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Reunión sobre la Cartuja con el Director General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura

El pasado 23 de abril se celebró en la sede de la Delegación de Cultura de la Junta de Andalucía una reunión entre el Director General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura, D. Marcelino Sánchez Ruiz, el Delegado Provincial de Cultura, D. Daniel Moreno López y representantes de la Plataforma Laicista de Jerez, la Plataforma de Patrimonio Jerezano y la Asociación del Centro Histórico de Jerez.

Dicha reunión duró aproximadamente una hora y se celebró en un ambiente muy cordial. En ella los representantes de las asociaciones citadas expusieron a los representantes de la Consejería de Cultura sus preocupaciones e iniciativas sobre la Cartuja de Jerez, que se resumen en el anexo más adelante.

Tras un amplio diálogo los representantes de la Junta de Andalucía se comprometieron a:

.- Realizar una revisión de los temas legales y el seguimiento de los acuerdos que afectan a la cesión de la Cartuja.

.- Elaborar un informe sobre el estado de conservación de los bienes muebles e inmuebles y el paradero de los bienes muebles relacionados con la Cartuja.

.- Celebrar una reunión con el obispado para, entre otras cosas, estudiar el régimen de visitas actual y negociar una ampliación de los lugares visitables en la Cartuja.

Finalmente se estableció una cita en Septiembre para poner en común los avances sobre estos temas.

ANEXO

La Cartuja de Santa María de la Defensión, declarada Monumento Nacional en 1866 que hoy es BIC, (en adelante la Cartuja) situada en Jerez de la Frontera es propiedad del Estado Español, fue cedida a los Cartujos el 16 de abril de 1941, renovada la cesión el 12 de junio de 1980 y está cedida gratuitamente por 75 años al Obispado de Asidonia Jerez mediante una orden ministerial del 8 de abril de 2003.

Por el Real Decreto 864/1984 se transfiere a la Junta de Andalucía las funciones sobre Patrimonio Histórico Artístico y Arqueológico sobre diversos monumentos, en particular la Cartuja de Jerez.

La ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía recoge en su artículo 1 que su objeto es garantizar la tutela, protección, conservación, salvaguarda y difusión…del Patrimonio Histórico Andaluz.

Ante la importancia de la Cartuja como monumento histórico para el pueblo de Jerez y amparándonos en el artículo 4 de la ley de Patrimonio Histórico de Andalucía que dice “Las Administraciones Públicas colaborarán estrechamente entre sí en el ejercicio de sus funciones y competencias para la defensa, conservación, fomento y difusión del Patrimonio Histórico, mediante relaciones recíprocas de plena comunicación, cooperación y asistencia mutua. Corresponde a los municipios la misión de colaborar activamente en la protección y conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz que radiquen en su término municipal, en especial a través de la ordenación urbanística, así como realzar y dar a conocer el valor cultural de los mismos”

Plan Director de la Cartuja.

La Plataforma de Patrimonio Jerezano, la Plataforma Laicista de Jerez y la Asociación del Centro Histórico de Jerez solicitan del Estado, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Jerez la elaboración de un Plan Director de la Cartuja.

Este Plan debería incluir al menos:

a) Deslinde del Monumento BIC

b) Creación de una Zona de Protección que debería incluir las antiguas huertas, galerías de captación de agua, regadíos..

c) Estudio del estado actual de conservación de la Cartuja.

d) Priorización de las obras necesarias para su consolidación.

e) Relación de la Cartuja con su entorno, especialmente con río Guadalete conectándola con el embarcadero.

f) Estudio del estado de conservación de los bienes muebles asociados a la Cartuja, sillerías, retablos, cuadros, estatuas,..

e) Elaboración de un inventario actualizado de los demás bienes muebles o inmuebles situados en la Cartuja que tengan valor histórico-artístico.

g) Regular la colaboración entre las distintas administraciones creando un órgano de coordinación que incluya: Estado (como dueño), Junta (como custodia), Ayuntamiento (Pgou), Obispado (como receptor de la cesión), Orden de Belén (receptor último de la cesión), Diputación de Cádiz, para su conservación y utilización. Este órgano de coordinación debe estar abierto incluso a recibir donaciones de entidades privadas.

Visitas

En la Orden de cesión de la Cartuja al obispado de 2003 artículo 3 se afirma que el inmueble sera destinado a fines de carácter religioso y cultural mediante el desarrollo de actividades religiosas … y de actividades de difusión de la dimensión histórico artística del inmueble, que habrán de implicar, en todo caso, la apertura al público permanente o puntual de las zonas de la Cartuja aptas para ello.
En el artículo 4 de dicha orden el obispado se compromete a hacerse cargo de la vigilancia y custodia del inmueble así como a conservarlo en perfecto estado de utilización, cumplir las obligaciones que, en materia de patrimonio histórico establece la normativa para bienes BIC y se obliga a informar por escrito al Ministerio de Educación Cultura y Deporte, al menos una vez al año de las deficiencias y deterioros que presente el inmueble.

En esa dirección la ley de Patrimonio Histórico de Andalucía señala en su artículo 14, apartado 3 que: Cuando se trate de Bienes de Interés Cultural, además se permitirá la visita pública gratuita, al menos cuatro días al mes, en días y horas previamente señalados, constando esta información de manera accesible y pública a los ciudadanos en lugar adecuado del Bien de Interés Cultural.

