tras una ampliación de plazos, la Administración dio finalmente respuesta a las solicitudes de información. El problema es que una buena parte de las cuestiones quedaban sin respuesta o eran contestadas con información que, directamente, no se le estaba solicitando. Por ejemplo, cuando este diario pedía datos sobre los ingresos y gastos de la Hospedería y Casa de Ejercicios Espirituales entre 2008 y 2017, Patrimonio aportaba un cuadro resumen general desde el año 2014 en el que hacía mención a los ingresos por la «venta de entradas» y «otros», a los «gastos de personal» y «corrientes» o a las «subvenciones». Y cuando se le pedía una relación año a año del número de religiosos que conformaban la Abadía, se limitaba a facilitar la cifra en aquel momento y a decir que la misma se había mantenido en niveles «similares» en los últimos años.
RESOLUCIONES INCUMPLIDAS DEL CONSEJO DE TRANSPARENCIA
infoLibre consideró que Patrimonio no daba respuesta a catorce preguntas clave. Por eso, se llevó el caso ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG). Durante todo aquel proceso administrativo, el organismo dependiente del Ministerio de la Presidencia decidió agarrarse a su situación de administrador provisional de la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos y al carácter especial de la misma. Así, apoyándose en un informe de la Abogacía del Estado, defendía que al no tener el ente naturaleza jurídica de «fundación pública» el mismo no se encontraba incluido en el ámbito de la Ley de Transparencia. Algo a lo que también recurrió para evitar dar respuesta a aquellas cuestiones relacionadas con los religiosos: como a la Abadía no le afectaba dicha norma, no se facilitaban los datos que los monjes pudieran tener sobre la administración que hacían de los bienes ubicados en el Valle de los Caídos.
El Consejo de Transparencia rechazó con firmeza dichas alegaciones. «Entendemos que la información solicitada está en poder de Patrimonio Nacional, o debería estarlo en función de las facultades que ejerce sobre la Fundación y, a través de ella, sobre la Abadía», zanjaba el organismo en cuatro resoluciones diferentes, en las que daba la razón a infoLibre y obligaba a la administración a facilitar los datos que le estaban siendo requeridos. De nuevo, Patrimonio no lo hizo. Como mucho, aportó las memorias justificativas de la subvención de 340.000 euros recibida por los monjes de 2016 y 2017, un par de folios por cada una de ellas. Del resto de información, ni rastro. Otra vez más, se limitó a decir que los religiosos se encontraban fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Transparencia. Resoluciones, dictadas en febrero de 2019, que ponían fin a la vía administrativa.
UNA VÍA JUDICIAL QUE FUE DESPEJANDO INCÓGNITAS
La única vía posible era abrir el melón judicial. A comienzos de abril de 2019, se interpuso el recurso contencioso-administrativo contra las diferentes resoluciones del organismo dependiente del Ministerio de la Presidencia. El procedimiento judicial se ha prolongado durante poco más de dos años. Sin embargo, ha servido para conocer el descontrol imperante en Cuelgamuros. Para empezar porque, una vez que este periódico acudió a los tribunales, Patrimonio Nacional decidió allanarse parcialmente. Es decir, admitió que tenía parte de la información que había solicitado infoLibre y que no le había entregado hasta ese momento. En cuanto al resto, la Abogacía del Estado sostenía que Patrimonio Nacional no tenía los datos: «La información solicitada por el demandante respecto de la que no se allana Patrimonio Nacional no es información pública, en la medida en que ni ha sido elaborada por éste ni la ha adquirido en ningún momento».
