“Un poder público libre de cualquier sumisión a un credo y capaz, por eso mismo, de unir a los hombres más allá de sus diferencias, tal es el ideal del laicismo" Henri Peña
Con treinta y tantos votos en contra, el Senado aprobó las reformas al Artículo 24 constitucional, relativas al carácter laico del Estado mexicano. Un día antes (martes 27 de marzo), los reconocidos abogados y catedráticos Enrique Aguilar Pérez y Sergio Alberto Campos Chacón, estuvieron en Radio Universidad, en la sesión del Programa Tolerancia Ciudadana-Enriqueciendo el Pensamiento, del cual somos conductores; durante la cual dialogaron en torno al laicismo de manera muy clara, puntual, científica e histórica. Sobre todo, con una sencillez didáctica, entendible para todo auditorio o escucha.
Siguiendo con esa interesante y motivadora lección de historia y civismo dictada por los citados chihuahuenses profesionales del Derecho, y considerando que no es por demás ampliar las ideas con respecto a la laicidad del Estado moderno; esencialmente, cuando el LAICISMO en México, está en entredicho, a punto de hipotecarse. En momentos en que quienes debieran ser sus más leales defensores (caso priistas), defeccionan de sus preceptos y/o principios que le dieron origen. En ese marco, empecemos por plantear las siguientes interrogantes: ¿Tiene uno el derecho de ser ateo, agnóstico, o protestante, o de cualquier otro credo, cuando el clero católico –que no la religión católica– se apodera de la res pública? ¿Puede un ciudadano estadounidense ateo reconocerse en el juramento del presidente de USA sobre la Biblia? ¿Puede un católico o un libre pensador sentir para sí mismo una igualdad en el carácter de las convicciones o credos si la religión protestante, erigida en religión oficial en los países anglicanos, es impuesta como referencia al conjunto del cuerpo social? ¿Es libre un musulmán partidario del Islam ilustrado, de expresarse donde el fundamentalismo integrista ha tomado el poder? ¿Puede un judío ateo disponer según se le antoje de su vida privada si unos rabinos ultraortodoxos imponen a la esfera pública una tutela del derecho, de la escuela y de la memoria colectiva?
Antes de darle algunos elementos para fundamentar mejor las respuestas –si desea hacerlas– a las enlistadas preguntas, puede adelantarse que, de hecho, se nota algo que parece ser una tendencia bastante fuerte: donde una religión dominante espiritualmente domina oficialmente, las otras religiones y, más generalmente, las otras representaciones de lo espiritual, son reprimidas en diferentes formas y grados. Por lo que, la existencia y presencia de la laicidad segura a todas las religiones una libertad y una igualdad tanto más real cuanto que ninguna de ellas puede, en adelante, poseer los atributos de la dominación terrenal y temporal comunes.
Según Henri Pena Ruiz, filósofo, profesor e investigador universitario francés, autor de la obra: LA LAICIDAD (Editorial Siglo XXI) base de la presente modesta colaboración; el origen etimológico de la palabra laicidad es muy instructivo. El término griego laos designa la unidad de una población, considerada como un todo indivisible. El hombre (el ser humano) laico es el hombre (ser humano) del pueblo a quien ninguna prerrogativa distingue ni eleva por encima de los demás, ni el papel de director de conciencia ni el poder para decir e imponer lo que conviene creer. La unidad del laos es así, un principio de igualdad. Y esta IGUALDAD se basa en la LIBERTAD de CONCIENCIA, reconocida como primaria.
De tal manera pues, en un contexto moderno, y para simplificar, se podría decir que la convicción propia de unos –sea de naturaleza religiosa u otra— no puede ni debe imponerse a todos. Así, la unidad de referencia del laos no tiene otro fundamento que la igualdad de las convicciones de sus miembros, impide que una confesión particular se vuelva una norma general y se constituya en la base de un poder sobre la totalidad de la población.
Es más: la laicidad afirma la UNIDAD DEL PUEBLO basándose en la libertad e igualdad de los hombres y mujeres que lo componen. La libertad en juego, es preeminentemente la libertad de conciencia, la cual no está o no debe estar sometida a ningún credo obligado o impuesto. Ateos, agnósticos, monoteístas, politeístas, libre pensadores, místicos… deben convencerse de que LAICA es la comunidad política, en la cual todos se reconocen y cuya opción espiritual-religiosa sigue siendo asunto privado.
Es menester entonces, dejar bien claro que el ideal laico, no entra en contradicción ninguna con las religiones como tales, sino como la voluntad de dominio que caracteriza su derivación clerical, transformación política y social del proselitismo religioso. Por lo que se impone establecer claramente la diferencia existente entre el grupo clerical y la Iglesia o la “verdadera religión”. En ese sentido, el laicismo, al contrario del clericalismo, da sentido simultáneamente a la DEMOCRACIA y a la autonomía de juicio: soberanía popular y soberanía individual son recíprocas desde el momento en que nada se interpone entre la voluntad general y el ciudadano dueño de sus pensamientos.
En ese orden de ideas, asentaríamos entonces, que un católico, un bautista, un metodista, un testigo de Jehová, un presbiteriano, un adventista, un pentecostés, un… pueden muy bien convivir y coexistir en paz con la condición de que la opción espiritual-religiosa de cada uno se mantenga como asunto privado; es decir, que no pretenda regir la vida y res pública. De modo que se excluya la postura del FANATISMO y de la INTOLERANCIA.