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La juez archiva la causa de Drag Sethlas porque no tuvo intención de ofender

La Asociación de Abogados Cristianos anuncia que recurrirá el auto que ha dictaminado la magistrada

El Juzgado de Instrucción nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria ha archivado la causa contra Borja Casillas, más conocido como Drag Sethlas, quien ganó en la pasada Gala Drag del Carnaval de la capital grancanaria. La juez Estela María Marrero Sánchez ha dictaminado que no ve intencionalidad en ofender a los creyentes, tal y como aseguraba la Asociación de Abogados Cristianos. Por esto se dictamina el sobreseimiento provisional, puesto que cabe recurso, y el archivo de la causa.

Marrero expone que «para que exista este delito no basta con que concurra un sentimiento de ofensa, por muy libre y legítimo que este sea, puesto que en caso contrario, la aplicación o no del Código Penal quedaría en manos de la mayor o menor sensibilidad de quienes profesan una determinada religión». La juez explica que «parece evidente que el delito contra los sentimientos religiosos exige un elemento subjetivo o tendencial, consistente en la intención o finalidad de ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa».

Según expone la juez, no consta que nadie de la organización «advirtiera» a Casillas de una posible ofensa a los sentimientos religiosos durante su actuación desde la perspectiva de una infracción penal. «Lo que permite valorar como razonable la ausencia de conciencia y, por consiguiente, de voluntad delictiva», asegura el auto.

Además, la magistrada ha recordado que Sethlas ha negado en todo momento intencionalidad alguna en su espectáculo, » tanto en sus manifestaciones públicas como en su declaración de investigado». De la misma forma, ha explicado que el drag queen ha pedido disculpas en numerosas ocasiones a las personas que puedan haberse sentido ofendidas con su actuación en los pasados carnavales de Las Palmas de Gran Canaria.

Por esto, Marrero determina que «la actuación pública del Sr. don Borja Casillas puede haber ofendido los sentimientos religiosos de un determinado número de personas, e incluso pudiera ser considerada como irrespetuosa, pero no es necesariamente ofensiva en el sentido jurídico penal del término».

Por su parte, la Asociación de Abogados Cristianos manifestó ayer que recurrirá el auto dictaminado por el juzgado de Las Palmas de Gran Canaria. «Se trata de un texto que no tiene ni pies ni cabeza, alegan que no hay suficientes pruebas cuando nos han denegado varias que pedimos que las investigaran», apuntó Polonia Castellanos, abogada defensora del colectivo católico.

Asimismo, recalcó que los juzgados han cometido una irregularidad. «Un juez instructor debe limitarse a eso, y no ha incurrir en la labor de un juzgado de lo penal», declaró Castellanos. Por este motivo, el colectivo continuará con su lucha en los tribunales.

El pasado mes de marzo el anterior fiscal jefe de Las Palmas, Guillermo García Panasco, analizó el caso tras una denuncia por parte de dicha asociación, con sede en Valladolid. En aquella ocasión la Fiscalía también dictaminó archivar la causa. En aquella ocasión se alegó que Casillas no tenía intención de herir los sentimientos de los creyentes, más bien de crear polémica dentro del carnaval.

Tanto Borja Casillas como su abogada defensora, Isabel Saavedra, han expuesto en todo momento que el espectáculo de la Gala Drag fue una expresión artística sin intención de herir a nadie.

Casillas ganó la Gala con un espectáculo donde representaba a la Virgen María y Jesucristo crucificado. Tras su retransmisión por televisión, recibió una denuncia por parte del colectivo cristiano, quienes después recurrieron el archivo de la causa. En esta ocasión le acusaban de haber vulnerado el artículo 510 del Código Penal, que acarrea penas de uno a cuatro años de cárcel y multas de seis a doce meses por delitos de odio hacia un colectivo. A esta querella se le sumó, además, la denuncia de un ciudadano sevillano.

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