Para demostrar que no disponía de parte de la información solicitada, aunque como había resuelto el Consejo de Transparencia debería disponer de ella por sus funciones en el Valle de los Caídos, Patrimonio Nacional aportó al Juzgado un certificado firmado por su gerente. Un documento que dejaba constancia por escrito de que en los archivos de Patrimonio no había información sobre los planes de estudio que deberían haberse elaborado al calor del Centro de Estudios Sociales, cuya dirección se encuentra entre las obligaciones de los religiosos y que lleva desde comienzos de los ochenta sin actividad continuada. Tampoco, sobre la evolución del número de monjes y novicios de la última década, a pesar de que es clave para la elaboración presupuestaria y para el mantenimiento de la orden religiosa en el complejo monumental. O sobre los ingresos y gastos de la Hospedería y la Casa de Ejercicios Espirituales o las memorias justificativas de la subvención recibida anualmente por los benedictinos de ejercicios anteriores a 2014.
Esta confesión escrita de Patrimonio Nacional permitía llegar a dos grandes conclusiones. La primera afectaba a la permanencia de los benedictinos en el complejo que, según la normativa franquista que aún lo regula, está sometida al cumplimiento de una serie de obligaciones. Pues bien, el Estado permitió al menos desde 1983 que parte de esas obligaciones se incumpliesen, sin expulsar a los monjes ni reformar las normas. La segunda desvelaba que los diferentes responsables de Patrimonio han incumplido su obligación legal de controlar que las subvenciones anuales entregadas a los benedictinos se gastaban correctamente, e incluso que las cantidades de dinero público otorgadas como subvención podrían haber sido mayores de lo que establecen las normas.
LA SENTENCIA: MALA FE Y TIRÓN DE OREJAS
El pasado 28 de junio, dos años después de que se abriese la vía judicial y casi tres desde que se enviasen las peticiones de información por Transparencia, se emitió sentencia en el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 12. La resolución judicial, que ha devenido firme, estimaba en parte la demanda planteada por este diario. Así, el juez resolvió que Patrimonio debía facilitar a este diario aquella información de la que dijo disponer a lo largo del procedimiento. Y añadía que no podía ordenar entregar aquellos datos que, según Patrimonio, no constan en sus archivos: «No tendría mucho sentido condenar ahora al Patrimonio Nacional a que facilite al demandante el acceso auna información que no tiene para, después, en la fase de ejecución del fallo, declarar que esta sentencia es inejecutable en ese punto por imposibilidad material«.
El fallo no entra a valorar si el organismo dependiente de Presidencia debería o no tener todos los datos solicitados. Pero sí deja una frase contundente: «La circunstancia de que una administración, en este caso Patrimonio Nacional, declare formalmente que no dispone de una información es ya, en alguna medida, un ejercicio de transparencia que permite al interesado en obtener la información hacerse una idea sobre cómo desarrolla o ha desarrollado aquélla sus funciones«.
Además, afea a la administración su falta de transparencia: «El Patrimonio Nacional, desde el principio o, al menos, desde que quien solicitó el acceso a la información se dirigió al CTBG, debería, por una parte, haber facilitado el acceso a la información que se le requería y de la que disponía y, por otra, haber declarado que no disponía de la restante. No haber hecho ninguna de ambas cosas no parece conforme con la buena fe y ha supuesto que el solicitante de la información ha tenido que acudir a la vía judicial para enterarse en esta sede de qué parte de ella disponía el Patrimonio Nacional y de qué otra no», zanja el juez.
Por ello, además, el juez decide imponer las costas a Patrimonio Nacional. En los casos de estimación parcial de un recurso, no suele haber condena en costas, salvo que el juez aprecie «mala fe o temeridad» en una de las partes. En este caso, el organismo público deberá abonar las costas, que el juez limita a 900 euros.
El letrado de infoLibre en el proceso judicial ha sido Manuel Rico, director de investigación del periódico y abogado, que se encarga de los procedimientos del diario relacionados con la Ley de Transparencia. infoLibre tiene en este momento planteados tres pleitos ante los TSJ de Castilla-León, Galicia y Asturias para obtener los datos de fallecidos en las residencias de mayores de dichas comunidades autónomas durante la primera ola de la pandemia.