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La comisión de Justicia del Congreso aprueba hoy la ley de eutanasia, que requiere hasta cuatro confirmaciones del paciente afectado por una enfermedad grave, incurable o invalidante o con sufrimiento insoportable

La comisión de Justicia del Congreso de los Diputados aprobará hoy el texto definitivo de la ley de eutanasia que, posiblemente, amplíe su nomenclatura a ley orgánica de despenalización y regulación de la eutanasia y la ayuda médica para morir, tal y como ha pedido el PNV, para proteger a los profesionales sanitarios que intervengan en el acto.

A priori, la norma saldrá adelante, con su redactado definitivo, lista para ser aprobada en el pleno del Congreso, posiblemente la semana que viene. Enero, a día de hoy, es inhábil por lo que habría que esperar al mes de febrero para su aprobación en la Cámara Alta. A favor, la mayoría de los partidos políticos con representación parlamentaria. En contra, PP y Vox.

El objeto de esta legislación es regular la eutanasia como un derecho al que podrán acogerse quienes padezcan “una enfermedad grave e incurable” o “invalidante” que cause “un sufrimiento insoportable”, que debe ser certificado por un médico. Solo así podrán solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir. Será prestada tanto por la sanidad pública –en hospitales o en el propio domicilio– así como en centros privados. Los médicos podrán declararse objetores de conciencia.

Es la tercera vez que esta norma llega al Congreso en los últimos dos años. Eso en el periodo más cercano pues en la segunda legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero (2008-2011) también se habló, y mucho, sobre despenalizar esta práctica y permitir a determinados ciudadanos en situaciones muy específicas terminar con su vida si así lo pedían. Pero aquello acabó en nada.

La despenalización de la eutanasia parece que se dirige a su aprobación definitiva, tras su paso por la comisión de Justicia, que pone fin al periodo de enmiendas. La realidad es que el texto no ha sufrido grandes cambios en el periodo de enmiendas. “Han sido más bien retoques aclarando aspectos de la misma”, señalan desde el PSOE, partido que presentó la proposición de ley en febrero de este año.

Así, el texto inicial limitaba la práctica de la eutanasia al ámbito sanitario (centros públicos, privados y concertados) pero al final se ha incluido la posibilidad de que se pueda realizar en casa del paciente (lo propusieron PSOE, UP, Ciudadanos, EH-Bildu y el grupo Plural, que agrupa a Compromís, JxCat, Más País y el BNG).

02/07/2019.- Antoni Monguilod, un vecino de Malgrat de Mar (Barcelona) al que diagnosticaron párkinson hace doce años y que ya no puede valerse por sí mismo, suplica a los políticos que legalicen ya la eutanasia para dejar de

Antoni Monguilod, un vecino de Malgrat de Mar (Barcelona) al que diagnosticaron párkinson hace doce años y que ya no puede valerse por sí mismo, suplica a los políticos que legalicen ya la eutanasia para dejar de «sufrir»  EFE/ Marta Pérez

Otra de las enmiendas presentadas planteaban que la eutanasia sea accesible, además de a los españoles y a quien tenga residencia legal en España, a quienes cuenten con un certificado de empadronamiento de al menos doce meses y que no solo pueda solicitarla quien padece una enfermedad grave, incurable o invalidante, sino también quien sufre un “padecimiento grave, crónico e imposibilitante” que afecte de forma directa a su autonomía física.

Este cambio se explica tras las quejas del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), que pidió que se “evite cualquier trato desigual o discriminación por razones o motivos de discapacidad”.

“La regulación legal de la eutanasia no puede asociarse a personas o grupos sociales concretos, como el de las personas con discapacidad, ni directa ni indirectamente, ha de ser neutra y respetuosa con la diversidad social, pues si no es así compromete gravemente los derechos humanos de estos sectores y se aleja del principio de no discriminación”, señalan desde Cermi.

El dictamen que hoy se aprueba reconoce el derecho de una persona a morir dignamente, según la exministra de Sanidad Luisa Carcedo. “No es para el que quiere vivir, es para aquel que considera que el dolor le resulta insoportable, que considera que no tiene vida”, indicó la diputada socialista.

GRAF4327. MADRID, 22/04/2020.- La ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, María Luisa Carcedo, durante el pleno celebrado este miércoles en el Congreso, donde el gobierno expone los resultados de los últimos consejos europeos y los motivos por los que solicita una nueva prórroga del estado de alarma.

La entonces ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, María Luisa Carcedo, en el Congreso, en abril de este año  EFE/Mariscal POOL

En declaraciones a La Vanguardia , Carcedo defiende que la ley es garantista, al exigir una doble supervisión médica (dos médicos deberán autorizarlo más la comisión de garantías) para comprobar que quien solicita morir se ajusta a la ley (persona con enfermedad grave e incurable o con enfermedad grave, crónica e invalidante causantes de un sufrimiento físico o psíquico intolerables).

Y garantista tanto para los médicos que participen (quienes objeten lo harán saber en un registro) como para quien lo solicita (solo lo puede tramitar esa persona y siempre puede echarse atrás en un proceso que dura un mes).

Entre los requisitos, además del estado de salud, se encuentra ser mayor de edad, español o residente en España (empadronado como mínimo doce meses), y que deje claro en todo momento que la decisión adoptada es suya y solo suya. Nadie puede hacerlo por él, ni pareja, ni hijos. Nadie. De ahí que tenga que ser plenamente consciente de sus decisiones.

El paciente deberá realizar la solicitud a su médico por escrito. Esta debe estar fechada y firmada por la persona solicitante. En
caso de encontrarse impedido físicamente para fechar y firmar el documento, otra persona mayor de edad y plenamente capaz podrá fecharlo y firmarlo en su presencia. Dicha persona ha de mencionar el hecho de que quien demanda la ayuda para morir no se encuentra en condiciones de firmar el documento e indicar las razones.

El médico evaluará si la solicitud es voluntaria, sin coacciones externas y que expresa fielmente los deseos de la persona y se la enviará a otro médico ajeno a su equipo para que también lo evalúe.

Dos semanas después, el paciente deberá reiterar su petición. Entonces, se derivará a la comisión de control, nombradas por las comunidades autónomas, que vigilarán que se cumple la ley.

Si todo está de acuerdo a la norma, el enfermo podría acogerse a su derecho a morir en el plazo de un mes (desde el primer escrito), bien tomándose la medicación él mismo, o bien siendo el médico quien se la administre.

Debate final en la comisión de Justicia del Congreso, hoy 10 de diciembre de 2020.

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