SUPLICO AL JUZGADO, que habiendo por presentado este escrito y los documentos que con él se acompañan, se sirva admitirlo teniendo por FORMALIZADA en tiempo y forma DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA, y tras los trámites legales oportunos, dicte sentencia por la que, estimando íntegramente la pretensión de esta parte, revoque el Decreto de Alcaldía de 16 de junio de 2009 recurrido en el sentido de
1º.- Declarar nulos y contrarios a Derecho los actos de ejecución del artículo 8.1.a) en relación con el artículo 13.1 del Reglamento de Protocolo, Ceremonial, Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Zaragoza, a cuyo efecto las distintas apariciones de la Corporación municipal en los actos que enumera el artº 8.1.a) han de reputarse como un solo acto continuado que tiene lugar siempre periódicamente en fechas predeterminadas[U1], condenado a la Administración demandada a que cese en su asistencia a tales actos.
2º.- Revocar la resolución de la Alcaldía de 4 de marzo de 2009 declarando contraria a Derecho la presencia de un Crucifijo en el salón de Plenos del Ayuntamiento, así como de cualesquiera otro símbolos religiosos que se exhiban en dependencias y centros municipales de Zaragoza, condenando a la Administración demandada a que los retire.
Ver la demanda y posterior recurso completa en el archivo adjunto.
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