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México, ¿Estado laico? Las leyes a favor de las mujeres por Patricia Olamendi

Si no eliminamos lo moral o subjetivo, las creencias y la religión de nuestra legislación no podemos avanzar: Patricia Olamendi

Dentro del foro “Frente Feminista en Defensa del Estado Laico” que se llevó a cabo en la Cd. De México en el Sindicato de Telefonistas, el jueves 5 de abril se presentó una conferencia sobre el Estado Laico por la ponente Patricia Olamendi.

Un estado laico permite el ejercicio de la libertad religiosa y asegurar que ninguna religión obstaculice los derechos y libertades de las personas, explica Olamendi.

Pero ¿qué tanto tenemos las mujeres la libertad real de no tener un credo religiosa? Muchas veces no decidimos seguir una religión sino se nos es heredada. Dentro de las características del estado laico, la que más se debe de enfatizar es que ninguna religión puede obstaculizar los derechos y libertades de las personas.

La declaración universal de los derechos humanos establece que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento de conciencia y de religión, sin que eso afecte sus derechos. En el pacto internacional de derechos civiles y políticos artículo 8° se establece lo mismo.

En México existe una normatividad particular y una herencia histórica que es aliada con las mujeres respecto a la libertad, que diferencía de otros estados que tienen que declararse católicos, explicó Patricia Olamendi.

La llegada de un partido político el poder no ha traído un conservadurismo, explicó, para las mujeres en México este conservadurismo ha estado presente en el mantenimiento de un orden jurídico cargado de una legislatura heredada del derecho natural, del derecho romano y de la legislación católica proveniente de la conquista.

Esta legislación se mantuvo vigente hasta que el movimiento feminista en México comienza a ejercer y exigir sus derechos, haciendo trabajo de acción colectivo a partir de la protesta en las leyes y empezó a sufrir modificaciones.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 40° marca que la república es democrática, laica y federal. Este artículo es una definición de la república que tenemos en México: democrática y laica, vinculamos la democracia con la laicidad, explicó.

Además en México existe la Ley de Culto y Asociaciones Religiosas, da la oportunidad al estado mexicano de ejercer autoridad sobre manifestaciones religiosas individuales, es decir, se puede interferir si hay manifestaciones que puedan poner en peligro el ejercicio los derechos. Así mismo como que no puede dar una preferencia ni poner una limitación en la manifestación de algún culto.

La religión ha impuesto a las mujeres ciertos comportamientos. Inspirado en la campaña no es normal, yo lo transformaría en este escenario a “no es natural”, comentó Patricia Olamendi, para combatir esa naturalidad que se le ha predispuesto a las mujeres de que es natural el ser madre y dedicarse plenamente a los hijos, casarse, estar a plena disposición del esposo y la violencia de género a la que se enfrenta a lo largo de su vida por estigmas preestablecidos.

Desde hace 20 años, con la campaña de armonización mexicana ha logrado eliminar al adulterio como un delito, la justificación del homicidio de amor (en donde el esposo podía matar a la mujer si le era infiel), permitir la sanción de la violación dentro de un matrimonio y derogar la espera de un año que tenían las mujeres para casarse después de un divorcio, inclusive se abogó mucho para que los códigos dejaran de decir que la mujer tenía que ser casta y honesta.

Todo esto son cuestiones que vienen de los mandatos de 1400 y 1500 de la iglesia católica que no deben de estar presentes en un estado laico, cuenta Patricia Olamendi.

El estado laico, de acuerdo a nuestra legislación, hace que no se permita que las creencias religiosas influyan en la política y que está no se manifieste a favor de una religión. Las alianzas políticas han tenido y tienen un costo para el Estado. En en esta época de elecciones, estamos viviendo un proceso en el que se han presentado alianzas entre partidos que probablemente pueden llegar a la presidencia, representando un grupo de ultraderecha, declaró la ponente.

Recientemente la Suprema Corte de la Nación, aprobó un amparo en donde reconoce que se puede demandar por interés jurídico la violación al ejercicio de un derecho, aún sin ser una persona directamente afectada. Esto da un papel protagónico en la defensa de derechos humanos. Por ejemplo, si un ciudadano o ciudadana nota una manifestación que promueve un partido político y esta tiene repercusiones sobre la libertad de culto.

Dentro del principio de no discriminación de CEDAW, dentro del artículo 2° que marca que los estados condenarán la discriminación contra la mujer en todas sus formas practicada por cualquier organismo, además de adoptar las medidas adecuadas incluyendo legislaciones para modificar o derogar leyes que sean discriminatorias contra la mujer. En base a esto se pueden ejercer demandas por discriminación. Esta amplitud de CEDAW tiene jurisprudencia internacional, cuenta Olamendi.

En el tema de acceso a la justicia, si hiciéramos un recuento lo que prevalece, son los prejuicios ¿dónde está el compromiso de México? Queremos que el Estado haga uso de su poder para brindarle sus derechos a las mujeres. Los prejuicios provienen de esta ideología de que las mujeres somos inferiores.

Sigue abogándose por la prohibición del matrimonio infantil en México. Y aunque en algunos estados se ha logrado prohibir, aun no se puede erradicar ya que todavía los padres pueden otorgar el permiso para casarse, explica Patricia Olamendi. Nuestro país tiene formalizado en su funcionamiento las festividades religiosas a pesar de ser laico, esto tiene repercusiones muy serias que han provocado un desplazamiento interno muy grave en el país. Hoy en México tenemos miles de desplazados por motivos religiosos.

El aborto siempre ha sido un tema muy polémico y que aún no se ha podido legalizar a nivel federal, lo que ha provocado la muerte de millones de mujeres e infecciones por practicar abortos clandestinos en lugar de clínicas adecuadas negando así el derecho de salud y de la vida.

En el ámbito federal la numeraria 046 ,desde 2009, señala los criterios para la prevención y atención de violencia familiar y sexual contra las mujeres, en la cual reconoce el derecho de objeción de conciencia de médicos y enfermeras para la practica el aborto en casos de violación.

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