El 27 de agosto de 2017 la comunidad hindú de Ceuta celebró el nacimiento de su divinidad Ganesh (representada con forma de elefante) con una procesión de la estatua del dios por la ciudad. Al igual que en los ocho años anteriores, esta procesión entró en el santuario católico de la Virgen de África, donde la comunidad parroquial cantó una salve rociera en presencia de la estatua.
El obispado de Cádiz emitió un comunicado en el que explica que ese acto religioso «ha estado mal y es un hecho reprobable, que no se debió consentir». En él se comunica también que el párroco de la iglesia y vicario, José Juan Mateos, lamenta lo ocurrido y presenta su dimisión, que ha sido aceptada.
La actitud del obispo ha sido criticada por diversos colectivos católicos, hindúes y musulmanes, y también no religiosos e interconfesionales (estos últimos supuestamente laicistas), argumentándose que socava el diálogo interreligioso y el ecumenismo. Algunos incluso han exigido la destitución del obispo.
En relación a este asunto habría que aclarar varios puntos importantes:
1. Desde una perspectiva confesional católica, el obispo tiene razón
Aunque la Iglesia Católica Romana (ICR) no cumple el segundo mandamiento del Decálogo que prohíbe el culto a toda imagen, tanto su Catecismo como el resto del magisterio rechazan tajantemente la adoración de imágenes consideradas ídolos, es decir, todas aquellas que correspondan a dioses o entes adorados por otras religiones.
La ceremonia realizada en Ceuta el 27 de agosto no consistió en un mero acto de acercamiento entre dos comunidades religiosas, sino que implicó un acto religioso claramente sincretista, en el que se rendía honor tanto a la Virgen de África como al dios Ganesh. Es comprensible que, como dice el obispo, pueda haber habido católicos que se hayan sentido «heridos, escandalizados o confundidos en su fe».
A la vez, añadimos, tampoco sorprende que una parte importante de la comunidad católica ceutí participara en este acto, pues el catolicismo, y más en el sur de España, cuenta con celebraciones cuyo componente pagano y sincrético pesa más que el de tradición cristiana (piénsese en la romería de El Rocío, p. ej.). Pero el culto a un dios hindú en un santuario católico sobrepasa nítidamente el umbral que la propia ICR tiene establecido.
Al obispo se le podría haber criticado si el acto interreligioso hubiera tenido en un lugar público (en el sentido de neutro) y si él, con actitud discriminatoria, se hubiera opuesto a la presencia de esa deidad de manera excluyente, a la vez que se exhibían en ese mismo lugar imágenes de cristos, vírgenes o santos de la ICR. No fue el caso.
2. El obispo no ha sido descortés con los hindúes
El comunicado del obispo de Cádiz afirma claramente: «En ningún caso se reprueba el amor de los miembros de la comunidad hindú a sus creencias, agradecemos sus muestras de respeto y reiteramos nuestra satisfacción por la cordial relación con ellos y las demás confesiones religiosas de Ceuta, lo que nos obliga a ser cada vez más fieles a nuestra tradición cristiana.»
Otra cosa sería si el obispo hubiera realizado actos de discriminación, o hubiera expresado palabras de incitación al odio, lo cual obviamente no es el caso.
3. En las relaciones interreligiosas no se puede imponer el paradigma sincretista
Como hemos señalado, el catolicismo romano es en gran medida sincretista. Pero no cabe duda de que el hinduismo lo es mucho más, como ocurre con las religiones del Lejano Oriente. Los hindúes de Ceuta deben comprender que, si bien ellos pueden rendir honores a la Virgen de África e incluso tener una imagen de ella en su templo (como así ocurre), el hecho de que los católicos no les correspondan con actos recíprocos similares no significa desprecio, discriminación ni cerrazón, sino simplemente un sistema de creencias diferente.
Simplificando un asunto que sin duda es complejo, se puede decir que el politeísta fácilmente puede integrar imágenes y cultos de tradiciones diferentes, mientras que el fiel monoteísta en conciencia no puede participar del culto a un “dios” al que considera falso. Por eso, los hindúes de Ceuta rezaron un padrenuestro en el santuario católico, pero el obispo y quienes le apoyan no pueden aprobar los honores al dios Ganesh.
El presidente de la Comunidad Hindú de Ceuta, Ramesh Chandiramani, es muy libre de creer, como ha afirmado, que «al final no somos tan diferentes y todos procedemos de una divinidad única, le llame como le llame cada uno», pero la Iglesia Católica, al igual que la mayoría de las confesiones monoteístas, no cree eso.
4. Las relaciones interreligiosas deberían poner énfasis en el diálogo, más que en el culto conjunto
Unos hechos como los ocurridos en Ceuta ilustran bien la complejidad de los actos religiosos interconfesionales: en ocasiones hay miembros de una comunidad (la católica, en este caso) que no pueden participar porque violentarían su conciencia honrando a un dios hindú.
Por supuesto, las diferentes confesiones son libres de realizar todos los actos conjuntos que quieran. Pero lo esperable es que sean actos que no violen los principios de una de las confesiones, como ha ocurrido aquí.
Por eso, parece preferible que las relaciones interreligiosas se centren en el diálogo interreligioso y no en los actos religiosos. Una cosa es el diálogo, otra la práctica de la fe. Si las actividades interconfesionales pretenden ser integradoras y abrir un espacio a todos (incluidos los no creyentes), nunca deben realizarse actividades de culto salvo que sus respectivos paradigmas lo permitan y exista acuerdo unánime al respecto, cosa que con frecuencia no ocurre. Deben ser espacios de diálogo y reflexión, de exposición de ideas, incluso de “exhibición” de prácticas, pero no tienen por qué serlo de culto compartido, porque ese modelo de ecumenismo sincretista puede truncar el diálogo interreligioso, más que favorecerlo (ver Ecumenismo y diálogo interreligioso (I): Peligros).
