Lavela considera que nadie puede reclamar la titularidad, pero sí la nulidad de la inmatriculación. Un informe de Patrimonio certifica que nunca figuró en el inventario de bienes del Ayuntamiento.
Un bien Patrimonio de la Humanidad como la Mezquita–Catedral, que además está protegido por la Unesco como Bien de Valor Universal Excepcional, no puede ser propiedad de nadie. Por lo tanto, creo que sería factible impugnar por la vía civil la inscripción registral del monumento y reclamar que tal asiento sea declarado nulo de pleno derecho». El secretario general del Pleno del Ayuntamiento de Córdoba, Valeriano Lavela, explicó ayer a este periódico que, en su opinión, lo que está en cuestión no es de quién es el monumento, sino el hecho mismo de que pueda ser propiedad de alguien. Por eso considera que no se puede reclamar la titularidad municipal de la Mezquita–Catedral. En todo caso, se trataría de declarar nula la inmatriculación realizada en el 2006 por la Iglesia.
Lavela, que ayer emitió un informe en el que certifica que el principal monumento de Córdoba nunca ha formado parte del inventario municipal, señala que «eso no significa que el Ayuntamiento no pueda ejercitar acciones frente a la acción registral del mismo». Según el criterio de este jurista, los artículos 40 y 79 de la ley hipotecaria establecen la posibilidad de ir a los tribunales para rectificar los asientos registrales si estos son nulos o inexactos, «y en este caso se podría ir a la vía civil y demostrar que el registrador de la propiedad no podía realizar la inscripción porque no tuvo en cuenta que se trata de un bien universal, por lo que sería nulo de pleno derecho». El secretario municipal, que dijo haber expuesto ya su planteamiento al primer teniente de alcalde, Pedro García, va más allá y añade que la ley hipotecaria dice que «la rectificación del Registro se podrá solicitar por aquel que resulte lesionado por el asiento inexacto» y concluye que cualquier administración, colectivo o institución que se sienta lesionado por tal inscripción registral podría recurrirla ante un tribunal. «Habría elementos para el caso», valoró. Esta opción, hasta ahora inexplorada por las instituciones públicas, abre una nueva vía sobre la propiedad de la Mezquita–Catedral en base a un argumento que solo sería aplicable a este monumento, por su especial protección, y no al resto de inmatriculaciones.
Otras fuentes municipales autorizadas consultadas por este periódico señalaron que, de momento, el informe jurídico reclamado ayer por la alcaldesa a partir de la propuesta de 50 colectivos no ha llegado aún a ninguna conclusión más allá de certificar que la Mezquita–Catedral nunca estuvo en el inventario municipal. En cualquier caso, este hecho no entraría en contradicción con el argumento de Lavela, que sostiene que nunca ha sido propiedad de nadie.