Resumen: El conflicto entre el derecho de autoorganización de las asociaciones religiosas y el ejercicio del derecho a la libertad religiosa ha sido resuelto por el Tribunal Supremo atendiendo al criterio de posición dominante. Pero más allá de dicho debate y de la citada resolución del alto tribunal, pendiente del Recurso de Amparo anunciado por la demandante/recurrente en casación, se examina este conflicto a la luz de la Ley 15/2022 de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. Se trata de analizar si el nuevo enfoque de las teorías de género repercute en la perspectiva desde la que se deba estudiar la organización de las asociaciones privadas de naturaleza religiosa, así como las posibles discriminaciones arbitrarias.
FEREDE: “Hay Registros Civiles que siguen desconociendo el procedimiento para la celebración del Matrimonio Evangélico”
La Federación Evangélica constata el desconocimiento que persiste aún en algunos Registros Civiles sobre el procedimiento. Denuncia extralimitaciones…