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Un informe municipal declara que la mezquita de Córdoba no tiene dueño

El secretario del Ayuntamiento dice en un informe que el templo no es de la Iglesia ni de nadie, sino de todo el mundo

Un informe del secretario del Ayuntamiento de Córdoba declara que la mezquita de la ciudad no pertenece a ninguna Administración pública nacional o extranjera, ni a persona física o jurídica como tampoco a autoridad eclesiástica alguna. Por tanto, concluye, nadie puede adquirir su propiedad ni registrar su titularidad, porque este monumento está fuera del alcance del comercio humano, una cláusula recogida ya en el derecho romano para determinados bienes.

El secretario municipal, Valeriano Lavela Pérez, ha emitido este informe porque el grupo del PP pidió comprobar si el Ayuntamiento poseía o alguna vez había poseído algún título de propiedad sobre la mezquita que pudiera invalidar el registro que la Iglesia católica hizo a su nombre de dicho monumento. Nunca ha tenido el Ayuntamiento nada parecido, pero la conclusión del secretario es contraria a la pretensión de la Iglesia y conmina a las autoridades municipales a reclamar en los tribunales la nulidad de la inmatriculación de la mezquita por parte del obispadocordobés hace ahora 10 años.

La mezquita, recuerda Lavela Pérez, goza de una protección especial, no solo por su declaración como patrimonio de la Humanidad por la Unesco en 1984, sino por la declaración en Qatar en 2014 como “bien de valor universal excepcional”, lo que impide, según este funcionario, que pueda ser adquirida por nadie ni pertenecer a nadie, ni siquiera por usucapión, es decir, por haber tenido su posesión durante 10 años. “Tiene mayor rango por razón de su especial naturaleza que cualquier bien normal o tradicional” por lo que se ha encontrado, dice, “y se encontrará siempre fuera del comercio de los hombres”.

No son suficientes, asegura, los documentos que utiliza la Iglesia para demostrar su titularidad, que se remontan a la donación del rey Fernando III al obispo Lope de Fitero en 1236 cuando los cristianos conquistaron la ciudad. Eso ya era entonces, siguiendo las leyes romanas, “nulo de pleno derecho”, dice el informe. Entiende Lavela López que “la consagración religiosa no es un modo de adquirir la propiedad” y cree, más bien, que lo ocurrido en aquel siglo fue una “purificación” para que el monumento pudiera servir al culto católico.

Opina el funcionario que las normas que amparan la inmatriculación de la mezquita son “inconstitucionales” por lo que bastaría con una declaración para anular la supuesta propiedad eclesiástica. La mezquita, dice, tiene un único dueño: “Todos y cada uno de los ciudadanos y ciudadanas del mundo pertenecientes a cualquier tiempo o época sin distinción de pueblos, naciones, culturas o razas”.

En el informe, un profuso documento jurídico e histórico, se recoge el enfado del emperador Carlos I en 1526, cuando vio las obras de la nueva catedral sobre la mezquita, que él mismo había autorizado: “Yo no sabía que era esto, pues no hubiera permitido que se llegase a lo antiguo, porque hacéis lo que puede haber en otras partes y habéis deshecho lo que era singular en el mundo”.

Unos años antes, en 1520, el cabildo catedralicio quiso derribar el famoso bosque de arcos de herradura que adorna el templo a lo que se opusieron las autoridades municipales bajo pena de muerte a quien las tocara. Carlos V permitió, no obstante, construir la catedral, algo que su abuela, Isabel la católica no había consentido.

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