Las primeras sentencias sobre la polémica asignatura dictaminan que no vulnera la libertad ideológica
Un tribunal ha sentenciado por primera vez sobre la polémica objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía. Esta objeción ha sido promovida por asociaciones próximas al PP como el Foro de la Familia, los obispos o la confederación de padres Concapa. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha respondido a los recursos de siete familias con siete sentencias en el mismo sentido, en las que afirma que el contenido de la asignatura recogido en la Ley Orgánica de Universidades (LOE), aprobada en 2006, "no puede suscitar duda alguna sobre su constitucionalidad", así como que "no cabe impugnar" esta asignatura "por considerarla contraria al derecho a la libertad religiosa".
El tribunal desestima así la petición de esas familias (sólo en esta comunidad se han presentado 24 recursos y otros tantos en Andalucía, Cataluña o Castilla La-Mancha) para que se les reconociera el derecho objetar a esta materia. Esos padres alegaban que la materia lesiona su libertad de conciencia y el derecho para formar a sus hijos según sus convicciones morales. Pero las sentencias lo rechazan. Establecen que la asignatura no vulnera derechos fundamentales y explican que "no existe un derecho constitucionalmente protegido a la objeción de conciencia superior a un deber impuesto normativamente", como ocurre en el caso de Educación para la Ciudadanía, ya que es una materia obligatoria por ley. Y, además, reiteran que de ser así se correría el "riesgo de relativizar los mandatos legales".
Este tribunal había decidido en diciembre suspender de forma cautelar la obligación de cursar la asignatura para los hijos de las familias que habían recurrido, como ha ocurrido en otras comunidades con casos similares. Dichos alumnos deben ahora volver a la clases.
El consejero de Educación de Asturias, José Luis Iglesias Riopedre, recordó la autonomía de los centros para adaptar los contenidos del programa y la libertad de cátedra de los profesores, algo a lo que hacen mención también estas sentencias. Iglesias Riopedre advirtió de que el reconocimiento del derecho de objeción de conciencia en materia educativa, "no tiene precedentes" y que, de consolidarse, "abriría las puertas a otro tipo de situaciones". "Una familia que no crea en la evolución y defienda el creacionismo podría impedir que sus hijos estudien Ciencias Naturales", señaló.