A pesar de que existe abrumadora evidencia de que la Educación Sexual Integral (ESI) beneficia a niños y niñas, y a la sociedad en general, actualmente nos enfrentamos a una renovada oposición para que se imparta de manera obligatoria en las instituciones educativas.

La educación es un proceso de comunicación básica de valores comunes, que prepara para la vida responsable en una sociedad libre a ciudadanas y ciudadanos. Para la concreción de este fin, el Estado tiene la obligación de enseñar determinados contenidos mínimos, como los establecidos en el artículo 14° de la Constitución Política.

Uno de esos contenidos mínimos, que debe impartirse de manera imperativa, es la enseñanza de la Constitución y los derechos humanos; entre ellos, el derecho a la educación sexual integral, contenido en el artículo 6° de la Constitución Política y otras normas de desarrollo, cuyo propósito es dotar a las niñas, niños y jóvenes, para entablar relaciones basadas en el respeto, analizar cómo sus decisiones afectan su propio bienestar y el de otras personas, y, comprender cómo proteger sus derechos a lo largo de su vida y velar por ellos. En ese sentido, tiene un fuerte valor preventivo y anticipatorio de las situaciones.

Asimismo, el artículo 5 de la Convención de los Derechos del Niño señala que los Estados parte respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres, de los tutores u otras personas encargadas legalmente del niño, de impartirle, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño ejerza los derechos reconocidos en la presente Convención. Es decir, que la orientación de los progenitores no significa que deba o pueda ejercerse para lo que ellos quieran o crean conveniente, sino para maximizar el goce de los derechos reconocidos en la Convención, como el derecho a la educación, información, libertad de expresión, libertad de conciencia.

En ese sentido, la Educacion Sexual Integral, cuya base son las evidencias y los datos científicos, no podría dejar de enseñarse en las instituciones educativas y, según lo propone el Proyecto de Ley 7579/2023-CR, dejar a las madres y los padres de familia que se encarguen de esta gran responsabilidad Imaginemos que, efectivamente, en algunos hogares así lo hiciesen; el resultado sería, entonces, niñas y niños doblemente informados. Pero ¿qué sucedería si en algunos otros hogares no se impartiera Educación Sexual Integral y el Estado hubiera renunciado a esta obligación? Las niñas y los niños quedarían desprotegidas y desprotegidos, y probablemente a merced de información errónea a través del grupo de pares, sitios web o revistas no científicas.  Si, por el contrario, el Estado persistiera en su obligación, niñas y niños estarían cubiertos con la ESI que recibieron en la institución educativa y tendrían una información mínima para una vida responsable y segura.Merece la pena insistir en que la educación sexual en las escuelas es un complemento y no un sustituto de lo que pueden compartir los padres y las madres en el hogar. Sin embargo, es un tema que no se puede dejar completamente en manos de las familias. ¿En qué otro campo científico delegaríamos la educación de nuestros hijos e hijas a Internet o a las familias de forma exclusiva?

*Jennie Dador – Secretaria Ejecutiva de la  Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

Fuentes:

Artículo 29 inciso d) de la Convención de los Derechos del Niño.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Exp. N.º 4232-2004-AA/TC. FJ 12. Disponible en: http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2006/04232-2004-AA.html

UNESCO. ¿Por qué es importante la educación integral en sexualidad? 15 de febrero de 2018. En: https://es.unesco.org/news/que-es-importante-educacion-integral-sexualidad

https://www.coe.int/es/web/commissioner/-/comprehensive-sexuality-education-protects-children-and-helps-build-a-safer-inclusive-society