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Proyecto de ley que declara al “Señor de los Milagros” como Patrono del Perú

En el Peru en el año 1923, un joven desconocido en esos momentos, Víctor Raúl Haya De la Torre, se opuso a la consgración del Corazon de Jesus como patrono del país, ello quería realizarlo el Presidente Augusto B. Leguia…. han pasado 87 años de tan histórico suceso laico, y ahora en el Congreso de la República del Perú, se pretende hacer Patrono del País, al Señor de los Milagros.
 
La nota que se adjunta es del diario limeño "La República" del día lunes 17 de mayo de 2010.
 
José Guzmán E.
Presidente del ILEC del Perú
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Cuidado… Santo patrono: ¿Retrocediendo a 1923 como cuando se quiso consagrar el Perú a la Sagrada Imagen del Corazón de Jesús, y se opuso el joven de ese entonces, Víctor Raúl Haya De la Torre, con un grupo de estudiantes y obreros?

Santo patrono
 
La semana pasada el Poder Ejecutivo presentó un proyecto de Ley al Congreso para declarar a la sagrada imagen del Señor de los Milagros patrono del Perú. Se nota que el gobierno necesita favores santos urgentes.
 
"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"

"Año de la consolidación económica y social del Perú"

Lima,12 de Mayo de 2010

OFICIO N° uo -2010-PR

Señor Doctor

LUIS ALVA CASTRO Presidente del Congreso de la República Presente.­

Nos dirigimos a usted, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1070 de la Constitución Política del Perú, a fin de someter a consideración del Congreso de la República, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, el proyecto de Ley que declara al "Señor de los Milagros" como Patrono del Perú.

Mucho estimaré que se sirva disponer su trámite con el carácter de URGENTE, según lo establecido por el Artículo 105° de la Constitución Política del Perú.

Sin otro particular, hacemos propicia la oportunidad para renovarle los sentimientos de nuestra estima y consideración.

Proyecto de Ley

LEY QUE DECLARA AL "SEÑOR DE LOS MILAGROS" COMO PATRONO DEL PERÚ
http://www2. congreso. gob.pe/Sicr/ TraDocEstProc/ CLProLey2006. nsf
 
Artículo 1°._ Declárase al "Señor de los Milagros" como Patrono del Perú.

Artículo 20 ._ Deróguese toda norma que se oponga a lo dispuesto por la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la Repúbli a para su promulgación.

GARCíA PÉREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA  

JAVIER VELASQUEZ QUESQUEN 

I Consejo de Ministros

EXPOSICION DE MOTIVOS

Durante el mes de octubre de todos los años, una multitudinaria legión de fieles acompañan el recorrido y reciben entre aplausos las andas del milagroso Señor de los Milagros, también denominado Cristo de Pachacamilla o Señor de los Temblores, cuya imagen desde hace más de trescientos años abandona el templo de las Nazarenas con el propósito de recorrer las calles de la ciudad de Lima.

La procesión del Señor de los Milagros es una festividad religiosa profundamente arraigada en el perfil de la identidad de los peruanos, siendo considerada una de las más multitudinarias de todo el orbe, tanto por el inmenso mar humano que alberga como por la sublimidad y grandiosidad espiritual que trae consigo esta mística expresión de fe católica del pueblo limeño.
Pero, a fin de comprender en su real dimensión la festividad del Cristo Moreno, que tiene como eje central la procesión, de manera breve, a contínuación repasaremos un poco de su historia.

Según la tradición, a mitad del siglo XVII, un negro de Angola del cual no se tiene mayor dato, pintó en un muro de adobe la imagen que ahora se guarda en el templo de las Nazarenas. Tiempo después, en el año 1650, al pasar junto a una acequia y basural, don Antonio de León vio la pintura de Jesús crucificado sobre este muro, que era lo único que quedaba de una antigua defensa militar. Años más tarde, en 1655 un fuerte terremoto asoló a la ciudad de Lima; no obstante, el muro quedó en pie y olvidado por todos. Quince atlas después, a pesar de lo húmedo y olvidado que estuvo el mural, seguía en pie con la pintura como si nada hubiese pasado. Sorprendido por este hecho, don Antonio de León dispuso arreglar el lugar, construyó un altar y tuvo que detener su obra por un extraño mal que lo aquejó. Una vez curado de manera milagrosa del mismo, con mayor fervor acudió donde la imagen milagrosa, para honrarla con arpa, cajón y músicos.

En 1671, más de un centenar de personas se reunían para alabar con sus cantos y fiestas al muro donde yacía la imagen del Señor de los Milagros. En vista del tumulto y bullicio producido por la población de aquel entonces, las autoridades dispusieron la destrucción del muro, pero con gran sorpresa vieron que se producían diversos fenómenos que hacían imposible derribarlo. El día 14 de septiembre del mismo año se celebró, por primera vez, la Misa ante el Cristo de Pachacamilla. En estos años, se añadieron las imágenes de la Virgen y San Juan, así como las del Padre Eterno y del Espíritu Santo.

