Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

Un tribunal andaluz inflamó la rebelión contra la asignatura

El hijo del presidente de honor del Foro de la Familia emitió el primer fallo que avaló la objeción

Fue durante las últimas elecciones generales, a pocos días de abrirse las urnas. Los jueces de la conocida como sala vaticana del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía lanzaron la bomba. Admitieron que José Joaquín Flores, un niño de Bollullos Par del Condado (Huelva), no asistiera a clase de Educación para la Ciudadanía. Los padres del alumno promovían la objeción de conciencia a esta materia obligatoria.

Era la primera vez que la justicia avalaba en España la rebelión contra la materia implantada por el Gobierno socialista. Y dio armas a las autonomías gobernadas por el PP para dar la batalla. Esperanza Aguirre llamó a la insumisión. Francisco Camps ya había iniciado un sabotaje, aunque luego tuvo que dar marcha atrás.

El trabajo se lo había dejado masticado a la sala (en dos artículos) José Gabaldón, ex vicepresidente del Tribunal Constitucional, presidente de honor de la ultraconservadora asociación Foro de la Familia (principal opositora a la asignatura) y padre del ponente del fallo, Enrique Gabaldón. La sentencia inflamó los ánimos de los objetores y abrió la puerta a otros magistrados el TSJ de la Rioja y jueces de Aragón a alentar la revuelta.

Los argumentos de Gabaldón padre, que el hijo y sus compañeros (los jueces conservadores Victoriano Valpuesta y Eloy Méndez) copiaron en el fallo, recurrían al derecho de libertad religiosa y al derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus convicciones. Los magistrados llegaron a afirmar que "la falta de ley que regula objeción [de conciencia] no constituye un obstáculo" para su ejercicio en cualquier caso.

La Fiscalía, en un demoledor recurso, machacó la sentencia, de escasos cuatro folios y medio. Escribió el Ministerio Público que el fallo adolecía de una "absoluta falta de motivación" y que no aportaba "ningún desarrollo argumentativo" que permitiera estudiar el hilo de su decisión. Citando la misma jurisprudencia que los Gabaldón, llegaba a una conclusión opuesta: "La objeción de conciencia con carácter general no está reconocida ni cabe imaginar que lo estuviera, pues significaría la negación misma de la idea del Estado".

El problema: gays y lesbianas

La sala vaticana reveló en un fallo posterior qué le molestaba. Ante la petición de unos padres asesorados por juristas vinculados al PP de que el tribunal anulase los contenidos de la materia, se limitó a cargarse tres expresiones y una frase de los decretos (66 folios) de la Junta que desarrollan Ciudadanía.

Gabaldón y Valpuesta, esta vez acompañados por Joaquín Sánchez Ugena, consideraron que esas palabras anuladas adoctrinaban sobre lo que llamaron "ideología de género". Entendieron que la regulación de Ciudadanía coloca la expresión "género" en vez de la constitucional "sexo" y definieron así la ideología: "La teoría de que a los seres humanos no nos define como personas el sexo, sino la opción sexual elegida". Las mismas tesis del cardenal Rouco Varela. De ello, se desprende un reproche a la tolerancia de los contenidos de Ciudadanía hacia la homosexualidad. La materia educa en la no discriminación de gays y lesbianas.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share