Alguien, persona o colectivo, puede tener sus convicciones y creer que son maravillosas, pero el otro también puede tener las suyas y creer asimismo que son inmejorables. Y ambos tienen derecho a creer en conciencia que las convicciones del otro son inapropiadas o incluso negativas. En el contexto de un cada vez más dominante paradigma posmoderno relativista y transcultural, se ve con mucho recelo la expresión explícita de la discrepancia; a veces se considera una muestra de intolerancia o incluso un ataque. Se tiende a imponer la búsqueda de los elementos comunes y el silenciamiento de los elementos diferenciales.
Pero si no respetamos el derecho a la libertad de conciencia de quienes sostienen ideas, creencias o praxis que no nos gustan, contribuiremos a cercenar cada vez más los márgenes de libertad y expresión de tales personas, y el resultado será que violentaremos sus conciencias, con las horribles consecuencias que ello tiene: no se sentirán libres sino impotentes; probablemente (y con bastante lógica) alberguen resentimiento e incluso rencor; y muy posiblemente en cuanto tengan ocasión (cuando se “vuelva la tortilla”, pues las modas dominantes son muy cambiantes) se “vengarán” todo lo que puedan, tratando de imponer a la otra parte sus postulados reaccionarios. De este modo, lo que habremos abonado (y me temo que esta sociedad incurre en ello cada vez más) será la moral de linchamiento.
5. Las relaciones interconfesionales se deben basar en una ética mínima
La aplicación universal de una ética mínima (que por algo es mínima) no debe nunca impedir que cada persona o colectivo tenga sus propias creencias y praxis, siempre que no supongan una violación de los derechos humanos de nadie. Nadie tiene derecho a que un objeto de sus creencias y/o de su culto forme parte de las creencias y/o del culto de otra persona o colectivo que profesa unas creencias y/o un culto distintos. Afirmar que lo tiene sería conceder al primero el “derecho” a imponer sus creencias y/o su culto al segundo.
Del mismo modo, aun siendo totalmente deseable y recomendable el diálogo interreligioso, intercultural e “interconviccional”, nadie tiene por qué exigir a nadie participar en dicho diálogo, ni obligarle a asumir ecumenismo alguno, por respetable que este sea, mucho menos de una determinada manera.
6. Confusión y contradicciones
Habrá católicos de una línea determinada que podrán estar descontentos con la dimisión del vicario y con el escrito del obispo. Que se movilicen si quieren: es un conflicto interno de una confesión privada. Y que finalmente esta entidad tome las decisiones que considere oportunas. Pero que haya colectivos no católicos exigiendo la destitución del obispo resulta como mínimo paradójico.
Es llamativo también que haya colectivos no católicos apelando a que la última palabra en este conflicto la tenga el papa, a quien se le pide que se pronuncie supuestamente a favor de los derechos humanos (no olvidemos que se trata del “derecho” de rendir culto a un dios hindú en un santuario católico). Lo paradójico es que el líder supremo de la ICR es el jefe de Estado absoluto de una iglesia-Estado teocratista, y que no tiene ninguna legitimidad democrática al haber sido elegido por unos cardenales designados por los papas anteriores. La paradoja todavía es más clamorosa cuando en el caso de que nos ocupa hay quienes, en nombre de los valores democráticos, han exigido la destitución del obispo apelando al papa Francisco, pero no exigen que el propio dirigente máximo de la ICR sea elegido mediante un sistema democrático y sometido a los controles propios de estos sistemas.
Para más confusión, la propia comunidad hindú de Ceuta ha escrito al papa para que intervenga en el asunto. Lo que tenemos entonces es que una confesión (la hindú) se enfrenta con un representante de la autoridad de otra (el obispo), y apela al dirigente máximo de la segunda (el papa) para que desautorice al obispo. ¿Tiene sentido todo esto? ¿Son entonces, según esa misma lógica, los fieles católicos, o de otra confesión, los que deben indicar a la comunidad hindú cómo gestionar sus espacios y sus tiempos de culto? Y ya que apelan al papa, ¿podemos imaginar que Bergoglio hiciera entrar la imagen del dios elefante hindú en la basílica de San Pedro y que allí se le honrara con un canto, como muestra de las buenas relaciones entre católicos e hindúes?
Esta confusión entre las esferas y jurisdicciones de cada ente (confesiones religiosas, sociedad civil) no hace más que añadirse a la falta de comprensión de los límites entre unos ámbitos y otros que ya existe en la sociedad y el Estado españoles, donde la aconfesionalidad del Estado se transgrede sistemáticamente.
Solo una visión laicista y respetuosa puede favorecer la correcta resolución de situaciones como esta. Tristemente, una visión así es muy minoritaria en nuestro país.
Breves conclusiones
Para concluir, como ideas básicas podemos destacar: 1) que el respeto a la libertad de conciencia exige respetar que las distintas personas o colectivos puedan sostener paradigmas distintos e incluso incompatibles entre sí; 2) que el diálogo interreligioso e intercultural no tiene por qué consistir en compartir unos mismos ritos religiosos o actos culturales; y 3) que toda la problemática aquí abordada confirma la opción laicista como la más respetuosa con los derechos de conciencia del ser humano.