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La financiación de la Iglesia Católica y otros credos en España

Escrito del Secretariado de Granada Laica cobre la financiación de las iglesias por el Estado. Publicada en los diarios La Opinión (12-10-2004) y Granada Hoy (17-10-2004)

En el debate suscitado por las recientes declaraciones de miembros del gobierno socialista sobre el carácter laico del Estado es habitual escuchar o leer declaraciones de quienes insisten en que el Estado ha de financiar el “mantenimiento del culto y clero” (católico), ya que “Hacienda somos todos”. Se dice para apoyar este argumento, que si el Estado financia el arte, el cine, la música, el deporte, los sindicatos, los partidos políticos, las carreteras, y otros múltiples servicios e instituciones, , ¿por qué no ha de subvencionar los servicios religiosos y a sus administradores?

 Quienes así se pronuncian desconocen los artículos pertinentes de la constitución española (CE) de los que se desprende, entre otras cosas, que nadie puede ser discriminado por razón de sus creencias, ni negativa ni positivamente. En el Art.16 también se afirma “Ninguna religión tendrá carácter estatal”. Nada parecido a esto se dice en la CE sobre el arte, la música, el deporte, los sindicatos, los partidos políticos ni las carreteras.

 Por otra parte, los acuerdos firmados por la propia jerarquía vaticana en 1979 con el Estado español reglamentan que la partida de los Presupuestos Generales dedicada a “la adecuada dotación a la Iglesia Católica, con carácter global y único”, desaparecerá en 3 años desde la firma del acuerdo. Así, para 1982 dicha dotación presupuestaria tendría que haber sido sustituida por la aportación voluntaria de los católicos a través del impuesto sobre la renta (Art II.2 y 4). No sólo eso, sino que en el Art II.5 se afirma “La Iglesia Católica declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades.” Propósito que la jerarquía católica no ha perseguido con la debida diligencia, o bien la mayoría de los católicos no está por la labor.

 A pesar de ello, el Estado en sus Presupuestos Generales sigue regalando a la jerarquía católica la diferencia entre lo recaudado mediante el IRPF (lo cual ya es una prebenda) y lo que se considera “la adecuada dotación a la Iglesia Católica”, en contradicción con los acuerdos firmados.

 Ahora que tan a menudo se recurre a los acuerdos concordatarios para defender la pervivencia anacrónica, polémica y conflictiva de la enseñanza confesional en la escuela pública, no estaría mal reclamar que, para ser riguroso, se empezaran a cumplir en lo que atañen a cuestiones económicas.

 La solución definitiva pasa por la derogación definitiva de Concordatos y Acuerdos, pues como ya dijo un laicista radical: “Al Cesar lo que es del Cesar, y a Dios lo que es de Dios”.

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