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La Junta recurre la suspensión del rechazo a concertar a «Albaydar» y hará lo propio con los otros centros

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía ha confirmado la interposición en los últimos días de un recurso de reposición contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que atiende al requerimiento de suspensión cautelar planteado por el centro de educación diferenciada por sexo ´Albaydar´ de Sevilla en lo tocante a la negativa de la administración a concederles el concierto, al igual que lo hizo posteriormente el resto de colegios.

Así lo han confirmado fuentes del departamento que encabeza Luciano Alonso, que, asimismo, han manifestado que la administración autonómica haría lo propio, una vez se proceda al estudio de las nuevas resoluciones, con los autos referidos a los casos de los otros cuatro colegios sevillanos en esta situación –´Ribamar´, ´Altair´, ´Ángela Guerrero´ y ´Nuestra Señora de Lourdes´ de Carmona–, de los doce de estas características existentes en Andalucía, que según ha trascendido este martes se pronuncian en la misma línea que el inicial.

Los centros, según ya indicó a Europa Press la secretaria general de Educación, Elia Maldonado, se basan en un modelo diferenciado "que no compartimos", toda vez que la Junta apuesta por una educación "inclusiva" bajo el prisma de la coeducación y la integración, posición reforzada por el propio Estatuto de Autonomía y la Ley de Educación de Andalucía.

"Es una postura conocida, argumentada y avalada por el Tribunal Supremo", ha explicado Maldonado, que recuerda que la disposición transitoria que permite el concierto con estos centros queda establecida por la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), una normativa "recurrida ante el Tribunal Constitucional y ante el Supremo, con petición de medidas cautelares".

A juicio de la secretaria general de Educación, "todo está integrado en un conjunto: no compartimos el modelo, sería un paso atrás".

El TSJA entiende que la administración educativa no ha dado "un solo argumento jurídico ni fáctico" consistente en el proceso cautelar que permita considerar que la ley no le es aplicable al centro solicitante del concierto educativo, con la "salvedad" del incumplimiento del artículo 2 del Convenio Unesco.

Luciano Alonso Consjero Educación Andalucía 2014

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