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Los Acuerdos de la discordia

La ley Wert hace estallar otra disputa por los pactos firmados en los setenta con el Vaticano Los obispos reciben privilegios que no otorga la Constitución y perpetúan el concordato de 1953

La primera cosecha del llamado Año de la Fe y de la Nueva Evangelización, lanzado la Navidad pasada por el cardenal Antonio María Rouco, ha llegado antes de que maduren las cerezas en el valle del Jerte. Es la polémica ley Wert de reforma del sistema educativo, que prevé elevar la enseñanza del catolicismo a la misma categoría académica que las Matemáticas. Los obispos llevaban 30 años clamando por esa reforma y denunciando el incumplimiento de los Acuerdos firmados el siglo pasado entre España y el Estado de la Santa Sede. Por fin, tienen lo que pedían, y con creces, de la mano del proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), aprobado ya en Consejo de Ministros. Antes, representantes del episcopado español han celebrado reuniones con el Gobierno para exponer sus exigencias, como si se creyeran en poder de una función colegisladora en virtud de estos Acuerdos. Paralelamente, se han alzado protestas por el nuevo sistema, también en el mundo católico y entre las otras confesiones. Sobresale la promesa del líder del PSOE, Alfredo Pérez Rubalcaba, de que los socialistas “denunciarán” los Acuerdos con la Santa Sede cuando regresen al poder.

Hay varios puntos de confusión en esta disputa religiosa, que vuelve de vez en cuando, como si por España no pasaran los años. En primer lugar, es la Conferencia Episcopal Española, y no el Vaticano, quien negocia con el Ministerio de Educación, en una supuesta representación de un Estado extranjero, por minúsculo o ficticio que sea este. Cuando Pérez Rubalcaba y los obispos apelan a los Acuerdos, se refieren a lo negociado en 1976 y 1979 entre el Gobierno de Adolfo Suárez y el Estado vaticano, con Pablo VI como pontífice. Se firmaron en Roma el 28 de julio de 1976 (el primero) y el 3 de enero de 1979 los otros cuatro, por el entonces ministro de Exteriores, Marcelino Oreja, propagandista católico confeso, y el secretario de Estado del Papa, el cardenal francés Giovanni Villot. El primer acuerdo adjudica al Rey el nombramiento del vicario castrense con graduación de general de División y gran parafernalia de asistentes uniformados. Los otros cuatro mantienen incontables privilegios del franquismo en asuntos jurídicos, económicos y en la enseñanza, además de regular la asistencia católica a las Fuerzas Armadas y el servicio militar de los clérigos.

Cristianos de Base piden a Rajoy que se deje de privilegiar a la Iglesia

Lo que se hizo entonces fue reformar (que no derogar) el Concordato nacionalcatólico de 1953. Los cinco acuerdos se han considerado siempre de dudosa constitucionalidad. En todo caso, el primero es preconstitucional (el de 1976), y los demás orillaron la Carta Magna al cerrarse antes de culminar la redacción de la Constitución de 1978 y, por tanto, sin conocer lo que iba a regularse en la misma. ¿Por qué cinco Acuerdos, y no un Concordato, como en siglos pasados? Muerto Franco, la palabra concordato estaba manchada de sangre y oprobio, tras los firmados por El Vaticano con dictadores como Hitler, Mussolini y el mismo dictador español. Además, se pensó entonces que, ante futuros cambios de la sociedad, serían más fáciles revisiones por separado, sin poner en discusión todo el sistema.

A efectos de una futura reforma e incluso para juzgar la regulación de las relaciones con la Iglesia romana en temas de dinero o de enseñanza, la Constitución de 1978 no rema en favor de los obispos. Eso demuestra hasta qué punto los Acuerdos se negociaron en Roma por el ministro Oreja sin saber cómo iba a quedar la Constitución Española o, si lo sabía, para precipitar unos pactos que con el texto constitucional consensuado por los partidos eran de dudosa viabilidad.