En el mes de octubre de 1687 un maremoto arrasó con el Callao y parte de Lima derribando la capilla edificada en honor del Santo Cristo, sólo quedando en pie la pared con la imagen. Ante aquel acontecimiento decidieron confeccionar una copia al óleo de la imagen y que, por primera vez, saliera en procesión en andas por las calles, siendo don Sebastián de Antuñano el encargado de sacar una réplica de la imagen y junto a devotos congregados en su ermita, que habían buscado refugio, recorrieron las principales calles de Lima. Así, junto con la madre Antonia Lucía del Espíritu Santo, fundadora del Beaterio de las Nazarenas, dan inicio a lo que es considerada la mayor procesión del mundo que congrega a miles de hábito morados.
En 1746, la imagen recorrió las calles limeñas, por segunda vez. Poco después, un grupo de personas se fue sumando y desde entonces aumentó la fe del pueblo en la milagrosa imagen del Cristo de Pachacamilla, que ha ido creciendo hasta convertirla en una de las manifestaciones de religiosidad popular más grandes de Latinoamérica.

Conforme transcurrían los años, la procesión fue establecida para el primer sábado del mes de octubre, el 18 y el 28 del referido mes, asi como el 3 de noviembre, fecha en que se guarda hasta el siguiente año. El 28, día de la fiesta principal, casi un millón de personas acude ante la imagen que, por un lado, muestra al Señor en el Gólgota y, por otro, a la Virgen de la Nube. La hermandad consta de diversas cuadrillas, casi todas ellas encargadas de llevar sobre sus hombros la imagen santa, pero también hay algunas especiales, como la dedicada a los enfermos, a la seguridad, a preparar el anda para la procesión. La imagen que se guarda en el templo de las Nazarenas se encuentra custodiada por las religiosas que reciben el mismo nombre pues, en virtud de una concesión de la Santa Sede, son religiosas de clausura de espiritualidad carmelitana, pero visten el hábito morado y reciben el nombre del Señor a quien cuidan.

Por otra parte, el aporte histórico del culto a la tradicional imagen procesional del Señor de los Milagros a la cultura peruana también resulta significativo e innegable, al ser considerado como símbolo de una legendaria devoción, propiciador de la más imponente manifestación de fe en el mundo, cuyo paso provoca en sus fieles creyentes, una emoción muy profunda que los invade con un sentimiento religioso.

Detrás de la procesión en sí, hay todo un conjunto de elementos desde los hábitos morados con los cordones blancos de los devotos, hasta las figuras de las zahumadoras que son las carismáticas guardianas de la tradición y todo lo que rodea la celebración.

El fervor religioso de los católicos peruanos con sus diferentes manifestaciones como es el caso de la procesión en sí y todo ese mundo que gira a su alrededor, son sin lugar a dudas una inyección de vitalidad en las costumbres y tradiciones de nuestro país.

A ello, cabe considerar que el Instituto Nacional de Cultura -INC, mediante Resolución Directoral Nacional N° 1454/1NC, de fecha 27 de octubre de 2005, declaró como Patrimonio Cultural de la Nación a la "Festividad del Señor de los Milagros" que se celebra en la ciudad de Lima en el mes de octubre de cada año, dada la trascendencia de dicha festividad, su importancia a nivel nacional e internacional, pues además de ser una expresión pura de fervencia religiosa, es una de las muestras mas grandes de fe religiosa y atracción turistica.

En síntesis, el valor histórico de la procesión del Señor de los Milagros así como su significado antropológico y sociológico, deben ser tomados en cuenta por el Congreso de la República de Perú para que la iniciativa legislativa que lo declara como Patrono del Perú, tenga carácter de Ley.

EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL

La aprobación del proyecto de Ley no implicará la modificación ni derogación de ninguna disposición legal.

ANALlSIS COSTO -BENEFICIO

La iniciativa legislativa propuesta no irrogará gasto alguno al Tesoro PÚblico. Muy por el contrario, pretende proteger y promover la difusión de los valores, costumbres y creencias religiosas propias del culto al Señor de los Milagros, permitiendo conocer y preservar las creencias religiosas y manifestaciones del arte popular, ante lo cual el beneficio que se tendrá será inmenso pues se reconocerá a nivel legislativo la importancia del culto al Señor de los Milagros.

Asimismo, la aprobación del presente proyecto de Ley contribuirá a promover la actividad turistica que permite el desarrollo nacional, generando ingresos y divisas para el tesoro público, así como fuentes de trabajo y el desarrollo local.
Atendiendo a ello, dicho propósito sólo se puede conseguir reconociendo legislativamente al Señor de los Milagros como Patrono de nuestro país.

Por último, debe precisarse que la propuesta legislativa no vulnera la libertad de culto, la cual en cuanto manifestación externa de la libertad religiosa, comprende el derecho a mantener lugares de culto y a practicarlo, tanto dentro de recintos como en el exterior, siempre dentro de las limitaciones establecidas por el ordenamiento, sea por norma constitucional o norma legal. En este sentido, es el mismo texto constitucional que en su artículo 500 permite el libre ejercicio en la República de otros cultos además de la religión católica, al indicar textualmente lo siguiente: "(. ..) El Estado respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas".

Fuente: http://www2. congreso. gob.pe/Sicr/ TraDocEstProc/ CLProLey2006. nsf

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