La audiencia Nacional ha aceptado la personación de la cofradía de esta virgen como codemandada y le da un plazo de 20 días para presentar las alegaciones a nuestra demanda, dándole traslado de todo el expediente.
Aunque esto es totalmente legal y así lo establece el artº 49.3 de la LJ que dice:
“3. Recibido el expediente, el Secretario judicial, a la vista del resultado de las actuaciones administrativas y del contenido del escrito de interposición y documentos anejos, comprobará que se han efectuado las debidas notificaciones para emplazamiento y, si advirtiere que son incompletas, ordenará a la Administración que se practiquen las necesarias para asegurar la defensa de los interesados que sean identificables”.
No es habitual esto se realice un año después de presentada la demanda.
AUDIENCIA NACIONAL
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN: 005
N40040 DILIGENCIA ORDENACION TEXTO LIBRE ART 206.2 1º LEC
C/ GOYA 14
91400 72 98/99/7300
Número de Identificación Único: 28079 29 3 2014 0000654
Procedimiento: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000204 /2014
Proc. de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000041 /2014
Sobre: OTROS
De D./Dña. EUROPA LAICA
Letrado:
Procurador Sr./a. D./Dña. MARIA DEL PILAR SEGURA SANAGUSTIN
Contra: MINISTERIO DEL INTERIOR, COFRADIA DE CULTO Y PROCESION DE NUESTRO PADRE JESUS “EL RICO” Y Mª. SANTISIMA D
ABOGADO DEL ESTADO
CODEMANDADO: COFRADIA DE CULTO Y PROCESION DE NUESTRO PADRE JESUS “EL RICO” Y Mª. SANTISIMA D
PROCURADOR: JOSE ANDRES PERALTA DE LA TORRE
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
SECRETARIO/A JUDICIAL SR./A: ELENA OCA DE ZAYAS
En MADRID, a catorce de Abril de dos mil quince.
Únase al procedimiento de su razón escrito del Procurador D. JOSÉ ANDRÉS PERALTA DE LA TORRE junto con copia del Poder, y visto su contenido se tiene por personada a la codemandada COFRADÍA DE CULTO Y PROCESION DE NUESTRO PADRE JESUS “EL RICO” Y MARIA SANTISIMA DEL AMOR y acuerdo:
– Dar traslado a la parte codemandada de la demanda de la parte recurrente y la contestación del Abogado del Estado, y el expediente administrativo, que se enviará con la notificación por lexnet, para que las contesten en plazo de VEINTE DÍAS y presenten en su caso, los documentos en que directamente funde su derecho.
MODO DE IMPUGNACIÓN:
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de CINCO DÍAS, a contar desde el siguiente al de su notificación.
LA SECRETARIA JUDICIAL