En cambio, el debate sobre la constitucionalidad está condenado al fracaso por aburrimiento de las partes. Hay un argumento para acallarlo: nadie ha presentado en 34 años recurso contra el fondo de los Acuerdos ante el Tribunal Constitucional. Un experto tan destacado como Gregorio Cámara Villar, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada, subraya “la complejidad del tema” y ese cansancio. Prefiere fijarse en el desarrollo de los Acuerdos “con la Santa Sede” que están imponiendo los obispos en la LOMCE.

Sostiene el profesor Cámara: “Si la necesidad económica, la capacidad y el mérito del rendimiento académico explican la existencia de becas, cuyo carácter es socialmente compensatorio, es incomprensible que los resultados de una enseñanza confesional catequética y dogmática con programa y profesorado dependiente de la confesión respectiva, cuenten para medir tanto el rendimiento académico como cuando se accede o no a aquellas becas. Tampoco se prevé en los Acuerdos el carácter necesariamente evaluable de la asignatura de Religión. El Ministerio de Educación confirmó tras el paso de la ley Wert por el Consejo de Ministros que su nota volverá a contar como la de cualquier otra materia, incluso, para hacer media en el expediente para obtener becas, algo que no ocurría desde 1990. De momento, es un cambio que no está en el texto de la ley. De materializarse —ahora el Gobierno dice que está por decidir—, debería hacerse en decretos de desarrollo posteriores.

“La educación en valores cívicos no puede sustituirse por la religiosa”

“Esta medida supondrá, si se aprueba así la ley, plegarse por completo a las presiones de los obispos para reforzarla en su designio evangelizador. Es muy penoso que tengamos que estar todavía recordando lo obvio: un Estado democrático y laico respetuoso del pluralismo no debe promover ni incentivar las enseñanzas religiosas sino que ha de mantenerse neutral ante la concurrencia en la sociedad de ideas, doctrinas y religiones”.

Partiendo de la supresión de la materia Educación para la ciudadanía y los derechos humanos, Cámara Villar opina sobre “la alternatividad religión/ Educación en valores”. Dice: “Pese a que se introduce el matiz tramposo de que quien quiera puede estudiar las dos asignaturas optativas, algo inverosímil, se está desvirtuando la Constitución porque la educación en valores cívicos, que nace de los fines de la educación concretados en el artículo 27.2 de la Constitución, no puede ser sustituida por la educación religiosa. Los alumnos que realizasen esta única opción por la religión no serían formados en valores sociales y éticos comunes. La educación en valores debe ser obligatoria para todos en tanto que ciudadanos en formación, no una alternativa a la religión, cuya naturaleza es obviamente particular”.

El artículo 16 de la Constitución, “garantiza” la libertad ideológica, religiosa y de culto. Afirma que “ninguna confesión tendrá carácter estatal”. Dice también que “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

Algunos obispos exigieron en 1978 que la Constitución debía citar a Dios, no solo a la Iglesia católica. Los constituyentes se resistieron. Pero sí citan a la Iglesia católica, con una tesis episcopal que no dice la verdad. Escribió entonces el arzobispo de Zaragoza y futuro presidente del episcopado, Elías Yanes: “No tendría sentido que en nuestra Constitución se mencionaran expresamente los partidos políticos, los sindicatos o cualquier otro tipo de asociaciones, y que se desconociera a la Iglesia católica, con la que el diálogo es ineludible”. De sobra sabía ya que en la Constitución no se cita a ningún partido por su nombre (habría sido un escándalo), ni a sindicato alguno.

