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La Federación Humanista Europea satisfecha de que la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa no apruebe una recomendación a los Estados en favor del acomodo razonable de las creencias y la religión

La Federación Humanista Europea (EHF) acoge con satisfacción el rechazo de la recomendación sobre “La protección de la libertad de religión o creencias en el lugar de trabajo” por parte de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (CoE), un paso importante hacia no discriminación de empleados. La EHF también acoge con satisfacción el hecho de que la resolución aprobada en la misma sesión parlamentaria no contiene la noción de “acomodo razonable”.

Presentada como una forma de garantizar la libertad de religión o creencia en el lugar de trabajo, la resolución y recomendación inicialmente tenían como objetivo introducir en la ley de los estados miembros el concepto de la llamada “adaptación razonable de religión o creencia”. En otras palabras, introducir un deber legalmente vinculante para que los empleadores otorguen “acomodos razonables” a las reclamaciones de los empleados basadas en creencias religiosas. La EHF celebra que la Asamblea Parlamentaria del CoE rechazó la recomendación que de otro modo habría sido enviada al Comité de Ministros, y que suprimió toda mención de acomodos razonables de la resolución que adoptó.

Lejos de combatir la discriminación basada en creencias o convicciones, la moción propuesta habría dado una posición privilegiada a las reclamaciones basadas en creencias religiosas sobre otras, sembrando así la discordia entre los empleados y aumentando los conflictos, no reduciéndolos. Además, el “acomodo razonable” señala una ampliación de la objeción de conciencia, en particular cuando se trata de los derechos de salud sexual y reproductiva de las mujeres, en particular el acceso al aborto seguro y legal o a los anticonceptivos. Acomodar las demandas religiosas en el lugar de trabajo también podría ir a expensas de los derechos de las personas LBGTIQ, ya que las demandas religiosas a menudo se usan para discriminarlas.

“ Deberíamos celebrar que el concepto de acomodo razonable no está presente en la resolución que fue adoptada hoy. Esta es una victoria para quienes protegen y promueven los derechos humanos de las personas vulnerables, incluido el derecho de quienes no tienen una religión a no sufrir discriminación como resultado de exenciones excesivas para los grupos religiosos ”, comentó Giulio Ercolessi, presidente de la FHE.

“El acomodo razonable fomenta las lecturas más literalistas y fundamentalistas de la religión, ya que supone que cierta práctica religiosa tiene que ser absoluta y el creyente no puede comprometerse, poniendo toda la carga para acomodar a la otra parte. Incita a la división, en contra de los principios humanistas de cohesión social e igualdad de derechos para todos”, agregó.

La FHE recuerda que ni el Convenio Europeo de Derechos Humanos ni la legislación de la Unión Europea requieren “ajustes razonables” y que no existe un requisito legal para adoptar esta norma formal. Además, ningún estado miembro del CoE reconoce como tal este concepto.

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