Considerando la importancia cultural de la Cartuja, la riqueza de sus diversos patios y la cantidad de objetos catalogados que la integran como son: la Reja , S Juan Evangelista, S Simón, Sillería del coro de Padres, Cancel, Retablo de San José, Púlpito, Retablo de San Pedro, Lauda del caballero Álvaro Obertos de Valeto, Nuestra Señora de la Defensión- Retablo mayor, San Bruno de Colonia, San Pedro, San Felipe, Retablo de Santa Teresa de Jesús, Retablo del Juicio final, San Mateo, San Judas Tadeo, San Andrés, Retablo del Capítulo, Nuestra Señora de la Compasión, Santo Tomás, San Hugo de Grenoble- Retablo mayor, Retablo mayor, Crucificado, San Hugo de Lincoln; Retablo mayor Santiago el Menor, San Bruno de Colonia; Retablo mayor, Santiago el Mayor, San Pablo. Esta lista de bienes catalogados aparece en http://www.iaph.es/patrimonio-inmueble-andalucia/resumen.do?id=i9608

La Plataforma Laicista de Jerez, la Plataforma de Patrimonio Jerezano y la Asociación del Centro Histórico de Jerez solicitan:

1.- Ampliar la zona visitable de la Cartuja, de forma que puedan verse todos los claustros, la iglesia completa, los cuadros, retablos y otros bienes catalogados. Esta visita debe ser compatible con la clausura de las monjas, realizándose cuando ellas estén en algún otro lugar (en la iglesia, comiendo,…) de esta forma todos los bienes de propiedad pública podrían ser visitados por los ciudadanos.

2.- Vincular la Cartuja con el pueblo, abrir la Cartuja a la celebración de actividades culturales como exposiciones de arte (sacro o no), conciertos, integración en visitas organizadas del Ayuntamiento, información en las oficinas de Turismo,….. de forma que los jerezanos puedan conocer y aprovechar ese espacio que es de todos.

Peligro de ruina y vigilancia del monumento

En la Orden de cesión de la Cartuja al Obispado de 2003 artículo 4 se afirma que “el Obispado se compromete a hacerse cargo de la vigilancia y custodia del inmueble objeto de la presente cesión de uso así como a conservarlo en perfecto estado de utilización hasta su entrega a la Administración del Estado a la finalización de la cesión de uso. En general, correrán a cargo del Obispado todos los gastos,…, así como los de conservación y mantenimiento ordinario de dicho inmueble” y también “El Obispado asume totalmente la responsabilidad derivada de la utilización de inmueble, así como su pérdida o menoscabo total o parcial y, por tanto libera al Ministerio de Hacienda de las consecuencias derivadas de ello.”

La ley de Patrimonio Histórico de Andalucía en su artículo 14 dice “Las personas propietarias, titulares de derechos o simples poseedoras de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, se hallen o no catalogados, tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. …. En el supuesto de bienes y actividades inscritas en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz deberán, asimismo, permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Administración de la Junta de Andalucía, su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma, así como facilitar la información que pidan las Administraciones Públicas competentes sobre el estado de los bienes y su utilización.” En el artículo 15 se dice: “La Consejería competente en materia de patrimonio histórico podrá ordenar a las personas propietarias, titulares de derechos o simples poseedoras de bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico la ejecución de obras o la adopción de las actuaciones necesarias para su conservación, mantenimiento y custodia.”

La ausencia de visitas públicas a la integridad de la Cartuja nos hace sospechar el profundo deterioro y la amenaza de ruina de buena parte del monumento de la Cartuja. Por ello y amparándonos en el artículo 5 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía que dice “Las personas que observen peligro de destrucción o deterioro en un bien integrante del Patrimonio Histórico Andaluz deberán, a la mayor brevedad posible, ponerlo en conocimiento de la Administración competente, que llevará a cabo las actuaciones que procedan.”

Por ello la Asociación del Centro Histórico de Jerez, la Plataforma de Patrimonio Jerezano y la Plataforma Laicista de Jerez solicitan con carácter de urgencia a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la inmediata elaboración de un informe sobre el estado de conservación de los edificios de la Cartuja, claustros, cocina, cuadra, edificios anexos como mirador del río, galapaguera, antiguo molino de aceite, antiguos hornos,…, especificando si algunas de sus partes amenaza ruina.

La elaboración de un informe sobre el estado de conservación de todos bienes relacionados con la Cartuja que se detallan en la página del Patrimonio Inmueble de Andalucía http://www.iaph.es/patrimonio-inmueble-andalucia/resumen.do?id=i9608 con los códigos correspondientes: como la Reja , S Juan, etc, etc

Que, a la vista de dichos informe se obligue al Obispado a la realización de las labores de consolidación necesarias, de acuerdo con la orden de cesión de la Cartuja de 2003.

Que se extreme la vigilancia en la conservación de la integridad de los edificios de la Cartuja, en particular:

Se respete y conserve la edificación original no cambiando la forma de los edificios , por ejemplo con la recién reconstruida, con fondos públicos, ala norte del Claustro Grande con nuevas celdas con conductos de ventilación en el tejado y terrazas donde antes no las había. Otros ejemplos son permitir la instalación de un depósito externo de propano para alimentar un horno cerámico o la destrucción de los restos sobre el nivel del suelo de un horno del siglo XIX.

No se destruyan las antiguas cuadras y que vuelvan a su antiguo uso como yeguada de caballos cartujanos. Nos oponemos a que ese edificio se dedique a otro uso, por ejemplo a celdas para hermanas en tránsito.

No se permita iconografía distinta de la original, que desvirtúa el arte tradicional de la Cartuja.

Nos preocupa que se intente imponer el nombre de Monasterio de las Hermanas de Belén en lugar del tradicional de Cartuja de Nuestra Señora de la Defensión; ésto desconoce la historia del Monumento y confunde a los visitantes.

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