USTEA ha presentado un recurso contencioso administrativo contra las instrucciones de la Consejería de Educación que amplían el horario de Religión a partir del próximo curso. El sindicato ha pedido al TSJA, como medida cautelar, la paralización de dichas instrucciones, dictadas por la Dirección General de Ordenación Educativa y mediante las que se establecen la organización y funcionamiento de los centros que imparten Educación Primaria y Secundaria Obligatoria de cara al curso 2019-2020.
A juicio del sindicato, esa medida del Gobierno andaluz responde “solo a intereses episcopales” y puede generar “influencias devastadoras” en la enseñanza pública.
Como ha recordado USTEA, los obispos andaluces y una asociación de docentes de Religión recurrieron una orden dictada -por un Gobierno socialista- en marzo de 2015 que desarrollaba el currículum de Primaria, incluido el horario de cada materia, también la de Religión. Esa orden daba a los centros la potestad de decidir ese horario, en una horquilla de 45 a 90 minutos semanales. Hasta entonces era una hora y media.
El fallo del TSJA -de 23 de mayo de 2015- no entró en el fondo del asunto, sino que anuló la orden por defecto de forma. Según ha explicado USTEA, en su día no se cumplió con el trámite de audiencia pública previo a la publicación de la norma. Tras ese fallo, el anterior Gobierno andaluz interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que finalmente fue inadmitido. El anterior Ejecutivo ya había preparado para este curso una nueva orden que rebajaba a 45 minutos el tiempo de esa asignatura para todos los centros de Primaria.
USTEA apunta que por “un mero defecto de forma” en la tramitación de la Orden de 17 de marzo, la Consejería se vio obligada a su reformulación.
Pero ahora esta situación se convierte “en la coartada perfecta para, aprovechando que el Pisuerga pasando por Valladolid, mediante unas simples instrucciones acomodar una orden de desarrollo curricular a los intereses episcopales”.
El sindicato alega dos razones:
La primera de ellas es que “en fechas aproximadas a la del fallo del TSJA, el propio Tribunal Supremo dictó otra sentencia por un litigio similar que mantenían las diócesis de Asturias y el Gobierno de aquella comunidad. Y esta sí que es contraria a los intereses de la Iglesia, puesto que reconoce el derecho de la Administración asturiana a regular restrictivamente el horario de religión”.
La segunda es que “existe una legislación básica estatal, la LOMCE, que sigue en vigor y paradójicamente, siendo una ley promulgada por el PP, establece horarios para la asignatura de Religión más restrictivos que la norma andaluza anulada y que rigen actualmente en Ceuta y Melilla, únicos territorios que gestiona el Ministerio de Educación”.
En definitiva, resume USTEA, “nadie obliga al Gobierno andaluz a aumentar el horario de la mencionada asignatura, es una decisión política que puede generar influencias devastadoras para la Enseñanza Pública. Y mucho menos a modificar sustancialmente el resto del curriculum, con prisas y sin acuerdos”.
“Resulta realmente indignante -ha agregado el sindicato- que para esto se den una prisa que en ningún momento les han requerido los tribunales, dotando en algunos cursos de Primaria a la religión, o en su caso a su alternativa, de mayor espacio que a materias curriculares. Pero además, la Administración obvia que estamos ante una reforma curricular, materia que no puede desarrollarse mediante una mera Instrucción, pues las instrucciones y circulares internas sólo pueden justificarse como tales, cuando contienen instrucciones orientativas en el modus operandi funcional y burocrático de la Administración”.
La Junta ha recurrido a instruciones, que tiene rango menor a la que viene a sustituir, recuerda el sindicato
“Un despropósito sin parangón”, ha subrayado USTEA para agregar que “con la excusa de la sentencia, avanzan en una reforma curricular que no ha sido debatida suficientemente y, además, lo hacen mediante una norma de rango inferior a la que viene a sustituir, no atiende las necesidades educativas de los centros, limita y reduce su autonomía pedagógica e incluye modificaciones de calado suficiente para poner en jaque la organización de los centros y la confección de los horarios durante el próximo curso”.
“Aparte de contentar a los obispos es falso que las instrucciones refuercen las áreas instrumentales, como pretende la Administración, a las que no se aportan más que incrementos pírricos, un descenso descomunal de los destinados a la segunda lengua extranjera, la educación para la ciudadanía y la práctica digital y mantiene igual a las Ciencias Naturales, las Ciencias Sociales y las Enseñanzas Artísticas. No ocurre lo mismo con el Inglés, la Educación Física o la Religión que experimentan notables aumentos, hasta del 166 por ciento en el caso de esta última en 4º, 5º y 6º de Primaria. Paralelamente se pierden una o dos horas para las materias de libre configuración autonómica y lo que resulta más llamativo, se reduce a cero el tiempo destinado a la acción tutorial, desmintiendo lo establecido en el punto tercero de las susodichas instrucciones”.