Los obispos llevaban 30 años clamando por ese mayor peso para el catolicismo

Los obispos pretendían con aquellas campañas contra el borrador de la Constitución calentar el ambiente de la negociación de los Acuerdos, que se llevaba en silencio (en realidad, en secreto), en Roma, lejos de filtraciones. Tenían motivos para ser discretos. Cuando se desveló el contenido de lo firmado, más de 250 católicos, la mayoría teólogos y sacerdotes, se concentraron ante la nunciatura apostólica en Madrid (que es como se llama la embajada del Vaticano) para protestar por la sola existencia de tales acuerdos. Afirma el teólogo Juan José Tamayo, que estaba entre los manifestantes: “Eran unos acuerdos que venían negociándose desde mucho antes de la Constitución y seguían siendo un Concordato encubierto que, amparándose en la confesionalidad encubierta del artículo 16.3, llena de privilegios a la Iglesia católica”.

Los incontables privilegios del catolicismo romano en España también molestan al colectivo Cristianos de Base, que agrupa a cientos de comunidades y parroquias, y a Redes Cristianas y la Asociación de Teólogos y Teólogas Juan XXIIII. El disgusto lo plasman en una carta al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, pidiendo que denuncie los Acuerdos porque “consagran para la Iglesia católica numerosos privilegios y lastran de forma grave el genuino sentido del cristianismo”.

También están en contra las confesiones con notorio arraigo (protestantes, judíos, musulmanes, budistas, etc.). Esto afirma la Alianza Evangélica: “La enseñanza religiosa es un derecho y deber de los padres, que pueden compartir con la institución confesional que consideren más adecuada: parroquia, mezquita, sinagoga, iglesia o el lugar que considere más idóneo. Es básico el principio de la aconfesionalidad del Estado. De acuerdo con este principio de separación entre el Estado y las diferentes confesiones, la escuela pública no debería impartir ningún tipo de enseñanza confesional. Sin embargo, mientras se permita hacerlo a la Iglesia católica, se debe ofrecer impartirla a las demás confesiones. Dicho esto, consideramos un retroceso convertir la enseñanza religiosa confesional en evaluable”.

Más radical, Europa Laica ofrece un estudio detallado de la situación, con severas críticas a la actitud de los partidos, sobre todo al PSOE. Afirma su presidente, Francisco Delgado: “Siempre me ha extrañado que se dé por supuesto que son los artículos 16.3 y 27.3 de la Constitución el punto de partida de los privilegios que otorgan los Acuerdos a la Iglesia católica. No hay nada en esos artículos que obligue a los Gobiernos ni siquiera a la existencia de los Acuerdos, mucho menos a pagar los salarios de obispos, sacerdotes y capellanes y el sueldo de los profesores de religión, y mucho menos a financiar la enseñanza católica. Eso estaba en el Concordato de 1953, no está en la Constitución de 1978. Es urgente acabar con tales anomalías democráticas”.

La Alianza Evangélica pide un trato idéntico para su confesión

Afirma el otro artículo de la Constitución que se refiere a la libertad religiosa y de conciencia, el 27.3: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. Nada se dice sobre que ese derecho debe atenderse en las escuelas y, mucho menos, que los alumnos que no escojan religión deben estudiar una asignatura alternativa igualmente obligatoria.

También la asignatura alternativa a la religión ha sido motivo de polémica. Por ejemplo, la jerarquía católica recurrió ante el Tribunal Supremo un decreto del Gobierno de Felipe González creando una alternativa casi de entretenimiento, como el juego del parchís (dijo José María Aznar, líder entonces de la oposición). La tesis episcopal es que una alternativa “fácil” dejaría sus clases doctrinales sin alumnos. Pero tampoco ha sido posible una asignatura “seria”. Las razones del Supremo fueron que se vulneraba el principio de igualdad: mientras quienes, libre y voluntariamente, y ejerciendo su derecho a la libertad religiosa, empleaban su tiempo en instruirse en los dogmas católicos, quienes no lo deseaban empleaban obligatoriamente su tiempo en estudiar. Por tanto, estudiaban más que quienes asistían a clase de religión. “Eso les llevaría a aprender más y, por lo mismo, a obtener mejores calificaciones. Se trataba de una intolerable discriminación. No se podía consentir que quienes no deseasen estudiar religión empleasen libremente su tiempo, pero menos aún podía tolerarse que dedicaran esa hora a estudiar”, escribió entonces en EL PAÍS, con ironía, el catedrático de Derecho Constitucional, Joaquín García Morillo.

