La jueza María Fernanda Figueroa considera que el chiste del humorista, que ironizó sobre «la quema de iglesias», se enmarca dentro de la libertad de expresión.
Archivada la causa contra Facu Díaz por su tuit de humor negro, publicado el 30 de diciembre de 2013, que señalaba: «Quemar iglesias me parece una barbaridad si no hay nadie dentro». La jueza de Primera Instancia del Juzgado número 5 de Blanes, María Fernanda Figueroa, considera que este chiste se enmarca dentro de la libertad de expresión y no supone ninguna incitación «al odio» ni «a la realización del acto de quemar iglesias».
La jueza argumenta que la «libertad de expresión no se limita a la que pudiera calificarse de ‘cortesana’, aún cuando la misma sea desabrida y pueda molestar» y desestima, de esta manera, la denuncia de la propia Fiscalia que consideraba que el chiste de Facu Díaz podría ser constitutivo de un delito «del «artículo 510 del Código Penal por provocación al odio, la violencia y la discriminación» contra «las personas que profesan la religión católica».
La denuncia de la Fiscalía se produjo después de recibir del presidente del Partido Popular de Palafolls (Barcelona) un escrito que recogía varios mensajes del humorista en las redes sociales y en el que destacaba que, a su juicio, el humor del director de Tuerka News ponía en «peligro la paz social del municipio» e «incitaba a la violencia contra los católicos».
La magistrada, por contra, ha rechazado estos argumentos y ha esgrimido que el tuit «no refiere a priori ninguna incitación, sino que es una expresión» que, según la opinión de la jueza, «no incita al odio ni a la realización del acto de quemar iglesias». Asimismo, la jueza señala que el tuit se produjo en 2013 y que en ese momento el Código Penal exigía la «provocación» para que pudiera ser considerado como delito y que es ya en la reforma de 2015, ejecutado por el Partido Popular, cuando se suman las conductas como «fomentar, promover o incitar» para que se pueda considerar que se ha producido un acto delictivo.
Destaca especialmente que el Juzgado de Instrucción, a petición de la Fiscalía, haya solicitado al Departamento de Justicia de EEUU que identifique a Facu Díaz entregando sus datos de «alta y suscripción» en Twitter y que la Justicia de Estados Unidos se haya negado alegando que «la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos establece una amplia libertad de expresión» y «prohíbe su persecución penal» [Más información].
La resolución judicial de sobreseimiento de la causa se produjo el pasado 30 de junio y, según fuentes jurídicas consultadas por este medio, la Fiscalía no ha presentado ningún recurso hasta la presente fecha por lo que, de confirmarse este extremo, el auto de la jueza sería firme y no cabría recurso alguno.
El archivo de esta causa supone la tercera ocasión en la que el director de Tuerka News ha sido imputado por la Justicia y/o ha tenido que declarar ante un juez o ante la Policía por mensajes en las redes sociales o por un sketch dentro del espacio de humor Tuerka News, que emite Público TV. Todas las causas abiertas contra él han sido archivadas.
«Ha imperado la cordura, pero es la tercera vez que paso por un proceso de este tipo, espero que a partir de ahora me dejen en paz. Lo alarmante de este caso es que la denuncia venga de la propia Fiscalía y de la Brigada de Información de la Policía. Debemos estar tranquilos, parece ser que la nuestra fuerzas de seguridad tienen tiempo libre», ha declarado Facu Díaz a Público tras conocer el archivo de la denuncia interpuesta contra él por la Fiscalía.
Cerco a la libertad de expresión
El archivo de la causa judicial abierta contra Facu Díaz coincide en el tiempo con la reapertura del juicio contra el concejal de Ahora Madrid, Guillermo Zapata, por tuitear un chiste de humor negro entrecomillado y en el contexto de un debate sobre los límites del humor y el mismo día en el que el cantante de Def con Dos, César Strawberry, declara ante la Audiencia Nacional por el contenido de varios tuits por los que le acusan de un presunto delito continuado de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas.
En este sentido, el abogado Juan Moreno destaca la importancia del archivo de la causa abierta contra Facu Díaz y señala que en los dos casos anteriores «también procede la sentencia absolutoria» ya que se trata de mensajes que entran dentro «de la libertad de expresión».
«Lo que ha quedado demostrado es la disparidad de criterios dentro de la Audiencia Nacional y se está viendo la inquina de ciertos magistrados para continuar con este tipo de procedimientos, a pesar de la doctrina en el ámbito del Derecho y del derecho a la libertad de expresión. Parece que se les nubla la racionalidad», ha sentenciado el abogado Juan Moreno, que ha representado a Facu Díaz en esta causa.