Laico. (Laicidad. Laicismo. Acción laicista)
El término “laico” (del griego λα?κ?ς, laikós – “alguien del pueblo”, de la raíz λα?ς, laós – “pueblo”)
En la historia del laicismo, esta acepción se utilizó primero para expresar el concepto de estado aconfesional separado de la Iglesia. El Estado laico es aconfesional separado de las religiones, plena y exclusivamente civil.
El estado democrático es tal no por la elección o votación popular, sino por el respeto a los derechos humanos universales. Entre ellos la protección de la Igualdad y la Libertad de Conciencia de los individuos.
En el movimiento laicista de Europa Laica el concepto más avanzado de laicidad es de referencia a la libertad de conciencia; y para ello propugna la constitución y funcionamiento del Estado Laico como tal.
Este adjetivo "laico" se viene utilizando de forma poco apropiada en expresiones tales como: "los laicos" (o personas laicas), "manifestaciones laicas", "virtudes laicas", sociedad laica, ética laica…; pero sólo es aplicable con propiedad al Estado Laico; y, si acaso, a sus Instituciones, como la Escuela Pública, o las Leyes.
No hay personas laicas, sino laicistas.
No hay ética laica sino humanista o racional.
La sociedad no es laica. La sociedad es un mosaico de individuos y de comunidades diferentes en sus creencias, y convicciones, que pueden ser confesionales o no; unos y otras como particulares.
Un calendario sin festividades religiosas no será laico, será civil, o si se quiere hacer referencia especial a esa característica, será "secularizado".
Etc.