La LOMCE vuelve sobre aquel camino ya desechado, e intenta salvarlo con la idea de que los alumnos pueden estudiar las dos asignaturas —religión y valores cívicos— a la vez ¡y a la misma hora! Lo ha dicho en voz alta el ministro de Educación, aunque no consta en el proyecto de ley.

La sociedad perfecta se tambalea

En cien años, España ha pasado de ser la nación más católica del mundo a un país devastado por los jabalíes del laicismo y el relativismo. Así lo cree el Vaticano y lo predica el cardenal Rouco. “España, un país de misión”, sostiene el prelado. Ha llamado a la Conferencia Episcopal a movilizarse para la reconquista. Es el reconocimiento de un fracaso. Los obispos tienen en las escuelas a decenas de miles de profesores de catolicismo pagados por el Estado, pero dicen que los chicos no saben nada de religión. “Más de la mitad ignora quién es Jesucristo”, afirma el obispo de San Sebastián, Munilla. Todo ello, pese a siglos de poder sobre la enseñanza.

El Concordato de 1953 se publicó en el BOE con este encabezamiento: “En el nombre de la Santísima Trinidad”. El Estado franquista reconocía “a la Iglesia católica el carácter de sociedad perfecta” y ponía a su disposición los medios para “asegurar el sostenimiento del culto y la congrua sustentación del clero”. Carrero Blanco le hizo las cuentas en 1973 al cardenal Tarancón (300.000 millones de pesetas) para afearle que, oportunista, abandonase al régimen a su suerte cuando el dictador estaba a punto de morir.

Son los antecedentes de los Acuerdos de 1976 y 1979. Por mucho que se solapen el Vaticano y la Conferencia Episcopal en las negociaciones con el Gobierno, los asuntos que regulan son una cuestión española. Sus incontables privilegios se pagan con el dinero de los españoles, sean católicos, budistas, judíos o ateos. El católico no paga ni un euro más de impuestos que el resto de los contribuyentes. Es tan claro que hasta lo dice la propaganda episcopal. “Ni pagas más, ni te devuelven menos”, proclama uno de sus anuncios. Suele insistir el portavoz de Rouco, el jesuita Martínez Camino, que la Iglesia no está en la Ley de Presupuestos. Está tantas veces que aburre contarlas. Figura incluso en el Acuerdo económico de 1979. Dice el artículo II.4: “En tanto no se aplique un nuevo sistema, el Estado consignará en sus Presupuestos la adecuada dotación a la Iglesia católica, actualizada anualmente”. Este año, la Ley de Presupuestos fija esa cantidad en 247 millones, que Hacienda ingresa por meses en una cuenta de la Conferencia Episcopal, de donde los obispos cobran su salario y pagan el de los sacerdotes, como probos funcionarios.

Uno de los incumplimientos más evidentes de los Acuerdos de 1979 se refiere a la financiación, que en 30 años ha sufrido varios avatares. Entre la inicial “dotación” (dote) hasta la “asignación” actual (señal con cruz en el IRPF), se alza un artículo que suena como un trallazo a la realidad. Es el II.5: “La Iglesia católica declara su propósito de lograr por sí misma recursos suficientes para la atención de sus necesidades”. Lejos de hacer cumplir el compromiso de autofinanciarse, firmado por el Vaticano en 1979, el Gobierno Zapatero liberó a los obispos (pero no a Roma) de esa carga y, además, incrementó un 37% el porcentaje de dote estatal.

Aula con crucifijo Burgos

Un crucifijo preside una clase en un colegio de Burgos. / CÉSAR MANSO (AFP)

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