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La Iglesia Católica cabalga de nuevo

El alucinante caso de la fianza de 192.000 euros impuesta al cantante Javier Krahe a partir de una querella fundamentada en el artículo 525 del Código Penal, que castiga a quienes ofendan “los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa” colma el vaso de la paciencia de los que no compartimos los sentimientos católicos. Dicho artículo reza literalmente así:

1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.

El buen o mal gusto del corto elaborado por Javier Krahe en 1978 (ya aquí empieza uno a alucinar: este “delito” no prescribe, mientras que el genocidio franquista parece ser, para los querellantes de este sector ideológico, que está más que prescrito, tratándose de crímenes contra la humanidad que el derecho internacional define como imprescriptibles… pero, bueno, pelillos a la mar…) no parece que sea materia de delito, de manera que vamos a reflexionar sobre cómo es que aquí hay un delito tan grave mientras que no lo hay ante las graves ofensas que continuamente profieren las autoridades eclesiásticas contra laicos y ateos. El punto 2 del artículo 525 del C.P. parece establecer que tan punible es la ofensa a quien profesa una religión como a quien no profesa ninguna. ¿Por qué la Iglesia está blindada con la impunidad y se cree con derecho a ofender continuamente a los que no tienen creencias religiosas?

El artículo 20.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, uno de los tratados con más fuerza jurídica del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, dice: “Toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley”. Como no sabemos si España camina con paso firme hacia la autarquía legal, dados los últimos acontecimientos en relación con el juez Garzón y su intención de investigar los crímenes del franquismo, en los que se ha castigado al juez por acudir al Derecho Internacional de Derechos Humanos -a lo que nos obliga la propia Constitución Española-, tampoco podemos saber cuánto va a durar la impunidad de las autoridades católicas para ofender a los que no tenemos creencias religiosas. Pero el caso es que no es difícil encontrar declaraciones de miembros de la jerarquía católica ofendiendo gravemente los sentimientos de los defensores del laicismo, que los tienen en no menor medida que los católicos.

Pero, en fin, como acudir al derecho internacional se ha vuelto tan espinoso, miremos qué dice el artículo 515 de nuestro Código Penal: “Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal consideración: […] 5º. Las que promuevan la discriminación, el odio o la violencia contra personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, o inciten a ello”. Es difícil, leyendo este artículo, no recordar las barbaridades que hemos oído decir a altos representantes de la Iglesia Católica sobre lo que es para ellos el laicismo y el ateísmo, en lo que se han extendido largamente en relación con el, llamémosle, debate sobre el área de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos. No hace mucho tiempo (octubre de 2008) el cardenal Rouco Varela relacionaba el laicismo con el nazismo, y en otras ocasiones éste y otros jerarcas de la Iglesia Católica han relacionado el laicismo con el Mal, con la disolución de valores morales en la ciudadanía, con la destrucción de España… ¿No es esto promover el odio ideológico o por razones de creencia? ¿Acaso los principios éticos de una persona laica o atea no son tan elevados como los de una persona religiosa? ¿Por qué se deja que estos señores, que deberían ser tan piadosos, según sus valores, sigan con su discurso de fomento del odio hacia quienes no comparten sus creencias?

Después del espectáculo que España está dando respecto a la posible investigación de los crímenes del franquismo, con casos como éste que ahora surge a la “Justicia” española le va a costar explicarse ante el resto del mundo civilizado.

Pedro López López

Profesor de la Universidad Complutense

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